STSJ Andalucía 800/2023, 20 de Abril de 2023

JurisdicciónEspaña
EmisorTribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada), sala social
Número de resolución800/2023
Fecha20 Abril 2023

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

A.G.

SENT. NÚM. 800/23

ILTMO. SR. D. JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS PRESIDENTEILTMO. SR. D. JORGE LUIS FERRER GONZALEZILTMA. SRA. Dª. LETICIA ESTEVA RAMOS MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada, a veinte de abril de dos mil veintitrés.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 742/2022, interpuesto por DON Eulogio, DON Fernando y DOÑA Gregoria contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Jaén, en fecha 7 de Diciembre de 2021, en Autos núm. 101/20, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª LETICIA ESTEVA RAMOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por DON Eulogio, DON Fernando y DOÑA Gregoria en reclamación de MATERIAS LABORALES INDIVIDUALES, contra DIPUTACION DE JAEN y UNTERHALT UND DIENST IBER SL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia el 7 de Diciembre de 2021, con el siguiente fallo: "QUE DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO LA DEMANDA INTERPUESTA POR D. Eulogio

, D. Fernando Y DÑA. Gregoria CONTRA LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN Y LA EMPRESA UNTERHALT UND DIENST IBERICA, SL, ABSOLVIENDO A LOS DEMANDADAS DE LAS PRETENSIONES FRENTE A LAS MISMAS EJERCITADAS".

Segundo

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

"1º.- D. Eulogio, mayor de edad, con DNI. NUM000, titulado como Diplomado en estadística, presta servicios como titulado medio diplomado en estadística incluido dentro del grupo profesional de titulado medio diplomado en estadística, para la realización de las funciones de titulado medio desde el 6/07/2016 para la empresa UNTERHALT UND DIENST IBÉRICA, S.L., empresa adjudicataria del servicio de mantenimiento in situ de los sistemas de información corporativos y de equipamiento of‌imático de la Diputación de Jaén y ello en virtud de contrato de duración determinada de obra y servicios f‌irmado el 6/07/2016 transformado a indef‌inido

el 5/09/2019 (Vida laboral aportada como documento nº 1, contrato de duración determinada aportado como documento nº 2, comunicación de conversión a indef‌inido aportado como documento nº 3 y título universitario aportado como documento nº 5, todo ello respecto de dicho trabajador del ramo de prueba de la parte actora).

Las funciones que realiza es la atención telefónica al usuario de las incidencias del actual sistema informático, así como las labores de desarrollo de servicios web de integración con otras administraciones, aplicaciones móviles y el mantenimiento del programa utilizado por los servicios sociales dependientes de Diputación, concretamente el mantenimiento del sistema de gestión de multas de tráf‌ico desarrollando nuevas funcionalidades y atención a las incidencias técnicas de los agentes de Policía Local de los distintos Ayuntamientos y del personal interno de Diputación, mantenimiento y desarrollo de la aplicación móvil de recaudación y otras aplicaciones móviles, atención de llamadas telefónicas para resolver incidencias del módulo de recaudación, desarrollo de servicios web de integración con otras administraciones y el mantenimiento del programa utilizado por leos servicios sociales (ACIVIT)( Informe sobre las funciones del trabajador aportado como documento nº 6 de su expediente administrativo por Diputación).

Rige entre las partes el convenio colectivo de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública publicado en el BOE el 6/03/2018(Cláusula séptima del contrato de trabajo)

El trabajador fue dado de Alta en la Seguridad Social por la empresa UNTERHALT UND DIENST IBÉRICA, S.L. (Documental nº 9 del ramo de prueba de la empresa).

  1. - D. Fernando, mayor de edad, con DNI. NUM001 y titulado como Ingeniero Informático ha prestado servicios como programador desde el 5/07/2016 en virtud de contrato de duración determinada de obra y servicios f‌irmado el 5/07/2016 transformado a indef‌inido el 5/09/2019 para la empresa UNTERHALT UND DIENST IBÉRICA, S.L., adjudicataria del servicio de mantenimiento in situ de los sistemas de información corporativos y de equipamiento of‌imático de la Diputación de Jaén (Vida laboral aportada como documento nº 1, contrato de duración determinada aportado y como documento nº 2 y 3, comunicación de conversión a indef‌inido aportado como documento nº 4, y título universitario aportado como documento nº 6 todo ello respecto de dicho trabajador del ramo de prueba de la parte actora).

