SAP Girona 14/2007, 15 de Enero de 2007
Ponente | JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO |
ECLI | ES:APGI:2007:121 |
Número de Recurso | 620/2006 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 14/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA
SECCIÓN SEGUNDA
Rollo de apelación civil: nº 620/2006
Proviene: JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 6 GIRONA
Procedimiento: nº 623/2006
Clase: juicio verbal
SENTENCIA 14/2007.
Ilmos. Sres:
PRESIDENTE
D. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO
MAGISTRADOS
D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT
D. JAUME MASFARRE COLL
Girona, a quince de enero de dos mil siete.
En esta segunda instancia ha comparecido como parte apelantes SOCIETAT DE CAÇADORS DE SANT HUBERT DE LLAGOSTERA Y AXA SEGUROS, representados por el
Procurador D JOAN ROS CORNELL.
Ha sido parte apelada D. Antonio, no comparecido en esta alzada.
El presente proceso se inició mediante la demanda presentada en nombre de D. Antonio contra SOCIETAT DE CAÇADORS DE SANT HUBERT DE LLAGOSTERA Y AXA SEGUROS.
La sentencia que puso fin a la primera instancia dice en su parte dispositiva: "Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la procuradora de los Tribunales Doña Rosa Maria Triola Vila en nombre y representación Don. Antonio y debo condenar y condeno solidariamente a las codemandadas Societat de Caçadors de Sant Hubert de Llagostera y a Axa Seguros a que le abonen la suma de 1.496,19 euros, con los intereses legales correspondientes, que habrán de seer a cargo de la compañía aseguradora los del art. 20 de la Ley 50/80, y las costas procesales presente juicio. "
En aplicación de las normas de reparto vigentes en esta Audiencia Provincial, aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, ha correspondido el conocimiento del presente recurso a la Sección Segunda de aquélla.
En su tramitación se han observado las normas procesales aplicables a esta clase de recurso, habiendo efectuado las partes las alegaciones que pueden verse en los respectivos escritos presentados en esta segunda instancia, a los que se responde en los siguientes fundamentos jurídicos. Se señaló para la deliberación y votación del recurso el día quince de enero de dos mil siete.
Conforme a lo establecido en las indicadas normas de reparto, se designó ponente de este recurso al Ilmo. Sr. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO, quien expresa en esta sentencia el criterio unánime de la Sala.
Condenados la Societat de Caçadors Sant Hubert de Llagostera y la Compañía aseguradora AXA, codemandadas, al pago de los daños materiales sufridos en el vehículo del demandante como consecuencia de la colisión con un jabalí que, procedente de los terrenos de cuyo aprovechamiento cinegético es titular la Societat de Caçadors demandada, provocó la colisión con el mismo y los daños en el turismo, que ahora reclama, recayó sentencia de primera instancia plenamente estimatoria de la demanda, la cual es acorde al contenido del art. 33 de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970 y 35 del Reglamento que la desarrolla, aunque no se citen expresamente en la misma.
Muestra su disconformidad la parte demandada condenada en primera instancia, invocando la entrada en vigor el 9 de agosto de 2005 de la Ley 17/2005 de 19 de julio, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, donde se...
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