SAP Almería 200/2006, 11 de Julio de 2006
Ponente | TARSILA MARTINEZ RUIZ |
ECLI | ES:APAL:2006:597 |
Número de Recurso | 96/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 200/2006 |
Fecha de Resolución | 11 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO APELACIÓN PENAL Nº 96/06
SENTENCIA NUMERO 200/06
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ
MAGISTRADOS:
D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD
Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID
En la Ciudad de Almería, a 11 de julio de 2006.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo número 96/06, el Procedimiento Abreviado número 166/06, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería, por delito de AMENAZAS EN ÁMBITO FAMILIAR, siendo APELANTE Ángel, representado por la Procuradora Dª. María del Mar Bretones Alcaraz y defendido por la Letrado Dª. Francisca Castaño Gallardo.
Ha sido parte el MINISTERIO FISCAL.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ.
Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería, en la referida causa se dictó sentencia de 2 de marzo de 2006, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "Que Ángel, mayor de edad y sin antecedentes penales, quien ha mantenido una relación sentimental con Ana. Desde hace algún tiempo la relación entre la pareja se ha ido deteriorando, encontrándose en la actualidad separados y sobre las 24 horas del 20 de febrero de 2006, Paul llamó telefónicamente a Ana y le dijo de forma brusca, violenta y con intención de atemorizarla, que la iba a matar."
En el Fallo de dicha sentencia se establece: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Ángel como autor de un delito ya definido de amenazas leves en el ámbito familiar, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a seis meses de prisión y al pago de las costas procesales; con prohibición de acercarse o comunicarse con Ana en cualquier forma, tiempo y lugar durante dos años y prohibición al derecho de tenencia y porte de armas durante un año, siéndole de abono para el cumplimiento de dicha condena todo el tiempo que ha estado privado de liberta por esta causa de no haberle servido para extinguir otras responsabilidades lo que se acreditará en ejecución de sentencia."
Por la representación procesal de Ángel se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, mediante escrito en el que se solicitó se dicte nueva sentencia en sentido absolutorio, por las razones expuestas en dicho escrito, en el cual solicitó también la práctica de prueba en esta alzada.
El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las otras partes personadas, interesando el Ministerio Fiscal la confirmación de la resolución recurrida y oponiéndose a la admisión de la prueba propuesta.
A continuación, se elevaron las actuaciones a este Tribunal, donde se han observado las prescripciones del trámite, y habiéndose denegado la práctica de la prueba solicitada para esta alzada, se señaló para deliberación, votación y fallo, el pasado 6 de julio de 2006.
Se aceptan los así declarados en la resolución recurrida.
Se condena al denunciado recurrente, en la sentencia de primera instancia, por el delito de amenazas leves en el ámbito familiar que contempla el ...
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