Conclusión

AutorÍñigo Fernández Gallardo
Páginas106-106

Page 106

La compraventa civil es el cauce jurídico empleado para introducir en el patrimonio bienes que pasan a formar parte de él establemente. En esta clase se localiza la compra para consumo, tanto empresarial como personal. Frente a ella, la compraventa mercantil se dirige a bienes a los que se pretende dar una rápida salida, por hacerlos objeto de tráfico. Las operaciones de venta a plazos reguladas por la legislación especial, ya recaigan sobre bienes de equipo, ya sobre bienes de consumo particular, son de la primera categoría, por lo...

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