STSJ Cataluña 4649/2022, 13 de Septiembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4649/2022
Fecha13 Septiembre 2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 43148 - 44 - 4 - 2020 - 8018031

EMA

Recurso de Suplicación: 2291/2022

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. NÚRIA BONO ROMERA

ILMO. SR. SALVADOR SALAS ALMIRALL

En Barcelona a 13 de septiembre de 2022

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 4649/2022

En el recurso de suplicación interpuesto por Víctor frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Tarragona de fecha 27 de mayo de 2021, dictada en el procedimiento nº 377/2020 y siendo recurrido INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA UNIVERSAL MUGENAT nº 10 y NETVILA GRUP SERVEIS, SL, ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Núria Bono Romera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 27 de mayo de 2021, que contenía el siguiente Fallo:

- Que estimo parcialmente y en cuanto a petición subsidiaria la demanda de reconocimiento de grado de IP derivada de AT (con desestimación de las demandas impugnatorias acumuladas a instancias de codemandadas) interpuesta por el Sr. Víctor contra: entidad colaboradora de la SS (responsable de la cobertura de la contingencias profesionales) Mutua Universal Mugenat; empresa empleadora en la fecha del hecho causante (al corriente de sus obligaciones con la SS - legitimación pasiva ad proccesum) Netvila Grup Serveis SL; INSS-TGSS (responsable de la cobertura en caso de determinación del grado de IP derivado de

contingencias comunes); y declaro que el trabajador se encuentra afecto de INCAPACIDAD PERMANENTE en grado de TOTAL-CUALIFICADA derivada de AT; con derecho a percibir una pensión mensual equivalente al 75% de su base reguladora mensual de 2556,41 euros con fecha de efectos jurídicos desde 13 noviembre 2019 y efectos económicos desde 2 enero 2020 con las revalorizaciones legales que procedan a cargo de la entidad Mutua Universal Mugenat; condenando a la partes a estar y pasar por la citada declaración

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

" PRIMERO.- El trabajador interesado Sr. Víctor, nacido el día NUM000 1959, se encuentra af‌iliado a la Seguridad Social en el Régimen General, con el nº NUM001, siendo su situación de alta o asimilada al alta, con ultima profesión habitual de limpiador con prestación profesional para la entidad Netvila Grup Serveis SL en la fecha de la producción del AT (hecho no discutido)

SEGUNDO

El trabajador interesado padeció AT en fecha 11 mayo 2018 mediante caída de espaldas de 2 metros de altura al resbalar de la escalera de mano mientras limpiaba la ventana de un entresuelo desde el exterior (por reproducido parte de AT - informado en dictamen SGAM inicial del presente proceso emitido en fecha 13 noviembre 2019 que obra en expediente administrativo)

-El trabajador causo proceso de IT derivado del citado AT debutando en fecha 11 mayo 2018 hasta el 24 octubre 2019 con propuesta de reincorporación laboral asumida por resolución del INSS con fecha 30 septiembre 2019 y efectos del 24 de octubre 2019 que fue impugnada judicialmente por el trabajador siendo desistida ante el reconocimiento de IPT derivada de AT en el proceso que nos ocupa (por reproducido expediente administrativo y ramo de prueba de la parte actora)

-El trabajador fue intervenido quirúrgicamente en fecha 30 noviembre 2018 del hombro izquierdo mediante acromioplatia, atroplastica acromio clavicular, nbeurolisis axiliar y radial, transferencia dorsal amplia dirección humero, reinserción con sutura ultrabride y footprint y reinserción deltoides con sutura ultrabride (consta referenciado y aportado en expediente administrativo y ramo de prueba de partes y referenciado en informes SGAM con fecha 13 noviembre 2019)

TERCERO

La cobertura de contingencias profesionales del proceso de IP en caso de estimación de la demanda corresponde a la entidad colaboradora de la SS Mutua Universal Mugenat y en caso de etiología común son asumidas por el ente gestor de la SS (no discutido)

- La empresa empleadora mutualista se encuentra al corriente de sus obligaciones con la SS (Netvila Grup Serveis SL) (no discutido)

CUARTO

La Dirección Provincial del Instituto de la Seguridad Social mediante Resolución de fecha 5 diciembre 2019, con efectos del 4 diciembre 2019, en atención al dictamen del CEI con fecha 5 diciembre 2019 conforme al cuadro residual "fractura de L1 y L4, en mayo/18 actualmente sin limitación funcional; mayo/18 hombro izquierdo: ligera artropatía acromio-clavicular y discreta reducción del espacio subacromial, desgarro completo del tendón del musculo del supraespinoso e infraespinoso con signos de retracción, tenosinotivis bicipital, derrame glenhumeral y bursitis perarticular IQX en fecha 30 noviembre 2018 con balance articular hombro izquierdo inferior al 50%" conforme al dictamen SGAM emitido en fecha 13 noviembre 2019; con propuesta de derecho al percibo de baremo 71 izquierdo hombro: limitación movilidad completa conjunta articulaciones en menos del 50% con cuantía de 830 euros por presencia de LPNI a cargo de la entidad Mutua Universal Mugenat (por reproducido expediente administrativo)

