SAP A Coruña 509/2006, 29 de Noviembre de 2006

PonenteANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ
ECLIES:APC:2006:2529
Número de Recurso527/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución509/2006
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

SENTENCIA

Nº 509/06

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

CARLOS FUENTES CANDELAS

ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ

En LA CORUÑA/A CORUÑA, a veintinueve de Noviembre de dos mil seis.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio ordinario nº 371/05, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE FERROL, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELADA DOÑA Irene , representada en primera instancia por el Procurador Sr. Rodríguez Ramos y con la dirección del letrado Sr. Patiño Junquera y representada en esta instancia por el Procurador Sr. Pérez Lizarriturri y de otra como DEMANDADA Y APELANTE DOÑA Natalia

, representada en primera instancia por el Procurador Sr. Lema Dopico y con la dirección del Letrado Sr. Castro Casal y representada en esta instancia por la Procuradora Sra. García Boente; versando los autos sobre RESOLUCION DE COTNRATO DE ARRENDAMIENTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE FERROL, con fecha 2-2-06 . Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: "Que estimo la demanda interpuesta por el procurador DONRAMON RODRIGUEZ RAMOS en representación de DOÑA Irene contra DOÑA Natalia y declaro la resolución del contrato de arrendamiento de la vivienda del piso NUM000 del número NUM000 de la calle DIRECCION000 de Narón CONDENANDO A DOÑA Natalia a dejar libre y expedita la misma en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario.

Las costas se imponen a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la referida resolución por la demandada, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.

TERCERO

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se intepone recurso de apelación por la representación de la parte demandada, doña Natalia , contra la sentencia de instancia, que estimando la demanda formulada por doña Irene , que actúa en su nombre y en beneficio de la Comunidad de herederos de su padre, don Rodolfo , declara la resolución del contrato de arrendamiento de la vivienda sita en Narón, c/ DIRECCION000 nº NUM000 , piso NUM000 , al amparo de lo dispuesto en el artículo 16 de la L.A .U. de 1994, en relación con su Disposición Transitoria Segunda apartado B), ante la falta de notificación del derecho de subrogación en el plazo de tres meses e incumplimiento de los restantes requisitos del precepto tras el fallecimiento del inquilino don Luis Pedro , acaecido el día 19 de enero de 2005, y se argumenta, básicamente, en que su cónyuge, la aquí demandada no fue parte del contrato de arrendamiento, y que al fallecer aquel, no comunicó al arrendador dentro de los tres meses siguientes su intención de subrogarse en el contrato de arrendamiento.

SEGUNDO

Alega la recurrente que intervino con su esposo en el contrato de arrendamiento de vivienda concertado con anterioridad al 9 de mayo 1985 con el padre de la hoy actora, ostentando la condición jurídica de arrendataria, razón por la cual para continuar en el uso de la vivienda, una vez fallecido su marido, no vendría obligada a la notificación por escrito de la subrogación en el contrato en el plazo de tres meses desde la muerte del arrendatario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 16.3 de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos , puesto que su condición de arrendataria, existente desde el primer momento, le autorizaba a seguir ejerciendo su...

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