STSJ Comunidad de Madrid 333/2022, 6 de Junio de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución333/2022
Fecha06 Junio 2022

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 05 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 2 - 28010

Teléfono: 914931935

Fax: 914931960

34002650

NIG : 28.079.00.4-2021/0081244

Procedimiento Recurso de Suplicación 263/2022

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid Despidos / Ceses en general 919/2021

Materia : Despido

Sentencia número: 333/2022

Ilmas. Sras.:

Dña. MARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU

PRESIDENTE

Dña. MARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ

Dña. ANA MARÍA ORELLANA CANO

En Madrid, a seis de junio de dos mil veintidós, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 5 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por las Ilmas. Sras. citadas, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 263/2022, formalizado por el LETRADO D. LUIS FERNANDO LUJAN DE FRIAS, en nombre y representación de Dña. Estela, contra la sentencia de fecha 21 de diciembre de 2021 dictada por el Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid en sus autos número 919/2021, seguidos a instancia de Dña. Estela frente a PAGINAS AMARILLAS SOLUCIONES DIGITALES SA, en reclamación por Despido, siendo Magistrado-

Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron def‌initivamente conf‌iguradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO: Estela, mayor de edad y NIF nº NUM000, ha prestado servicios para PAGINAS AMARILLAS SOLUCIONES DIGITALES SA ("Bee Digital") con +300 trabajadores, antigüedad de 11-7-2005, categoría de técnico especialista en analítica de la Dirección de Marketing (Área Canal online) y salario de 38.370,75€/año (doc 28 y 29 empresa), sin ser representante de trabajadores y rigiéndose la relación por el C.colectivo propio de la empresa (BOE nº 260 de 1-11-2021).

Se notif‌ica la intención de llevar a cabo un ERTE por causas organizativas y productivas debido a la Covid-19 tanto suspensivo como de reducción de jornada (329 reducción y 3 suspensivos) de entre el 15% al 70% que se aprueba por Acuerdo de la representación de trabajadores de 13-4-2020 comprensivo sólo de reducción de jornada para toda la plantilla de 332 trabajadores y efectos de 15-4-2020 a 14-9-2020 (docs 19 a 22 y 33 a 36). Hay Acta de infracción de la Inspección de Trabajo relacionado con el ERTE que no es objeto de la causa y además se ha recurrido en Alzada (doc 23 y 24).

SEGUNDO

Se remite a la actora carta fechada a 27-7-2021 que se da por enteramente reproducida conteniendo su despido objetivo con efectos del mismo día y causas de tipo económico centradas en nueva disminución persistente de los ingresos ordinarios o ventas de la empresa que conducen además a la amortización necesaria de su puesto de trabajo como se detalla, cuantif‌icando la indemnización en 33.815,32€ por 20d salario + preaviso que se abona por transferencia Banco Santander de 27-7-2021 con 0,06€ de gastos, comunicándose al mismo tiempo a la representación de trabajadores (docs 1 a 4).

Si bien las cartas de despido de ella y otros compañeros poseen una redacción semejante en su inicio como consta al tratarse de la situación de una misma empresa, varían los periodos según FY y acto seguido se bifurca cada una centrándose en el específ‌ico puesto de trabajo.

TERCERO

La empresa efectúa en su carta un amplio y detallado desglose de las causas invocadas partiendo de un Ejercicio Fiscal (FY) computado de 1 abril a 31 de marzo acompañado de estadísticas, gráf‌icos de barras, listados-detalle de cifras y organigramas por secciones que se dan por íntegramente reproducidos dada su extensión:

  1. Disminución persistente de ingresos durante 3 trimestres consecutivos tomando como referencia o perspectiva el 1T FY2022 (abril a junio 2021) dividido en:

    1.1. Descenso de ingresos o 49.205€ en FY2021 (abril 20 a marzo 21) de -19,1% respecto al FY2020 o 60.789€ siendo del -35% la caída de ingresos de FY2018 a FCY2021 o 25.939€, continuando en el FY2022 (abril 2021 a marzo 2022) ingresos a cierre de 1°T 12.050€ o -4,6% frente a 12.632€ del 1°T FY2021, motivado por la negativa evolución del sector de Publicidad y Marketing, aumento de la competencia sobre todo en redes sociales o a nivel digital abandonando el tradicional papel y proceso de transformación digital de la Sociedad ahondando en el progresivo f‌in del uso del papel en la actividad del grupo tras pérdida progresiva del número de clientes (gráf‌icos de barras por FY 2018 a 2021) pasando de 84.008 a 56.299 a razón de -11%, -13% y -11% cada año donde van incluidos clientes procedentes de alianzas con terceros que les facturan de forma directa, por lo que tomando sólo los propios de la empresa son 51.798 con -18% FY2021 y - 45% respecto al FY2018;

