STSJ Castilla y León , 16 de Mayo de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Mayo 2022

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00809/2022

C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID

Tfno: 983458462-463

Fax: 983.25.42.04

Correo electrónico:

NIG: 47186 44 4 2020 0000444

Equipo/usuario: MAH

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002593 /2021

Procedimiento origen: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000095 /2020

Sobre: RECLAMACION CANTIDAD

RECURRENTE/S D/ña María Milagros

ABOGADO/A: JESUS SUAREZ GONZALEZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

ABOGADO/A: DIEGO SALDAÑA VEGA

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

Ilmos. Sres.:

D. Emilio Álvarez Anllo

Presidente de la Sala

D. José Manuel Riesco Iglesias

D. Alfonso González González/

En Valladolid, a dieciséis de mayo de dos mil veintidós.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 2593 de 2.021, interpuesto por Dª María Milagros contra sentencia del Juzgado de lo Social Nº 3 de Valladolid, en el Procedimiento Ordinario nº 95/2020, de fecha 30 de julio de 2021, en demanda promovida por referida recurrente contra UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, habiendo sido parte el MINISTERIO FISCAL, sobre RECLAMACIÓN DE DERECHO Y CANTIDAD, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr.

D. ALFONSO GONZÁLEZ GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5 de febrero de 2020, se presentó en el Juzgado de lo Social de Valladolid Número 3 demanda formulada por la parte actora en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que f‌iguran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

" PRIMERO .- Dña. María Milagros presta servicios por cuenta de la demandada UNIVERSIDAD DE VALLADOLID como profesora contratada doctora con arreglo a la certif‌icación de servicios obrante en autos y que se tiene por reproducida, siendo de aplicación a la relación laboral el II Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (BOCYL de 18 de mayo de 2015), obrante también en autos.

SE GUNDO .- Por Resolución de la Comisión de Evaluación de Complementos Retributivos del Profesorado de 28 de junio de 2016 se evaluaron favorablemente a la demandante dos quinquenios (de 13 de octubre de 2004 hasta el 12 de diciembre de 2012 y desde el 13 de diciembre de 2012 hasta el 18 de enero de 2018).

TE RCERO .- Obran en autos las Actas de la Comisión Paritaria del II Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, de 16 de noviembre de 2018 y de 1 de abril de 2019, dándose por reproducido su contenido.

CU ARTO .- Obra en autos el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid, por el que se aprueba el criterio interpretativo, previamente acordado por la Comisión Paritaria, para la aplicación de las disposiciones del II Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, en lo relativo al régimen temporal para el abono del complemento por méritos docentes e investigadores, según lo previsto en su artículo 47.4 en relación con su disposición transitoria cuarta, por el cual se acuerda en los siguientes términos:

"A probar el acuerdo adoptado por la Comisión Paritaria del II Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, con fecha 1 de abril de 2019, sobre "Interpretación del artículo 47 y de la disposición transitoria cuarta, por la que se determina el pago del complemento por méritos docentes e investigadores de los contratados doctores y profesores colaboradores", con la modulación introducida en el apartado tercero de este acuerdo. En consecuencia, queda establecido como criterio interpretativo en la Universidad de Valladolid en relación con el abono de los Complementos Personales por Méritos Individuales previstos en el artículo 47.4 de dicho Convenio, previa delimitación del ámbito temporal de aplicación de su disposición transitoria cuarta, que esta Institución comenzará a pagar en la nómina de mayo de 2019 el 100% del primer quinquenio y sexenio reconocidos, con abono, asimismo, en este mes de marzo de 2019, de la cantidad que corresponda para dar plena virtualidad, mediante pago único, al efecto retroactivo de 1 de enero de 2019, contemplado en el acuerdo de la Comisión Paritaria descrito".

QU INTO .- La demandante ha percibido durante el periodo comprendido entre el mes de enero de 2019 y el mes de enero de 2020, ambos incluidos y en concepto de complemento retributivo por quinquenios, las cantidades que se relacionan en el hecho octavo de su demanda, que se dan por reproducidas.

SE XTO .- El 27 de noviembre de 2017 se constituyó la Mesa Negociadora del III Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León; en el Acta de la reunión de fecha 7 de febrero de 2018 se abordó la cuestión sobre "Estudio de los datos de coste de los reconocimientos de los tramos docentes e investigadores", en los términos que obran en autos y que se dan por reproducidos.

SÉ PTIMO .- Conforme al Acta de 4 de marzo de 2019 de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, se abordó el punto consistente en "Plan de f‌inanciación del pago de quinquenios y sexenios a PDI laboral propuesto a la Consejería

de Educación de la Junta de Castilla y León. Acuerdo de fecha de inicio de pago de todos los quinquenios y sexenios en su totalidad", en los términos que obran en autos y que se tienen por reproducidos.

OC TAVO .- Por Acuerdo de 4 de diciembre de 2020, en el Marco de las Negociaciones del Convenio Colectivo del PDI laboral se dispuso que "Los Profesores Contratados Doctores y Profesores Colaboradores que cumplan los requisitos exigidos, percibirán el complemento por méritos docentes correspondiente al segundo quinquenio y el complemento por actividad investigadora correspondiente al segundo sexenio en los siguientes términos: Con efectos del 1 de enero de 2020 se percibirá el 100% del segundo quinquenio y del segundo sexenio. Las cantidades correspondientes se abonarán preferentemente en el año 2020 y, en cualquier caso, como límite máximo, en enero de 2021".

NO VENO .- Obra aportado a los autos el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid, de 15 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el calendario de pagos acordado por el Comité Intercentros del PDI y la Universidad de Valladolid, en reunión de la Comisión Negociadora el 27 de noviembre de 2020, en el marco de la negociación del III Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, cuyo contenido se tiene por reproducido.

DÉ CIMO .- La demandante presentó reclamación previa el 4 de septiembre de 2019,...

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