SAP Castellón 53/2008, 14 de Marzo de 2008
Ponente | PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO |
ECLI | ES:APCS:2008:136 |
Número de Recurso | 12/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 53/2008 |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLON
SECCION PRIMERA
Rollo de Apelación Civil nº 12/2008
Juicio Ordinario nº 1148/2006
Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Castellón
SENTENCIA Nº 53
Ilmos. Sres.
Presidente
Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ
Magistrados
Don PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO
Doña AURORA DE DIEGO GONZALEZ
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En Castellón a catorce de marzo de dos mil ocho.
La SECCION PRIMERA de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados anotados al margen, ha visto y examinado el Rollo de Apelación Civil nº 12/2008 incoado en virtud del recurso interpuesto contra la sentencia de 25 de octubre de 2007 dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Castellón, en autos de Juicio Ordinario nº 1148/2006 sobre daños y perjuicios derivados de accidente de circulación.
Han intervenido en el recurso, como APELANTE, la entidad demandante Línea Directa Aseguradora representada por la Procuradora Dª. Elía Peña Chordá con la asistencia jurídica de la Letrada Dª. Ana Carmen Haro Carmona, y como APELADOS, los demandados D. Luis María y la aseguradora Zurich España representados por la Procuradora Dª. Dolores María Olucha Varella y asistidos jurídicamente por el Letrado D. Escolástico Martínez Rodríguez, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO, que expresa el parecer del Tribunal.
El fallo de la sentencia de instancia dice: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Línea Directa Aseguradora SA Compañía de Seguros y Reaseguros, representada por el Procurador Sra. Peña Chordá y defendida por el Letrado Sr. Badenes Franch, contra D. Luis María y Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA, representados por el Procurador Sra. Olucha Varella y defendidos por el Letrado Sr. Martínez Rodríguez, debo condenar y condeno a los demandados a que satisfagan solidariamente al actor la cantidad de mil cuatrocientos ochenta y seis euros con ochenta céntimos (1.486'80 euros). Esta cantidad devengará el interés legal, incrementado en dos puntos, desde la fecha de la presente resolución. Todo ello, sin efectuar especial condena en costas".
Notificada dicha sentencia, la representación procesal de la entidad demandante interpuso recurso de apelación, siendo impugnado de contrario y remitiéndose las actuaciones a la Audiencia Provincial para su resolución.
Recibidas las actuaciones el día 23 de enero de 2008, se turnaron a la Sección Primera, señalándose para deliberación y votación el día 10 de marzo de 2008.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
La sentencia objeto de recurso estimó parcialmente la demanda al apreciar conducta imprudente en ambos conductores implicados, atribuyendo al conductor del Citroen Xantia VT-....-EB asegurado en la entidad demandante un 70% de culpa y el otro 30% al conductor del Seat Ibiza FY-....-IH, demandado en este procedimiento, con lo cual la indemnización correspondiente al valor venal del turismo siniestrado quedó reducida a 1.486'80 euros.
Dicha resolución considera acreditado que el primero de ellos circulaba al llegar a la rotonda con exceso de velocidad, no adecuando la misma a las circunstancias del tráfico -llovía- ni a las características de la vía -rotonda- y que en otro caso...
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