QUINTO

El trabajador interesado presento en fecha 31 enero 2020 reclamación previa a la resolución precipitada considerando que el cuadro residual que padece es tributario de IPT-IPA derivada de AT (por reproducido consta en expediente administrativo)

-Mediante dictamen propuesta de la CEI emitido en fecha 12 de marzo 2020 y siendo dictada la resolución del INSS combatida por las partes se considera que el cuadro residual que presenta el actor le hace tributario del reconocimiento de la situación de IPT en grado cualif‌icado derivado de AT conforme al dictamen de reconocimiento del SGAM realizado en fecha 31 enero 2020 que describe el cuadro residual "caída de altura con fractura vertebral L1 y L4 con tratamiento conservador; contusión hombros con ruptura completa de manguito rotador izquierdo con IQ en fecha 30 noviembre 2018 con RHB con limitación 50% de la movilidad de hombro izquierdo (AT); ruptura completa manguitos rotadores hombro derecho dominante severa artrosis acromioplaclavicular pendiente de cirugia; portador de prótesis total de caderas bilateral (IQ 2010 y 2011) (MC)" (el dictamen SGAM indica presunción de IP como enfermedad común) (por reproducido expediente administrativo)

SEXTO

La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente derivada de accidente de trabajo a cargo de la entidad colaboradora de la SS Mutua Universal Mugenat asciende a 2556,41 euros

con fecha de efectos jurídicos desde 13 noviembre 2019 y efectos económicos desde 2 enero 2020 (hecho conforme)

-La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente derivada de contingencia común a cargo de la entidad gestora de la SS asciende a 1507,74 euros con fecha de efectos económicos desde 2 enero 2020 (hecho conforme - informe de base reguladora aportado por ente gestor de la SS)

-La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente derivada de accidente no laboral a cargo de la entidad gestora de la SS asciende a 1951,55 euros con fecha de efectos económicos desde 2 enero 2020 (hecho conforme - informe de base reguladora aportado por ente gestor de la SS)

SEPTIMO

El actor padece la siguiente orientación diagnóstica y limitaciones funcionales:

-caída de altura con fractura vertebral L1 y L4 con tratamiento conservador; contusión hombros con ruptura completa de manguito rotador izquierdo con IQ en fecha 30 noviembre 2018 con RHB con limitación 50% de la movilidad de hombro izquierdo (AT); ruptura completa manguitos rotadores hombro derecho dominante severa artrosis acromioplaclavicular pendiente de cirugia (agravado el cuadro preexistente antes del AT por traumatismo producido por

evento lesivo laboral); portador de prótesis total de caderas bilateral (IQ 2010

y 2011) (MC)

-conforme a la inspección del médico evaluador del ICAMS en fecha 31 enero 2020 se informa que presenta: exploración del hombro izquierdo BA con ABD de 80º ANTEV de 100º mano arriba en sacro no llega a oreja ipsilateral, cicatriz quirúrgica en nivel línea media axilar; atrof‌ia glúteo derecho con deambulación normal, talón y puntas conservadas, no objetivo contracturas a ningún nivel del raquis, Lassegue y Bragard bilateral negativo y Shoberd 15-10-8.5 (por reproducido el citado informe SGAM)

-En fecha 8 agosto 2019 se le realiza RM de hombro derecho que destaca los siguientes resultados: severa artrosis acromioclavicular rotura parcial del tercio anterior de tendón supraespinoso aunque en general el tendón está muy engrosado y degenerado (por reproducido consta en expediente

administrativo y referenciado en dictamen SGAM con fecha 31 enero 2020)

-Según informe CC MAP emitido en fecha 27 diciembre 2019 el trabajador acude por persistencia de limitación funcional por dolor en hombro izquierdo con imposibilidad de abducción dolor a 45º (por reproducido consta en expediente administrativo y ramo de prueba de la parte actora)

-Según informe CC COT emitido en fecha 8 enero 2020 el trabajador reacude por clínica de omalgia derecha de años de evolución con empeoramiento tras traumatismo laboral (con fracturas vertebrales) BA completo con molestias PLB+ y consta RMN que indica la presencia de rotura completa del TSE...

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