SAP Valladolid 59/2007, 16 de Febrero de 2007

PonenteJOSE RAMON ALONSO-MAÑERO PARDAL
ECLIES:APVA:2007:143
Número de Recurso497/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución59/2007
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

VALLADOLID

SENTENCIA: 00059/2007

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000497 /2006

SENTENCIA Nº 59

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

En VALLADOLID, a dieciséis de Febrero de dos mil siete.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio verbal nº 21/2006 del Juzgado de 1ª Instancia de Medina de Rioseco, seguido entre partes, de una como demandante-apelado D. Francisco, mayor de edad y con domicilio en Valladolid, que ha estado representado por el procurador D. Salvador Simó Martínez, bajo la dirección de la abogada Dª Mª Pilar Serrano Argüello, y como demandados-apelantes D. Pedro Miguel y Dª Francisca, mayores de edad y con domicilio en Medina de Rioseco, que han estado representados por la procuradora Dª Ana Isabel Escudero Esteban y defendidos por el abogado D. Antonio Rodríguez Blanco; sobre acción reivindicatoria.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 30 de junio de 2006, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: Que estimando la demanda interpuesta por D. Francisco, contra D. Pedro Miguel y Dª Francisca, debo declarar y declaro que la bodega sita en el término municipal de Moral de la Reina, al sitio de caminoalbo o paraje de las bodegas, que linda, a la derecha, con Enrique, a la izquierda con los herederos de Jesús Luis, y al fondo, con otra de Octavio, pertenece en pleno dominio a la comunidad hereditaria de D. Donato, condenando a los demandados a reintegrar a dicha comunidad la posesión de la bodega. Se imponen las costas a la parte demandada.

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación de los demandados se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día quince de febrero, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Pedro Miguel y Dª Francisca interponen recurso de apelación contra la sentencia dictada en los autos de juicio verbal seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia de Medina de Rioseco (Valladolid), en los que se estima la demanda formulada contra ellos por D. Francisco ejercitando una acción reivindicatoria respecto de una bodega en el término municipal de Moral de la Reina, al sitio de Caminoalbo o paraje de las Bodegas, que este último considera de su propiedad y que venía siendo utilizada por los demandados-apelantes al atribuirse igualmente la propiedad de la misma.

En el escrito de interposición del recurso de apelación se denuncia por los...

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