SAP Valencia 193/2006, 16 de Junio de 2006

PonenteANTONIO FERRER GUTIERREZ
ECLIES:APV:2006:2012
Número de Recurso155/2006/
Número de Resolución193/2006
Fecha de Resolución16 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

VALENCIA

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JUICIO FALTAS NUM. 264/05

JGDO. INSTRUCCIÓN Nº 1 REQUENA

SENTENCIA Nº 193 /06

En la Ciudad de Valencia, a 16 de junio de dos mil seis.

El Iltmo. Sr. Don ANTONIO FERRER GUTIERREZ, Magistrado de la Audiencia Provincial de Valencia, constituido en Tribunal Unipersonal, ha visto en grado de apelación los presentes autos de juicio de faltas, procedentes del Juzgado de Instrucción Nº 1 de Requena y registrados en el mismo con el numero 264/05, sobre amenazas, correspondiéndose con el rollo numero 155/06.

Han intervenido en el recurso, en calidad de apelante, D. Salvador asistido por el Letrado D Marcelino Ricos Vidal y representado por la Procuradora Dª Elvira Orts Rebollida. El Ministerio Fiscal ha intervenido en calidad de apelado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida, declara probados los hechos siguientes:

Ha quedado acreditado en este proceso que Salvador interpuso denuncia contra Domingo el 18 de julio de 2004 ante el puesto de la Guardia Civil de Buñol. El 1 de octubre de 2004 fueron incoadas Diligencias Previas y se requirió a denunciante para que aportara factura o presupuesto de los daños ocasionados, presentándola el 21 de octubre de 2004.

El 9 de febrero de 2005, se acordó la transformación del procedimiento a juicio de faltas. La primera vista fue celebrada el 16 de junio, a la que no compareció el denunciado por no haber sido citado, razón por la cual fue suspendida. La segunda vista fue celebrada el 4 de octubre de 2005, a la que tampoco compareció el denunciado por no constar citado.

Finalmente la vista de este juicio fue celebrada el 7 de febrero de 2006, habiendo sido citado el denunciado para comparecer a este acto el 14 de noviembre de 2005.

SEGUNDO

El FALLO de la sentencia apelada dice:

Absolver libremente a Domingo de los hechos denunciados por Salvador el pasado 18 de julio de 2004 ante la Guardia Civil de Buñol, declarándose de oficio las costas causadas en este procedimiento.

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por * se interpuso contra la misma recurso de apelación ante el órgano judicial que la dicto, por los motivos que desarrolla ampliamente en su correspondiente escrito.

CUARTO

Recibido el escrito de formalización del recurso, el Juez de Instrucción dio traslado del mismo a las demás partes por un plazo común de diez días para la presentación, en su caso, de los correspondientes escritos de impugnación o de adhesión al recurso. Transcurrido dicho plazo, se elevaron a esta Audiencia Provincial los autos originales con todos los escritos presentados. Recibidos los autos, por la Oficina de Servicios Comunes de esta Audiencia fue turnado el presente juicio al Magistrado que ahora resuelve y fue remitido a la Secretaria de la Sección Primera de dicha Audiencia para la formación del correspondiente rollo.

QUINTO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

  1. HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos declarados probados en la Sentencia apelada, que han quedado anteriormente transcritos, con la salvedad de agregar las siguientes precisiones:

- A virtud de auto de fecha 16 de mayo de 2005 se practico el señalamiento del juicio para el día 16 de junio de 2005.

-El día 16 de junio se acordó señalar la segunda sesión del juicio...

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