SAP Pontevedra 481/2005, 24 de Octubre de 2005
Ponente | FRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO |
ECLI | ES:APPO:2005:1895 |
Número de Recurso | 348/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 481/2005 |
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº: 481/2005
En PONTEVEDRA, a veinticuatro de Octubre de dos mil cinco.
Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio de procedimiento ordinario nº 0381/01, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de O Porriño (Rollo de Sala número 348/05) en el que son partes, como apelante DÑA.- Jose Luis , que se personó en esta instancia representada por el Procurador D.- Pedro Sanjuán Fernández, formulándose oposición e impugnación al mismo por D.- Victor Manuel y "GROUPAMA IBÉRICA, SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", que se personó en esta instancia representada por la Procuradora Dña.- María-José Giménez Campos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO.
Con fecha 30 de octubre de 2003, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora SRa. Mosquera Lorenzo, en nombre y representación de Jose Luis , debo condenar a los demandados, Victor Manuel y "Groupama Ibérica Seguros y Reaseguros S.A." al pago solidario de 2.839 euros más los intereses legales, que para la aseguradora serán los del art. 20 LCS y sin hacer expresa manifestación en cuanto a la condena en costas".
Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por DÑA.-Jose Luis , recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por D.- Victor Manuel y "GROUPAMA IBÉRICA, SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.".
Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y deimpugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 20 de
junio de 2005.
Solicitado el recibimiento a prueba en esta instancia por la representación de la parte actora- apelante DÑA.- Jose Luis , por resolución de fecha 22 de septiembre de 2005, se denegó dicha solicitud.
En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.
Dada la interrelación existente entre los recursos de apelación interpuestos por las partes litigantes contra la sentencia de instancia (el de los demandados por vía de impugnación de la resolución apelada), procede efectuar su análisis conjunto.
Así pues, en relación al tema de la determinación de la responsabilidad en la producción del accidente, si bien no cabe eximir totalmente de culpa al...
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