SAP Lugo 54/2008, 18 de Enero de 2008
Ponente | MARIA JOSEFA RUIZ TOVAR |
ECLI | ES:APLU:2008:109 |
Número de Recurso | 777/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 54/2008 |
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO
SENTENCIA: 00054/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO
Sección 1.ª
SENTENCIA NÚMERO 54
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE:
D.ª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR
MAGISTRADOS:
D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ
D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO
Lugo, dieciocho de enero de dos mil ocho.
La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.º 777/07, dimanante del Juicio
Ordinario n.º 467/06 seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº l de Viveiro sobre reclamación de cantidad; siendo apelante
Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros a prima fija, representado por el procurador Sr. Mourelo Caldas y asistido de la
letrada Sra. Alicia Rozas y apelante-apelado D. Constantino, representado por la procuradora Dña. Erlina
Sabariz y asistido del letrado Sr. Fiuza Diego; actuando como ponente la Presidenta, Ilma. Sra. Dña. MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR.
Con fecha l2 de junio de 2007, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº l de Viveiro, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por D. Constantino contra MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, condenado a la demandada a abonar al actor la cantidad de 8.000 euros, más el interés previsto en el artículo 576 LEC hasta su completo pago. Sin condena en costas".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por ambas partes Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros a prima fija y D. Constantino, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente.
En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.
Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada
Fueron dos los recursos de apelación articulados, el del demandante solicitando los intereses del art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro, así como la imposición de costas en la instancia; y el de la Compañía Aseguradora MAPFRE via error en la valoración de la prueba, al entender que no se produjo una modificación unilateral de la póliza, excluyendo de la cobertura la invalidez permanente que estaba prevista en la proposición de seguro porque el demandante tuvo conocimiento de la misma, y por la primacía que da la sentencia apelada a la solicitud frente al contenido de la póliza, segunda parte del recurso como cuestión jurídica, aunque no se recogiera expresamente en la póliza lo preceptuado en el art. 8 de la Ley de Contrato de...
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