SAP Salamanca 83/2007, 27 de Febrero de 2007

PonenteJOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO
ECLIES:APSA:2007:143
Número de Recurso595/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución83/2007
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 83/07

ILMO. SR. PRESIDENTE:

DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO

DON LONGINOS GOMEZ HERRERO

En la ciudad de Salamanca a veintisiete de Febrero de dos mil siete.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO ORDINARIO nº 224/05 del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Béjar (Salamanca), Rollo de Sala nº 595/06; han sido partes en este recurso: como demandantes-apelantes Doña Dolores, Doña Mariana y Don Gerardo representados por la Procuradora Doña Mª Teresa Asensio Martín y bajo la dirección del Letrado Don Eloy Díaz Redondo y como demandada-apelada-impugnante Doña Ángeles representada por la Procuradora Doña Pilar Jimeno Pérez y bajo la dirección de la Letrado Doña Raquel Redondo Hernández y como demandados-apelados Don Sebastián, Don Luis Antonio y Doña Marí Jose representados por el Procurador Don Alfonso Rodríguez de Ocampo y bajo la dirección del Letrado Don Pedro Herminio Corredera Fraile, habiendo versado sobre acción de retracto.

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. - El día 1 de Septiembre de 2006 por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Béjar se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: DESESTIMAR TOTALMENTE la demanda interpuesta por Dolores, Mariana y Gerardo contra Ángeles, Sebastián, Luis Antonio e Marí Jose, absolviendo a todos ellos de los pedimentos en su contra, y con imposición a la parte actora de las costas ocasionadas a Sebastián, Luis Antonio e Marí Jose, sin expresa declaración de costas sobre las demás partes del proceso."

  2. - Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandante concediéndole el plazo establecido en la Ley para interponer el mismo verificándolo en tiempo y forma, quien alega como motivos del recurso: Error en la apreciación de la prueba e infracción de lo establecido en el art. 326.2 en relación con el art. 320.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para terminar suplicando se estime el recurso, revocando la sentencia y dictando otra por la que estimando íntegramente el suplico de la demanda declare haber lugar al retracto, con condena en costas a los demandados.

    Dado traslado de dicho escrito a las representaciones jurídicas de las otras partes por las mismas se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando la legal representación de los codemandados --- Sebastián, Luis Antonio e Marí Jose --- se dicte sentencia por la que desestimando íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la actora, se confirme íntegramente y en todos sus pronunciamientos, incluido el relativo a la imposición a la parte actora de las costas ocasionadas a esta parte en la primera instancia, la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número Dos de Béjar (Salamanca), con fecha 1 de Septiembre de 2006, y con expresa imposición de las costas de esta alzada a la parte recurrente; y por la legal representación de la codemandada --- Ángeles --- se presentó escrito oponiéndose al recurso de apelación e impugnando la sentencia alegando como motivos: Infracción en cuanto al criterio seguido para la imposición de costas y en especial en lo relativo a los gastos y derechos de la prueba pericial, para terminar suplicando se desestime el recurso formulado por los actores y condene a las costas del mismo a la recurrente. De forma subsidiaria, para el caso de estimarse el motivo segundo del recurso de la actora solicitamos por las razones expresadas la estimación de la impugnación que formulamos, dando lugar a la misma y revocando la sentencia dictada en el extremo relativo a costas, condenando a los actores que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR