SAP Valencia 433/2006, 10 de Julio de 2006

PonenteJOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
ECLIES:APV:2006:2749
Número de Recurso413/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución433/2006
Fecha de Resolución10 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

1

Sección Séptima

SENTENCIA Nº433

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

DOÑA MªCARMEN ESCRIG ORENGA.

Magistrados/as

DON JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.

DOÑA PILAR CERDAN VILLALBA.

En la Ciudad de Valencia, a diez de julio de dos mil seis.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000302/2004 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE REQUENA entre partes; de una como demandados - apelante/s María Cristina y Casimiro dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JUAN GOMEZ SUBIELA y representado por el/la Procurador/a D/Dª JAVIER ROLDAN GARCIA; de otra como demandante - apelado/s MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTICA, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JOSE MARTI MARTORELL y representado por el/la Procurador/a D/Dª MARIA ANTONIA FERRER GARCIA ESPAÑA y de otra como demandados- apelados DON Luis Carlos, DON Iván Y LINEA DIRECTA ASEGURADORA.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE REQUENA, con fecha 16 de noviembre de 2005 se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D.Antonio Erans Albert, en nombre y representación de MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, sociedad de seguros a prima fija contra María Cristina, Casimiro, Iván, Luis Carlos y Línea Directa Aseguradora, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la parte demadante la cantidad de 3187 euros más los intereses legales desde la interposición de la demanda y que habrán de ser abonados solidariamente en un 85% por María Cristina, Casimiro y Línea Directa Aseguradora y en un 10% por Iván Luis Carlos y Línea Directa Aseguradora.No se hace expresa imposición de costas, cada parte pagará las causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandados Doña María Cristina y D. Casimiro se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 5 de julio de 2006 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación, interpuesto por la representación procesal de los demandados, Sra. María Cristina y Sr. Casimiro, contra la sentencia de instancia, la impugna al considerar que no valora en debida forma la prueba practicada por lo que interesa su revocación y que se dicte nueva sentencia que les absuelva de la pretensión contra ellos deducida.

Entrando en el enjuiciamiento del motivo de apelación, este tribunal considera necesario referirse tanto a los hechos como a la sentencia dictada en primera instancia. Así, la demandante, Mutua Madrileña Automovilista, aseguradora por daños propios del vehículo Nissan Almera G-....-JB, reclama el importe de 3.355 euros, valor venal del vehículo, a la conductora y propietario del vehículo Q-....-QW, Sra. María Cristina y Sr. Casimiro, y al conductor y propietario del vehículo N-....-UH, Sr. Luis Carlos y Sr. Iván, respectivamente. El accidente se produjo el día 31 de octubre de 2003, a la altura del kilometro 280 de la A-3 cuando el primer vehículo colisionó contra el segundo que, previamente había perdido el control y ocupaba parcialmente el carril de circulación de la izquierda, e instantes después el primero fue colisionado por el tercer vehículo en la parte trasera. La sentencia de instancia estimó una concurrencia de culpas e imputó a la conductora Sra. María Cristina un 85% de responsabilidad, al conductor Sr. Luis Carlos un 10% y al conductor del vehículo asegurado por la demandante, Sr. Cosme, un 5%. La representación de la demandada, Sra. María Cristina y Sr. Casimiro, interpusieron recurso de apelación interesando la revisión de la prueba practicada, oponiéndose la representación de la demandante que aportó la sentencia dictada en fecha 18 de abril de 2006 por la Sección Cuarta de la A.P. de Valencia al resolver la apelación formulada contra la sentencia dictada en...

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