SAP Alicante 243/2007, 27 de Junio de 2007
Ponente | ENRIQUE GARCIA-CHAMON CERVERA |
ECLI | ES:APA:2007:1314 |
Número de Recurso | 281/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 243/2007 |
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 8ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTESECCION OCTAVA.TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA
ROLLO DE SALA Nº 281-223/07
PROCEDIMIENTO: JUICIO VERBAL 742/06
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA ALICANTE-9
SENTENCIA NÚM. 243/07
Iltmos.:
Presidente: Don Enrique García Chamón Cervera.
Magistrado: Don Luis Antonio Soler Pascual.
Magistrado: Don Francisco José Soriano Guzmán
En la ciudad de Alicante, a veintisiete de junio de dos mil siete.
La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Verbal número 742/06, sobre responsabilidad extracontractual, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia Núm. 9 de Alicante, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada, Don Marco Antonio y "Groupama Plus Ultra, Seguros y Reaseguros, S.A.", representada por la Procuradora Doña Rita Ripoll Poveda, con la dirección del Letrado Don José M. de Caso Amillo; y como apelada, la parte actora, "Santa Lucía, S.A.", representada por el Procurador Don Fernando Fernández Arroyo, con la dirección del Letrado Don Vicente-José García Gil.
I - ANTECEDENTES DE H E C H O.-
En los autos de Juicio Verbal número 742/06 del Juzgado de Primera Instancia Núm. 9 de Alicante, se dictó Sentencia de fecha treinta de enero de dos mil siete, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando integramente la demanda interpuesta por SANTA LUCIA S.A. contra D. Marco Antonio y GROUPAMA SEGUROS DEBO CONDENAR Y CONDENO solidariamente a los codemandados a que abonene a la actora la cantidad de MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS EUROS CON CINCUENTA Y DOS EUROS ( 1.216,52 euros ) mas los intereses legales y costas del procedimiento"
Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte demandada; y tras tenerlo por preparado, presentó el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a la adversa que presentó el escrito de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal donde fue formado el Rollo número 281-223/07, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día de la fecha, en el que ha tenido lugar.
En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Enrique García Chamón Cervera.
La única cuestión controvertida en esta alzada es de naturaleza jurídica y consiste en determinar si en el caso de que una Aseguradora deduce una pretensión indemnizatoria tras subrogarse en la posición de su asegurado para repetir la indemnización ya abonada conforme permite el artículo 43 de la Ley de Contrato de Seguro, debe concedérsele el interés moratorio previsto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de...
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