SAP Madrid 605/2007, 21 de Noviembre de 2007

PonenteLORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
ECLIES:APM:2007:15862
Número de Recurso746/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución605/2007
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

SENTENCIA: 00605/2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 746 /2007

Proc. Origen: VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 527 /2006

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 40 de MADRID

PONENTE: ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

APELANTE: Luz, Marí Trini

PROCURADOR: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

APELADO: REGYNA INVERSIONES, S.L.

PROCURADOR: VICTORIO VENTURINI MEDINA

En MADRID, a veintiuno de noviembre de dos mil siete.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre desahucio por precario, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 40 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelantes demandadas incomparecidas DON Luz y DOÑA Marí Trini y de otra, como apelada demandante REGYNA INVERSIONES, S.L. representada por el Procurador Sr. Venturini Medina, seguidos por el trámite de juicio verbal.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 40 de Madrid, en fecha 31 de mayo de 2007, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Doña María Teresa Gutiérrez en nombre y representación de REGYNA INVERSIONES SL, contra Luz Y Marí Trini, representados por el Procurador Doña Mercedes Revillo Sánchez debo declarar y declaro que lo demandados ocupan la vivienda de la calle DIRECCION000 NUM000 - NUM001 planta de Madrid en PRECARIO, y en consecuencia CONDENO a la parte demandada a desalojar el mismo con apercibimiento de ser lanzado en caso contrario a su costa, una vez transcurran 20 días desde la notificación de la sentencia y se presente demanda ejecutiva y condenando igualmente al pago de las costas procesales causadas en la tramitación de la presente causa".

SEGUNDO

Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 20 de noviembre de 2007.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante en el escrito fundamentador de su recurso de apelación, insiste nuevamente en la excepción invocada ya en la instancia de falta de legitimación activa de la demandante para el ejercicio de la acción de precario, y sostiene una serie de alegaciones y teorías al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Madrid 321/2012, 15 de Junio de 2012
    • España
    • 15 Junio 2012
    ...no habiendo cesión de uso. Termina alegando que no existe falta de litisconsorcio pasivo necesario citando la SAP de Madrid de la Sección 18ª, nº 605/2007, de 21 de noviembre . TERCERO La Sala considera que: El actor mediante burofax de 15 de marzo de 2005 solicitó a la demandada que desocu......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR