STSJ Asturias 1725/2022, 28 de Julio de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1725/2022
Fecha28 Julio 2022

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01725/2022

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

Correo electrónico:

NIG: 33044 44 4 2021 0004993

Equipo/usuario: MGZ

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001328 /2022

Procedimiento origen: CCO CONFLICTOS COLECTIVOS 0000836 /2021

Sobre: CONFLICTO COLECTIVO

RECURRENTE/S D/ña RENFE FABRICACION Y MANTENIMIENTO SME SA

ABOGADO/A: RAFAEL VIRGOS SAINZ

RECURRIDO/S D/ña: COMISIONES OBRERAS (CCOO), UNION GENERAL DE TRABAJADORES (UGT), SINDICATO DE OFICIOS VARIOS DE OVIEDO DE LA CGT, SINDICATO ESPAÑOL DE MAQUINISTAS Y AYUDANTES FERROVIARIOS (SEMAF), SINDICATO FERROVIARIO DE ASTURIAS

ABOGADO/A: NURIA FERNANDEZ MARTINEZ, DAVID DIEGO RUIZ,,,

GRADUADO/A SOCIAL:,, MIGUEL ANGEL DE LA ROZA ALONSO,, PABLO GONZALEZ ALVAREZ

SENTENCIA Nº 1725/22

En OVIEDO, a veintiocho de julio de dos mil veintidós.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Istmos. Sres. D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, Presidente, Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS, Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ y D. JOSE LUIS NIÑO ROMERO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001328/2022, formalizado por el Letrado D. RAFAEL VIRGOS SAINZ, en nombre y representación de la empresa RENFE FABRICACION Y MANTENIMIENTO SME SA, contra la sentencia número 127/2022 dictada por el JDO. DE LO SOCIAL Nº 5 de OVIEDO en el procedimiento CONFLICTO COLECTIVO 0000836/2021 y acumulados, seguidos a instancia de SINDICATO FERROVIARIO DE ASTURIAS, COMISIONES OBRERAS DE ASTURIAS y SINDICATO DE OFICIOS VARIOS DE OVIEDO DE LA CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO, a los que adhirió UNION GENERAL DE TRABAJADORES DE ASTURIAS, contra la empresa RENFE FABRICACION Y MANTENIMIENTO SME SA y otros, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El SINDICATO FERROVIARIO DE ASTURIAS presentó demanda, a la que se acumuló las presentadas por COMISIONES OBRERAS DE ASTURIAS y SINDICATO DE OFICIOS VARIOS DE OVIEDO DE LA CGT, contra la empresa RENFE FABRICACION Y MANTENIMIENTO SME SA y otros, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 127/2022, de fecha dieciséis de marzo de dos mil veintidós.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) RENFE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO S.A. y RENFE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL S.A.U. son la misma empresa, esta a su vez es una Sociedad Mercantil Estatal que pertenece al Grupo RENFE OPERADORA que nace a partir de la publicación del RD 22/2012 momento en que el grupo quedó conf‌igurado en cuatro sociedades mercantiles públicas: RENFE VIAJEROS S.A., RENFE MERCANCÍAS S.A., RENFE ALQUILER DE MATERIAL FERROVIARIO S.A. Y RENFE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO S.A.

  2. ) RENFE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO S.A. tiene por actividad la construcción, reparación y mantenimiento de material ferroviario (CNAE 2009 3020), tiene un centro de trabajo/ Base en El Berrón en donde prestan trabajo aproximadamente 70 trabajadores. El presente conf‌licto afecta a todos estos trabajadores, a los que se les aplica el Convenio Colectivo de Fabricación y Mantenimiento. Las relaciones Laborales se rigen también por el vigente II Convenio Colectivo del Grupo RENFE (BOE 25/06/2019), el I Convenio Colectivo del Grupo RENFE (BOE 29/11/2016), II Convenio Colectivo de RENFE Operadora (BOE 28/12/2012), I Convenio Colectivo de ENFE Operadora (BOE 24/4/2008), que a su vez mantiene vigente en lo no modif‌icado o sustituido la Normativa Laboral de RENFE dada en el X Convenio Colectivo de RENFE (BOE 26/8/1993 y 8/2/1994), y los sucesivos Convenios Colectivos de RENFE (el en BOE 26/(/1995, el XII en BOE 14/10/1998, el XIII en BOE 18/7/2000, el XIV en BOE 11/8/2003 y el XV en BOE 22/3/2005), así como los acuerdos adoptados en desarrollos de los mismos como el Acuerdo de Desarrollo Profesional (BOE nº 50 de 27/02/2013).

  3. ) En reunión de fecha 30 de abril de 2019 se constituyó el Comité de Empresa Grupo RENFE-Asturias de acuerdo a los resultados obtenidos en las Elecciones Sindicales celebradas el día 6 de marzo de 2019. El Reglamento Interno del Comité de Empresa que consta unido al ramo de prueba, y que se da por reproducido en este punto, en su Art. 3 recoge la siguiente composición:

    SEMAF 6 miembros

    CCOO 5 miembros

    UGT 5 miembros

    SF 3 miembros

    CGT 2 miembros.

  4. ) En la Base del Berrón se efectúan trabajos de mantenimiento preventivo de primer y segundo nivel tanto de locomotoras de Renfe mercancías y Renfe alquiler, como de los automotores y unidades de Renfe Viajeros que prestan servicios de cercanías y media distancia en Asturias.

