SAP A Coruña 462/2007, 11 de Octubre de 2007
Ponente | CARLOS FUENTES CANDELAS |
ECLI | ES:APC:2007:2362 |
Número de Recurso | 481/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 462/2007 |
Fecha de Resolución | 11 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
LA CORUÑA/A CORUÑA
SENTENCIA: 00462/2007
ORDES Nº 1
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000481 /2007
SENTENCIA
Nº 462/07
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Cuarta
Ilmos. Sres. Magistrados:
JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG
CARLOS FUENTES CANDELAS
ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ
En LA CORUÑA/A CORUÑA, a once de Octubre de dos mil siete.
Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio ORDES Nº 1, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE ORDES, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE y APELADO DON Juan Pedro, representado en primera instancia por la Procuradora Sra. Calvo Rivas y con la dirección del Letrado Sr. Mesias Martínez y de otra como DOÑA Inmaculada, representada en primera instancia por el Procurador Sr. Calviño Gómez y con la dirección del Letrado Sr. Mesías Martínez y representada en esta instancia por la Procuradora Sra. Martí Rivas; versando los autos sobre DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO.
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE ORDES con fecha 29-12-06. Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por DON Juan Pedro, representado por la Procuradora DOÑA TRINIDAD CALVO RIVAS, contra DOÑA Inmaculada, representada por el procurador DON AVELINO CALVIÑO GOMEZ, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito el 17 de octubre de 2004 entre las partes.
Por escrito de fecha 17 de octubre de 2006 la representación procesal de la arrendataria depositó en el Juzgado las llaves del local para su entrega al arrendador por entender finalizado el contrato desde esa fecha. Se hizo entrega de las llaves al letrado DON VICENTE MESIAS, en representación del arrendador, el 18 de octubre de 2006.
Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la demandada".
Contra la referida resolución por la demandada, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.
Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS FUENTES CANDELAS.
- Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada, y:
La sentencia apelada estimó la demanda de desahucio por falta de pago de las rentas y otras cantidades, sin perjuicio de la entrega de llaves y abandono del local por parte de la arrendataria efectuado varios meses después de la presentación de la demanda. En su recurso de apelación la parte...
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