STSJ Castilla-La Mancha 903/2023, 1 de Junio de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha01 Junio 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Castilla - La Mancha, sala social
Número de resolución903/2023

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 00903/2023

C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax: 967 596 569

Correo electrónico: tribunalsuperior.social.albacete@justicia.es

NIG: 02003 44 4 2019 0000622

Equipo/usuario: 7

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000866 /2022

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000204 /2019

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña Edemiro

ABOGADO/A: JESUS JIMENEZ GARCIA

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: I.N.S.S. Y T.G.S.S., MUTUA FREMAP, VINICOLA DE VILLARROBLEDO SOCIEDAD COOPERATIVA

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, JUAN-CARLOS GUERRA MARTINEZ, JAVIER FERNANDEZ AJENJO

PROCURADOR:,, RAFAEL ROMERO TENDERO

GRADUADO/A SOCIAL:,,

Magistrado Ponente: D. JOSE MONTIEL GONZALEZ

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

  1. JOSE MONTIEL GONZALEZ

Dª MARIA ISABEL SERRANO NIETO

Dª. ETHEL HONRUBIA GÓMEZ

En Albacete, a uno de junio de dos mil veintitrés.

Vistas las presentes actuaciones por la Sección Segunda de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

- SENTENCIA Nº 903/2023

En el RECURSO DE SUPLICACION número 866/22, sobre incapacidad permanente, formalizado por la representación de Edemiro contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Tres de Albacete en los autos número 204/19, siendo recurrido/s INSS y la TGSS, a la MUTUA FREMAP y VINÍCOLA DE VILLARROBLEDO S. COOP; y en el que ha actuado como Magistrado-Ponente D. José Montiel González, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha 29-11-21 se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Social número Tres de Albacete en los autos número 204/19, cuya parte dispositiva establece:

DESESTIMO la demanda interpuesta por Edemiro, asistido y representado por el letrado Jesús Jiménez García, frente al INSS y la TGSS, a la MUTUA FREMAP y frente a VINÍCOLA DE VILLARROBLEDO S. COOP., absolviendo a dichas entidades de los pedimentos formulados de contrario.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados:

PRIMERO.- Edemiro, nacido el NUM000 de 1981, con DNI NUM001, af‌iliado al Régimen General de la Seguridad Social, con NASS NUM002, de profesión "comercial, ventas", se le reconoció prestación de IPT derivada de accidente de trabajo mediante resolución del INSS de 28 de septiembre de 2005. Prestaba servicios para la empresa VINÍCOLA DE VILLARROBLEDO S. COOP., que tenía contratada estas contingencias con la MUTUA FREMAP.

En informe médico de síntesis del Médico Inspector de fecha19 de septiembre de 2005, obrante a los folios del expediente administrativo, cuyo contenido damos por reproducido, se recoge, entre otros particulares: EXPLORACIONES POR APARATOS

(...)

APARATO LOCOMOTOR

MANO DERCHA:

AMPUTACION DE 1º DEDO A NIVER DE TERCIO PROXIMAL DE F1

AMPUTACIÓN DE 3º DEDO A NIVEL DE IFD. CON FLEXO DE 60º UREREDUCTIBLES

LIGERO FLEXO DE 10º DE MCF FEDUCTIBLE.

2º DEDO: 30º DE FLEXION DE MCF Y 45 DE IFD

PUÑO CON 4º Y 5º DEDOS, 2º Y 3º NO CONTACTAN CON PALMA

PINZA CON MUÑON CON 2º-3º- Y 4º DEDOS CON FUERZA.

CICATRICES INESTETICAS EN PALMA Y DORSO, PULGAR EPITELIZADO.

(...)

CONCLUSIONES

DEFICIENCIAS MAS SIGNFICATIVAS:

AT EL 24.905: AMPUTACIÓN PARCIAL DE PRIMER Y TERCER DEDO DE MANO DERECHA Y LIMITACIÓN DE LA MOVILIDAD EN 2º DEDO DE MANO DCHA.

(...)

EVOLUCION:

SECUELAS ESTABLECIDAS.

POSIBILIDADES TERAPÉUTICAS Y REHABILITADORAS:

AGOTADAS.

SEGUNDO. - En expediente de revisión de grado, el 18 de septiembre de 2018 se emitió informe del Médico Inspector, obrante a los folios 127 a 129 del expediente administrativo.

Procede dar por reproducido dicho informe, destacando lo siguiente:

2. DIAGNÓSTICO

Amputación parcial del 1er y 3er dedo mano dcha. Y limitación de la movilidad del 2º dedo de la mano dcha.

3. DATOS DE LA REVISIÓN ACTUAL

(...)

Varón de 37 años de edad al qu ese re conoció una IP Total (comercial de ventas) en septiembre de 2005 por secuelas de AT-FREMAP (24-09-2004): Amputación parcial de 1er y 3er dedos mano ches. Y limitación de la movilidad del 22º dedo de la mano dccha.

Tras la concesión de la IP trabajó 2 años ymedio, hasta junio del 2009, como comercial, ref‌iere que antes de l a IP trabajaba como peón de bodega

(...)

EXPLORACIÓN:Consciente, orientado, colaborador, tranquilo y abordable.

No alteraclon del curso ni contenido del pensamiento ni de funciones superiores ni signif‌icativa del estado de animo. Buen arreglo personal y contacto visual. No ideas auto ni heteroagresivas.

