SAP Pontevedra 167/2008, 12 de Marzo de 2008
Ponente | MARIA BEGOÑA RODRIGUEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:APPO:2008:645 |
Número de Recurso | 146/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 167/2008 |
Fecha de Resolución | 12 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 1ª |
SENTENCIA NUM.167
En Pontevedra a doce de marzo de dos mil ocho.
Visto en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los autos de procedimiento ordinario 364/06, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Cangas, a los que ha correspondido el Rollo núm. 146/08, en los que aparece como parte apelante-demandante: SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL MORRAZO SL, no personado en esta alzada, y como parte apelado-demandado: D. Jose Augusto , representado por el Procurador D. MARIA DEL AMOR ANGULO GASCÓN, y asistido por el Letrado D. JOSÉ PARDO QUIROGA, y demandados: DÑA Angelina , DÑA Isabel , no personados en esta alzada, sobre acción negatoria de servidumbre, y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ , quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Cangas, con fecha 7 noviembre 2007, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:
"Desestimar la demanda interpuesta por la entidad Servicios Inmobiliarios del Morrazo, SL contra don Jose Augusto , declarando la existencia de una servidumbre de paso con la longitud y anchura preexistente a las obras paralizadas en el Juicio Verbal sobre suspensión de obra nueva con número de autos 553/05 seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Cangas.
Desestimar la demanda reconvencional interpuesta por don Jose Augusto , contra la entidad Servicios Inmobiliarios del Morrazo, SL, declarando no haber lugar a la ampliación de la servidumbre de paso de metros de longitud y de ancho constituida sobre la finca de aquélla.
Todo ello, sin expresa imposición de las costas de la demanda y de la reconvención entre ambos actores principales.
Desestimar la demanda reconvencional interpuesta subsidiariamente por don Jose Augusto contra doña Angelina y doña Isabel , con imposición de las costas a la reconviniente."
Notificada dicha resolución a las partes, por Servicios Inmobiliarios del Morrazo SL se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Sala y se señaló el día doce de marzo para la deliberación de este recurso.
En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.
En virtud del precedente Recurso por el apelante Servicios Inmobiliarios del Morrazo S.L. se pretende la revocación de la Sentencia dictada en los autos de Juicio Ordinario nº 364/06 por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cangas de Morrazo que desestimó su pretensión de ejercicio de la acción negatoria de servidumbre de paso. Aduce a su favor error en la valoración de la prueba toda vez que hace recaer sobre el mismo la carga de demostrar que los títulos a que alude el demandado en relación al predio " DIRECCION000 " no lindan con el suyo. En segundo lugar que no es de aplicación el Art. 87.3 de la LDCG .
D. Jose Augusto se opone al recurso aduciendo que no existe duda alguna de la pretendida colindancia entre los predios de una y otra parte, denominadas DIRECCION000 y DIRECCION001 o DIRECCION002 del demandado. El actor lo reconoce en la demanda y uno de sus títulos recogía la existencia del gravamen. En segundo lugar, la propia A. P. con motivo de un pleito anterior viene a determinar la existencia de la cuestionada servidumbre de paso recogiendo las consideraciones que hacía la propia demandante. Tampoco existe constancia alguna de que el predio a cuyo favor se había constituido la servidumbre de paso era otra del propio actor que había reunido en sus manos.
Como no podía ser de otra manera hemos de ceñirnos al contenido del escrito de recurso para resolver las cuestiones planteadas frente a la Sentencia que desestimó el...
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