    1.2. Evolución comparativa por trimestres separados reseñando listados completos de ingresos desde el FY2018 a FY2022 que suman en 2018 70.051 o -12,6%, en 2019 64.083 o -8,5%, en 2020 58.431 o -8,8% y 2021 47.634 o -18,5% siendo ya el 1T 2022 del -3%, con correspondencia a la BI del modelo 303 de IVA mensual (doc 18) y evolución de ingresos por trimestres del negocio consolidado de 2018 75.144 o -13,15%, 2019 67.633 o -10%, 2020 60.789 o -10,1%, 2021 49.205 o - 19,1% y ya el 1T 2022 del -4,6%;

    1.3. Sobredimensionamiento de recursos y costes de personal ante la situación generada que ha venido siendo moderada en relación a las pérdidas observadas con -14.030€ por cada empelado del FY2018 a FY2021 o -13%.

  2. Medidas adoptadas los 6m previos o política de alianzas con otras corporaciones, inversión en canal de venta on line, medidas de reorganización comercial (explicadas en folio siguiente) todas insuf‌icientes,

  3. Nuevas medidas a adoptar o revisión de Áreas de trabajo desarrollando mediante organigramas para mayor comprensión del trabajador la de Canal Online adscrita a la Dirección de Marketing donde estaba la parte actora (doc 26 organigrama de toda la empresa a julio 2021 con la actora en folio 25 y doc 27 organigrama a 7-10-2021 con la supresión consumada del Area de análisis) con detalle de las 8 actividades principales (mantener informes diarios de Traf‌ico, Leads y Conversión, análisis de datos para extracción de conclusiones y propuestas de mejora, medición y seguimiento de los KPis del negocio, tagueo y seguimiento de campañas, creación de dashboard del negocio, gestión de herramientas de Test A/B, análisis de resultados de test A/B y propuesta de otros nuevos, y prospección del mercado para identif‌icar mejoras onsite), habiéndose automatizado los 3 primeros, incorporando respecto al 4 a tres agencias externas que harán las campañas, f‌inalización del dashboard en el 5, sustitución por especialista en analítica de mayor experiencia para los 6 y 7 y 8 (doc 37, cualif‌icación de Marcelina ) no hay propuestas de valor en prospecciones que justif‌ique dedicar más tiempo a la actividad.

    Se aporta como doc 29 Informe pericial de experto independiente CMC a octubre 2021 sobre justif‌icación de las causas económicas de las cartas de despido de julio 2021 ratif‌icado por unos los autores, Sr Anselmo, que se da por reproducido.

CUARTO

En la CCC NUM001 del año 2019 consta de enero a marzo 29 bajas, de abril a junio otras 7, ninguna de julio a septiembre y 25 de octubre a diciembre (doc 6), en 2020 1- 12-2020 a 28-2-2021 no hay bajas (doc 9), del año 2021 de 1 marzo a 18 julio constan 26 bajas (docs 8 y 8 bis), con Listado Nominativo total de bajas (todas las causas: voluntarias, no superación de prueba, jubilación, despidos objetivos, disciplinarios etc) de 2018 a 2021 (doc 10) que por despido objetivo son 22 en 2018, 60 en 2019, 2 en 2020, y 53 en 2021 a fecha 13-10-2021 (27 en marzo, 24 en julio, 1 en agosto, 1 en octubre), habiendo efectuado la empresa un total de 17 altas desde 2019 (doc 11).

QUINTO

La empresa tiene las Cuentas Anuales registradas e informes de Auditoria de 2016 y 2017, 2018, 2019 a marzo 2020 con Certif‌icados del Depósito de las mismas en el RRMM, docs 13 a 19)

SEXTO

Se presenta papeleta al SMAC con fecha registro de 6-8-2021 sin constar celebrado acto conciliatorio en los 30d preceptivos. La demanda es de 6-8-2021" .

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"Que DESESTIMANDO la demanda presentada por Estela frente a PAGINAS AMARILLAS SOLUCIONES DIGITALES SA, debo ABSOLVER Y ABSUELVO a la demandada de todas las peticiones deducidas en su contra".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Dña. Estela, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 07/04/2022, dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo...

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