SAP Valladolid 18/2008, 25 de Enero de 2008

PonenteFRANCISCO SALINERO ROMAN
ECLIES:APVA:2008:41
Número de Recurso485/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución18/2008
Fecha de Resolución25 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

VALLADOLID

SENTENCIA: 00018/2008

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 485 /2007

SENTENCIA Nº 18

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN

Ilmos. Sres. Magistrados:

D.JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

D.JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

En VALLADOLID, a veinticinco de Enero de dos mil ocho.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal nº 566/06 del Juzgado de 1ª Instancia nº 10 de Valladolid, seguido entre partes, de una como DEMANDANTE- APELANTE, D. Jose Pedro, mayor de edad y vecino de Talavera de la Reina, representado por la Procuradora Dª EVA FORONDA RODRIGUEZ y defendido por la Letrado Dª NIEVES GUTIERREZ CARDEÑOSA, y como DEMANDADOS-APELADOS, GERENCIA TERRITORIAL DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN y Dª Marí Trini, mayor de edad y con domicilio en Valladolid, ambos incomparecidos en esta instancia, y el MINISTERIO FISCAL; sobre solicitud de reconocimiento de la necesidad de asentimiento para la adopción de la menor Constanza.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 21-12-07, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que desestimando la demanda sobre solicitud de reconocimiento de la necesidad de asentimiento para la adopción interpuesta por D. Jose Pedro frente a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales siendo parte el Ministerio Fiscal y en el que ha sido oída la madre biológica, debo declarar y declaro que no es necesario obtener el asentimiento del padre biológico de la menor Constanza en el procedimiento de adopción nº 566/06 debiendo ser simplemente oído.- No procede hacer especial pronunciamiento sobre costas".

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación procesal del DEMANDANTE-APELANTE, D. Jose Pedro se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por las representaciones procesales de los demandados se presentaron sendos escritos de oposición al recurso, excepto por la representación procesal de la parte demandada, Dª Marí Trini que no se presentó escrito de oposición por lo que se declaró precluido el...

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