STSJ Castilla-La Mancha 1427/2022, 16 de Septiembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1427/2022
Fecha16 Septiembre 2022

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 01427/2022

-C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax: 967 596 569

Correo electrónico: tribunalsuperior.social.albacete@justicia.es

NIG: 13034 44 4 2021 0000048

Equipo/usuario: MFV

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000904 /2022

Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000039 /2021

RECURRENTE/S D/ña Santos

ABOGADO/A:

PROCURADOR: ANTONIO NAVARRO LOZANO

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: AYUNTAMIENTO DE RUIDERA

ABOGADO/A: MIGUEL ALVAREZ GONZALEZ-ALBO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

Magistrada Ponente: Dª. JUANA VERA MARTINEZ

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. PETRA GARCIA MARQUEZ

DÑA. RAMON GALLO LLANOS

DÑA. JUANA VERA MARTINEZ

En Albacete, a dieciséis de septiembre de dos mil veintidós.

Vistas las presentes actuaciones por la Sección Segunda de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

- SENTENCIA Nº 1427/22 - en el RECURSO DE SUPLICACION número 904/22, sobre Despido Objetivo, formalizado por la representación de D. Santos contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Ciudad Real en los autos número 39/21, siendo recurrido Ayuntamiento de Ruidera; y en el que ha actuado como Magistrada-Ponente Dª. JUANA VERA MARTINEZ, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha 22 de octubre de 2021 se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Social número 3 de Ciudad Real en los autos número 39/21, cuya parte dispositiva establece:

DESESTIMO la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por DON Santos frente al AYUNTAMIENTO DE RUIDERA por despido, y declaro la procedencia del despido que tuvo lugar con efectos

1.1.2021."

SEGUNDO. - Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados:

" PRIMERO. - Don Santos ha prestado servicios como dinamizador para el Ayuntamiento de Ruidera desde el día 15.12.2005 al 1.1.2021, en virtud de contrato indef‌inido a tiempo completo, percibiendo un salario de 54,26 euros diarios, incluida prorrata de pagas extras.

SEGUNDO.- El 4.12.2020 se le notif‌icó carta de despido por causas objetivas derivadas de la situación económica del Ayuntamiento.

En la misma se decía que el Ayuntamiento recibió el 6.11.2020 requerimiento de la Administración General del Estado por no cumplir con el objetivo comprometido en el plan de ajuste para el ejercicio 2019 de período medio de pago de 30 días a proveedores, requerimiento que se refería a la actualización de su plan de tesorería para 2021 con medidas que podrían consistir en una cuantif‌icación de reducción de gastos, incremento de ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos.

Y el Ayuntamiento propuso a la Administración General del Estado que a lo largo del año 2021 se reducirían gastos en el capítulo 1 de personal por importe de 25.000 euros, cuantía suf‌iciente como para reducir en PMP a 30 días. Los gastos del capítulo 1 según la liquidación del Presupuesto del año 2019 alcanzaban un total de 276.679,95 euros, lo que suponía un porcentaje del 34,6% de los gastos del Ayuntamiento y del 42,85 de los recursos ordinarios del Ayuntamiento, no habiendo sido suf‌icientes las medidas de reducción de gastos de personal y otras partidas adoptadas durante el año 2020 según Pleno de la Corporación de 23.8.2019.

Por último se indicaba que al no existir ninguna plaza de personal laboral indef‌inido del que se pueda prescindir sin afectar al servicio público con excepción de la suya, se propuso amortizar su plaza y destinar los ahorros al pago de facturas

atrasadas y cumplir el límite del PMP, comunicándole la extinción de su contrato de trabajo desde el día 1.1.2021, cumpliendo con el preaviso de 15 días, reconociéndole el derecho a la percepción de una indemnización de 13.973,72 euros equivalente a 20 días de salario por año de servicio.

La indemnización se le abonó al trabajador por transferencia bancaria realizada el 4.12.2020.

TERCERO.- Don Santos es cuñado del anterior Alcalde de Ruidera, Don Carlos Ramón, perteneciente a partido independiente. El Sr. Santos también es cuñado de otro miembro del grupo de la oposición en el Ayuntamiento de Ruidera.

Durante la campaña electoral se rumoreaba por Ruidera que en caso de ser alcaldesa Doña Angelica la nueva Corporación iba a despedir al Sr. Santos .

CUARTO.- La plantilla del Ayuntamiento de Ruidera está formada por 6 personas, de las cuales 3 son funcionarios de carrera y 3 personal laboral indef‌inido no f‌ijo -limpiadora, auxiliar de biblioteca y el operario de servicios múltiples, puesto ocupado por el actor-.