Buen estado general. Sobrepeso.

A. Locomotor: Mano dcha: Multiples cicatrices qutrurqicas, no cambios en la coloracion, temperatura ni sudoraoon,

-1er dedo: Amputadon de la falange distal; realiza pinza muy debil con el 20 y 3 er dedos.

-20 dedo: Anquilosis en extension de la MCF; resto normal.

-3er dedo: Arnputadon de la parcial de la FD; anquilosis de la articulaci6n IFD; muy limitada la movilidad de la MCF e IFP,

-40 Y 50 dedos normales.

3.4 Tratamiento efectuado, evolución y posibilidades terapéuticas.

Tratamlento efectuado: Servicios asitenciales de FREMAP,

COT, UDO Y psiquiatria del CHUA.

Evolucion: En fase de secuelas.

Posibilidades terapeuticas: Control y tto. con los facultativos que lo asisten

3.5 Limitaciones orgánicas y/o funcionales.

Lmitaciones derivadas de las perdldas anatornlcas sufridas.

Por resolución del Director Provincial del INSS de 19 de octubre de 2018 se acordó mantener el grado de IPT ya reconocido al no haberse producido variación que determine la modif‌icación del grado, presentando un cuadro clínico semejante al que sirvió de base para el reconocimiento de la IPT.

La parte actora interpuso reclamación administrativa previa en fecha 29 de noviembre de 2018 (folios 189 a 194 del expediente administrativo), la cual fue desestimada por resolución del Director Provincial del INSS de 19 de enero de 2019 (folios 201 del expediente administrativo, cuyo contenido procede dar por reproducido). TERCERO.- Procede dar por reproducidos los documentos obrantes en el expediente administrativo, así como los aportados por las partes.

Cabe destacar los siguientes:

-Informe del Médico Forense (ac.59 del Horus), de 20/04/2021, que damos íntegramente por reproducido, y del que son de reseñar las siguientes consideraciones que contiene;

HISTORIA CLÍNICA

" Paciente que el día 24/09/2004 sufre un accidente laboral cuando prestaba sus servicioscomo peón de industria manufacturera para una empresa vinícola consistente enatrapamiento de la mano derecha con fracturas abiertas de 1º, 2º y 3º dedo de la mano derecha (dominante). Fue intervenido ;esa misma semana realizándole un colgajoheterodigital vasculonervioso cubital ; del 3º dedo con osteosíntesis de las fracturas y artrodesis de la articulación metaca rpofalángica del 1º dedo. Queda un defecto ;de cobertura en dorso del 1º dedo y una zona de necrosis que interesa a la mitad distal de la2º falange del 1º dedo.

El día 13/10/2004 se le realiza una intervención consistente en cobertura del dorso del primer dedo y muñón con colgajo interóseo posterior (12x7cm). Cobertura de falangemedia de 3º dedo con colgajo heterodigital despitelizado de 4º dedo de la mano derecha. Cobertura con colgajo con injerto de piel parcial mallado.

El día 10/11/2004 se realiza amputación y desarticulación de falange distal del 3º dedo demano derecha.

El día 07/02/2005 se le retira aguja de Kirschner del 1º dedo.

El día 30/03/2005 se realiza intervención Z-plastia de piel.

El día 06/06/2005 se le da de alta por mejoría y f‌inalización de rehabilitación.

El día 15/11/2006 se realiza intervención de Z-plastia de piel.

En el 2006 le conceden la incapacidad permanente TOTAL.

En el año 2010 le realizan una resonancia ; magnética donde objetivan artritis de la articulación carpiana, artrosis de l a articulación metacarpofalángica del 2º dedo contendinopatía focal del extensor del mismo dedo. Amputación de la falange del primer dedo y parte de la falange distal del 3º dedo.

El día 10/06/2013 acude de nuevo a mutua donde ref‌iere un aumento progresivo del dolor que le dif‌iculta realizar incluso las actividades básicas de la vida diaria. El dolor se localiza en 2º dedo y articulación metacarpofalángica del 2º dedo y se irradia al hombro. No cede con analgésicos ni tramadol.

El día 11/04/2014 se realiza artrodesis met acarpo falángica del 2º dedo de la mano derecha.

El día 29/09/2014 ref‌iere dolor continuo desde la intervención de la amputación pero ahora se ha exacerbado. El dolor está localizado a nivel de la cara dorsal del segundometacarpiano en su vertiente más radial. No se observan trastornos tróf‌icos de la piel a este nivel ni signos de inf‌lamación.

El día 26/12/2014 se realiza una nueva intervención quirúrgica donde le retiran el tornillo de la articulación metacarpofalángica del 2º dedo de la mano derecha y le colocan un injerto óseo en trabécula ocupada previamente por el tornillo. Se colocan chips de esponjosa en articulación metacarpo falángica.

El día 27/06/2016 se realiza retirada de material de osteosíntesis del carpo y metacarpiano

.En el año 2016 inicia seguimiento por parte de psiquiatria con diagnóstico de trastorno. Ese mismo año inicia igualmente seguimiento psicótico secundario a patología orgánica por parte de la Unidad del Dolor del Hospital Perpetuo Socorro de Albacete donde le diagnostican un síndrome del dolor Síndrome del Dolor Regional Complejo (SDRC). se le realizan diversos tratamientos como el bloqueo selectivo del nervio cubital, un bloqueo selectivo del nervio radial, ganglio estrellado o parches de capsaicina sin...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR