SAP Segovia 119/2003, 30 de Julio de 2003

Número de Recurso198/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución119/2003
Fecha de Resolución30 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección ª

D. Andrés Palomo del ArcoD. Luís Brualla Santos FunciaD. Mª José Villalaín Ruiz

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION UNICA

SEGOVIA

S E N T E N C I A Nº 119 / 2003

C I V I L

Recurso de apelación

Número 198 Año 2003

Juicio ordinario

Número 143 Año 2002

Juzgado de 1ª Instancia de

S E G O V I A nº 2

En la Ciudad de Segovia, a treinta de julio de dos mil tres.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Andrés Palomo del Arco, Pdte., D. Luís Brualla Santos Funcia y Dª Mª José Villalaín Ruiz, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de LA COMUNIDAD AUTONÓNOMA DE CASTILLA Y LEON, con domicilio en Segovia, Plaza de la Reina Dª Juana; contra la compañía mercantil PROMOCIONES SANZ SOTERO, S.L., con domicilio social en Madrid, C/ San Sotero, nº 11; sobre acción de retracto, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandante, contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido la demandante-apelante, bajo la dirección de el Sr. Letrado de la Junta de Castilla y León; y la demandada-apelada, representada por la Procuradora Sra. Crespo Aguilera y defendida por el Letrado Sr. Martinez García; y en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de los de Segovia, nº 2; con fecha veinte de febrero de dos mil tres, fue dictada sentencia que en su parte dispositiva literalmente dice:" FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, contra PROMOCIONES SANSOTERO, S.L., sin imposición de costas."

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de la demandante, se anunció la preparación de recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose a la recurrente para que en plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por los apelantes se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los arts. 457 y ss de la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, dándose traslado a la adversa, y emplazándola para oponerse al recurso o impugnarlo, y realizado el citado trámite en plazo, se acordó remitir las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo, se señaló fecha para la deliberación y fallo del citado recurso; los cuales fueron celebrados; quedando las actuaciones conclusas para resolver.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora, la Junta de Castilla y León, recurre la sentencia de instancia, desestimatoria de la acción de retracto ejercitada al amparo del artículo 7.3 de la Ley autonómica de Castilla y León 5/1989, de 27 de junio, por la que se Declara el Parque de las Hoces del Río Duratón.

Con carácter previo, al análisis del fondo del asunto, por ser materia de orden público, la Sala debe entrar a estudiar la adecuación de la jurisdicción utilizada.

No desconoce la Sala, el precedente contenido en la sentencia de la Sala Primera del TS, de 10 de junio de 1988, cuyo fundamento cuarto decía:

(...) teniendo como base la acción ejercitada por este demandante (la Comunidad de Castilla y León) y contra dicho demandado y la Diócesis de Zamora, la reclamación de la...

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