    El Sr. Fernando tiene como funciones el análisis, desarrollo y atención al usuario respecto de las incidencias del área de recaudación; desarrollo del Software corporativo ( Plan Director Web); desarrollo del SGBD del personal de Diputación, concretamente el análisis, desarrollo y resolución de incidencias para el módulo de recaudación, atención de llamadas telefónicas para resolver incidencias del modulo de recaudación, def‌inición y desarrollo del a arquitectura del sofware corporativo (Plan Director Web) y desarrollo de evolutivos y migración del SGBD de RRHH de la Diputación de Jaén.( Informe sobre las funciones del trabajador aportado como documento nº 6 de su expediente administrativo por Diputación)

    Rige entre las partes el convenio colectivo de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública (Cláusula séptima del contrato de trabajo)

    El trabajador fue dado de Alta en la Seguridad Social por la empresa UNTERHALT UND DIENST IBÉRICA, S.L. (Documental nº 9 del ramo de prueba de la empresa)..

  2. - DÑA. Gregoria, mayor de edad, con DNI. NUM002 y titulada como Ingeniero Técnica de Telecomunicaciones presta servicios desde el 10/05/2007 para la empresa UNTERHALT UND DIENST IBÉRICA, S.L., adjudicataria del servicio de mantenimiento in situ de los sistemas de información corporativos y de equipamiento of‌imático de la Diputación de Jaén, haciendolo inicialmente como AUXILIAR INFORMÁTICA incluida dentro del grupo profesional de auxiliares informáticos en virtud de contrato de duración determinada de obra y servicios f‌irmado el 10/05/2007, f‌irmando el 17/06/2009 contrato de naturaleza indef‌inida prestando sus servicios como como OPERADORA INFORMÁTICA incluida dentro del grupo profesional de operadora informática (Vida laboral aportada como documento nº 1, contrato de duración determinada aportado como documento nº 2, contrato indef‌inido como operadora informática como documento nº 3 y título universitario aportado como documento nº 5 todo ello respecto de dicha trabajadora del ramo de prueba de la parte actora), percibiendo un salario bruto anual de 12.601,54 (Cláusula sexta del contrato de trabajo)

    Las tareas asignadas a la Sra. Gregoria son la atención al usuario, análisis, gestión y resolución de las incidencias de la aplicación informática del Servicio de gestión y Recaudación Tributaria, y tareas en dicha aplicación, así como análisis desarrollo y mantenimiento del programa, concretamente el análisis, gestión y resolución de incidencias a usuarios de la aplicación informática del SPGR, realización de tareas en la aplicación informática del SPGR, y el análisis, desarrollo y mantenimiento de programas para el módulo de recaudación. ( Informe sobre las funciones del trabajador aportado como documento nº 6 de su expediente administrativo por Diputación)

    Rige entre las partes el convenio colectivo de empresas de servicios informáticos (Cláusula décima del contrato de trabajo de duración indef‌inido).

    La trabajadora fue dada de Alta en la Seguridad Social por la empresa UNTERHALT UND DIENST IBÉRICA, S.L. (Documental nº 9 del ramo de prueba de la empresa).

  3. - D. Eulogio, D. Fernando Y DÑA. Gregoria prestan sus servicios en el centro de trabajo ubicado en la Casería Escalona "La Granja" sita en la carretera de Córdoba, s/n en Jaén siendo tales instalaciones pertenecientes a la Diputación Provincial de Jaén.

  4. .- El 2/05/2016 se aprobó por la Diputación de Jaén el Pliego de prescripciones técnicas para el servicio de mantenimiento in situ de los sistemas de información corporativos y del equipamiento of‌imático de la Diputación Provincial de Jaén en el que identif‌icaba como objeto del contrato, así como el enfoque que había de dársele a tales servicios lo siguiente:

    En lineas generales el objeto que se persigue con la publicación de este procedimiento abierto es contratar una serie de servicios encaminados a garantizar la actual provisión de servicios informáticos para la Diputación Provincial de Jaén (conforme a antecedentes que se dan por reproducidos a efectos probatorios) y en concreto son los siguientes:

    * Servicio de Administración y Gestión de los equipos corporativos.

    La Diputación Provincial de Jaén, cuenta con múltiples Servidores Corporativos que convenientemente integrados en su Red de comunicaciones dan soporte a los múltiples sistemas de información que el Organismo precisa para su funcionamiento.

    Dada la importancia que esta infraestructura tiene para el normal desarrollo de las actividades a las que da soporte, Diputación Provincial de Jaén considera necesario, que la misma esté cubierta y amparada por un Servicio de Administración y Gestión que, de forma ágil, sea capaz de resolver las incidencias que se pudieran producir y al mismo tiempo aportar los recursos preventivos necesarios para evitar riesgos y fallos antes de que estos se produzcan, así como mantener la evolución tecnológica de los sistemas, mediante las actualizaciones de software liberadas y la implantación de reglas, políticas y conf‌iguraciones que el dinamismo de los servicios soportadlos precise

    ( Este servicio incluye mantenimiento funcional, mantenimiento...

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