SAP Barcelona 68/2008, 4 de Febrero de 2008
Ponente | JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS |
ECLI | ES:APB:2008:814 |
Número de Recurso | 399/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 68/2008 |
Fecha de Resolución | 4 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOPRIMERA
ROLLO Nº 399/2007
JUICIO ORDINARIO Nº 368/2006
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 52 DE BARCELONA
S E N T E N C I A N ú m. 68
Ilmos. Sres.
D. JOSEP Mª BACHS I ESTANY
D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS
D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO
En la ciudad de Barcelona, a 4 de febrero de 2008.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoprimera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 368/2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 52 de Barcelona, a instancia de D. Eloy contra Dª. Rebeca ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 19 de Febrero de 2.007, por la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Eloy contra Rebeca debo DECLARAR que las obras realizadas enb la fachada posterior de la entidad nº 2 bis del inmueble sito en la calle DIRECCION000 nº NUM000 de Barcelona, sita en la planta entresuelo izquierda consistente en la construcción de una terraza o balcón con contrarias a la normativa de la Ley de Propiedad Horizontal y a las normas internas de la comunidad de Propietarios y CONDENO a la demandada a la demolición del balcón o terraza de la fachada posterior del piso entresuelo puerta izquierda, dejando la fachada en su estado anterior a la realización de las obras, restableciendo las aperturas originales con el arco de medio punto existente con anterioridad; la retirada de la obra realizada y el restablecimiento de la fachada a su estado anterior y más las costas del juicio".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día TREINTA DE ENERO DE DOS MIL OCHO.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS.
Los de la sentencia apelada.
Por la resolución de primer grado estimándose la demanda formulada por D. Eloy en su condición de propietario de los bajos - NUM001. y entresuelo - NUM001. del edificio sito en la c/. DIRECCION000 de Barcelona contra Dª. Rebeca en su condición de propietaria de la planta entresuelo izquierda del mismo edificio se declara que las obras efectuadas en el piso de la demandada consistente en la construcción de una terraza o balcón son contrarios a la normativa de la LPH y a las normas internas de la comunidad de propietarios y se condena a la...
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