QUINTO.- El Ayuntamiento aprobó un Plan de Ajuste con motivo del acceso a los mecanismos adicionales de f‌inanciación del Estado para las Corporaciones Locales regulados en la Disposición Adicional Primera de la LO 2/2012 de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

El Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria de 23.8.2019 adoptó el siguiente acuerdo: 2.- PLAN DE AJUSTE PARA ACOGERSE AL COMPARTIMENTO DEL FONDO DE FINANCIACIÓN A ENTIDADES LOCALES PARA REFINANCIAR OPERACIÓN DE PRÉSTAMO DEL AÑO 2012. Propuesta en materia de gastos. Ahorros proyectados para 2020 referidos a las partidas de personal del capítulo I, gasto ordinario del capítulo 2 e intereses de préstamos.

El ahorro del Capítulo 1 derivaba de tres medidas:

Medida 1.- Racionalización de la plantilla de personal del Ayuntamiento mediante reducción de jornadas de trabajo y adecuación de las funciones de los puestos existentes a las necesidades municipales.

Medida 2.- Supresión de incentivos al rendimiento o gratif‌icaciones extraordinarias.

Medida 3.- Congelación del Complemento específ‌ico del personal al servicio del Ayuntamiento. Ahorro total capítulo 1: 28.667,09 euros.

SEXTO.- Por decreto de Alcaldía número 2019/221 f‌irmado el 1.7.2019 se resolvió reducir la jornada ordinaria de trabajo de la bibliotecaria a 3 horas, asignarle las tareas de apoyo a actividades culturales durante el verano de 2019 y reducir proporcionalmente sus retribuciones.

SÉPTIMO.- El 6.9.2019 la Alcaldía comunicó al Sr. Santos que se había aprobado un plan de Ajuste con objeto de reducir gastos de cara a solicitar una mejora de las condiciones del préstamo suscrito en el año 2012 y que se modif‌icaban sus condiciones de trabajo, excluyendo de sus retribuciones el concepto de Complemento de Productividad que venía percibiendo por realizar tareas propias de auxiliar administrativo desde el 30.8.2010, así como su jornada que pasaba a ser de dos horas diarias en of‌icinas Municipales y cinco horas diarias en servicios varios, mantenimiento de calles, punto limpio, mantenimiento de edif‌icios.

El trabajador no impugnó la modif‌icación.

OCTAVO.- El 9.12.2019 el Ministerio de Hacienda informó al Ayuntamiento que se había constatado el incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria según los datos de liquidación del presupuesto de 2018 que constaban en el Ministerio y le requirió para que en el plazo de quince días naturales diese cumplimiento a la obligación de remisión de la información del correspondiente Plan Económico-Financiero 2019- 2020 debidamente aprobado.

NOVENO.- El 23.12.2019 El Ministerio de Hacienda informó al Ayuntamiento que había incumplido los compromisos adquiridos en el Plan de Ajuste en 2017 y en 2018, y le requirió por escrito para adoptar nuevas o mayores medidas al objeto de dar cumplimiento a los compromisos asumidos por la Corporación Local en el Plan de Ajuste en Vigor, verif‌icándose por el Ministerio de Hacienda con motivo del 4º informe trimestral de seguimiento del plan de ajuste de 2019.

Por decreto de alcaldía 2020/1 de 2.1.2020 se acordó la no disponibilidad de créditos por importe total de

6.697,48 euros.

DÉCIMO.- El 6.11.2020 el Ministerio de Hacienda requirió por correo electrónico al Ayuntamiento para que actualice las medidas de su plan de tesorería para 2021, medidas que podrán consistir en una cuantif‌icación de reducción de gastos,

incremento de ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, incluidas medidas técnico-organizativas que permitan generar la tesorería necesaria para garantizar la reducción del Período Medio de Pago a Proveedores.

El 11.12.2020 les requirió por escrito para la adopción de nuevas o mayores medidas para dar cumplimiento a los compromisos asumidos por la Corporación Local en el plan de ajuste en vigor.

UNDÉCIMO.- Por decreto de alcaldía se aprobó la actualización de las medidas previstas en el Plan de Tesorería para el año 2021. Como medida 1 se incluía la reducción de 25.000 euros de gastos del Capítulo 1 del Presupuesto para 2021.

En el informe 71/2020 de Secretaría, Intervención, Tesorería de 23.11.2020 se informó de manera favorable las medias propuestas por la alcaldesa de ajuste del Plan para someterlo a aprobación del Pleno.

El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 17.12.2020 aprobó la amortización de la plaza de of‌icios varios-apoyo a of‌icinas ocupada por el Sr. Santos con un ahorro estimado de 25.000 euros que se destinaría

a la f‌inanciación anticipada de operaciones de crédito y al pago de facturas para cumplir con el Período Medio de Pago a Proveedores durante el año 2021.

DUODÉCIMO.- En fecha 20.10.2020 tres funcionarios de carrera del Ayuntamiento reclamaron la descongelación del complemento específ‌ico, con devolución con carácter retroactivo de la parte congelada desde el mes de enero de 2020, medida incluida en el Plan de Ajuste para adhesión al fondo de f‌inanciación de entidades locales para el año 2020.

El Pleno de la Corporación aprobó el 22.2.2021 por unanimidad de sus...

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