    ACTIVIDADES

    - Mantenimiento de primer nivel automotores:

    - Mantenimiento preventivo de primer nivel y correctivos de los automotores diésel.

    - Mantenimiento preventivo de primer nivel y correctivos de las unidades eléctricas.

    - Mantenimiento de primer nivel locomotoras y vagones.

    - Mantenimiento preventivo de primer nivel y correctivos de locomotoras.

    - Mantenimiento preventivo de primer nivel y correctivos de vagones.

    - Torneo en foso de automotores diésel, unidades eléctricas y locomotoras- Mantenimiento de coches de Trenes turísticos.

    - Mantenimiento preventivo de primer y segundo nivel y así como correctivos necesarios.

    - Mantenimiento de segundo nivel

    - Intervenciones R, planes de f‌iabilidad y reformas de interiorismo

    - Reparación grandes accidentes

    - Reparación de componentes.

    - Reparación de ejes de todas las series de ancho métrico.

    - Reparación de bogies.

    - Reparación de reductoras.

    - Reparación turbo-transmisiones

    TURNOS DE TRABAJO

    En la actualidad, los turnos de trabajos son:

    - Turno de mañana (laborables, lunes-viernes) de 07:00 h a 14:34h

    - Turno de tarde (laborables, lunes-viernes) de 14:00 h a 21:43h

    - 5 agentes, destinados a mantenimiento de primer nivel de automotores

    - Turno de festivos y f‌ines de semana de 07:00 a 14:43 h

    - 5 agentes, destinado a mantenimiento de primer nivel de automotores

    AGENTES MOD

    En la actualidad se elaboran los gráf‌icos de personal condicionados a rotaciones semanales del turno de tarde que llevan asociado el turno de trabajo en f‌ines de semana y la ATL y en la que participan un total de 34 agentes que pertenecen al equipo de trabajo de automotores diesel unidades eléctricas y locomotoras.

    La distribución del total de la MOD se realiza en varios equipos de trabajo, siendo:

    - Equipo de trabajo de mantenimiento 1º nivel automotores diesel y unidades eléctricas /436 (total 15 agentes)

    - Equipo de trabajo de mantenimiento 1º nivel unidades eléctricas /433 +s/435 (total 16 agentes

    - Equipo de trabajo de mantenimiento primer nivel locomotoras (total 8 agentes)

    - Equipo de trabajo de vagones (total 6 agentes)

    - Equipo de trabajo de reparación de componentes-rodadura (total 10 agentes)

    - Equipo de trabajo de reparación de componentes-bogies (total 7 agentes)

    - Equipo de máquina de herramienta (total 4 agentes)

    - Equipo de soldadura (total 3 agentes)

  5. ) El Jefe de Recursos Humanos Noroeste RENFE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO S.A.U Leovigildo envió a Mariano email en fecha 29 de septiembre de 2021, en el que se indicaba la necesidad de convocar a las representaciones de los Comités de Asturias y Cantabria para realizar sendas reuniones con Fabricación y Mantenimiento conforme a lo concretado en documentos anexos, el día 6 de octubre 10 horas Sala de

    Reuniones BM Santander AM-Talleres de Reparaciones (La Marga) y día 7 de octubre 10 horas Sala de Reuniones BM el Berrón, Puesto de mando ADIF.

  6. ) El Jefe de Recursos Humanos Noroeste RENFE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO S.A.U Leovigildo en León a fecha 30 de septiembre de 2021 envió comunicación al Sr. Presidente del Comité Provincial de Asturias con el siguiente sentido literal:

    ASUNTO. CONVOCATORIA DE REUNIÓN DE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO CON EL COMITÉ PROVINCIAL

    Con el f‌in de mantener una reunión para iniciar el proceso de negociación que conduzca a los Acuerdos que posibiliten la viabilidad de las actividades productivas de la Base de Mantenimiento de EL BERRÓN, permitiendo así la consecución de unos resultados de f‌iabilidad y disponibilidad acordes a las exigencias manifestadas por las operadoras, al amparo de lo regulado en la normativa vigente, así como en el Art. 41 del Estatuto de los Trabajadores, le convoco a una reunión que se celebrará a las 10 horas del próximo día 7 de octubre de 2021 en la Dependencias del precitado Taller.

    Ruego las gestiones oportunas con el resto de los Sindicatos presentes en el Comité de Empresa, a f‌in de que estén representados en dicha reunión.

  7. ) En fecha 7 de octubre de 2021 se levantó Acta de reunión celebrada entre la representación de RENFE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO y la representación legal de los trabajadores del Comité Provincial de empresa de Asturias.

    Asistentes:

    Por la Representación de Renfe Fabricación y Mantenimiento:

    Pelayo Gerente de RRHH

    Raimundo Gerente OSP Norte

    Romeo Jefe de área de coordinación OSP Norte

    Leovigildo Jefe de RRE HH noreste

    Severiano Técnico RRLL

    Marí Trini Técnico RRHH Noroeste

    Por la representación de los trabajadores:

    Juan Ignacio UGT-Presidente

    Miguel Ángel UGT

    Abel UGT

    Alejo CCOO

    Alfonso CCOO

    Andrés SF-Intersindical

    Apolonio SF-Intersindical

    Armando SFF-CGT.

    En la citada Acta se indica lo siguiente:

    Esta reunión tiene por objeto la adaptación de las condiciones de trabajo de los trabajadores de la...

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