Anotación de embargo caducada: no cabe cancelar cargas posteriores. Tracto sucesivo

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: La expedición de la certificación de cargas y de dominio no produce la prórroga de la anotación.

Hechos: El 4 de enero de 2010 se había practicado una anotación preventiva de embargo que actualmente se encuentra cancelada por caducidad. Ahora se presenta nuevo mandamiento ordenando la práctica de la anotación que se deniega porque la finca consta inscrita a nombre de persona distinta del deudor.

Resolución: Desestima el recurso y confirma la calificación.

Doctrina:

SOBRE LA CADUCIDAD DE LAS ANOTACIONES.

Las anotaciones preventivas tienen una vigencia temporal de cuatro años y caducan ipso iure transcurrido dicho plazo. Por tanto, "caducada la anotación preventiva se produce su extinción. Así lo establece expresamente el artículo 77 de la Ley Hipotecaria al señalar que «las anotaciones preventivas se extinguen por cancelación, por caducidad o por su conversión en inscripción». Y, conforme al artículo 97 de la Ley Hipotecaria «cancelado un asiento se presume extinguido el derecho a que dicho asiento se refiera». Es una norma es aplicable a todo tipo de anotaciones.

Caducada la anotación "el beneficiado ha perdido el derecho que la legislación procesal y registral le reconoce de purgar directamente y sin más trámites las cargas posteriores, aunque ello no significa que deba soportarlas, sino que la liberación debe ser acordada en un procedimiento distinto en el que sean parte los interesados, y en el que el juez se pronuncie sobre tal extremo en particular".

EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIÓN DE CARGAS Y DE DOMINIO.

La expedición de esta certificación no produce la prórroga de la anotación, que caducará transcurrido el plazo de cuatro años de vigencia porque las anotaciones sólo se prorrogan conforme establece el artículo 86.2 de la Ley Hipotecaria.

Conclus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR