STSJ Cataluña 1928/2022, 24 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha24 Marzo 2022
Número de resolución1928/2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2015 - 8007669

AR

Recurso de Suplicación: 7490/2021

ILMO. SR. ANDREU ENFEDAQUE MARCO

ILMO. SR. AMADOR GARCIA ROS

ILMO. SR. FÉLIX V. AZÓN VILAS

En Barcelona a 24 de marzo de 2022

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1928/2022

En los recursos de suplicación interpuestos por Piedad, Rafaela, Raquel, Remedios, Ricardo, Rogelio

, Romualdo, Rosendo, Sara, Socorro, Seraf‌in, Vanesa, Visitacion, Marí Juana, María Luisa, Jose Francisco, Secundino, María Esther, María Rosario, Carlos Ramón, Africa, Luis Alberto, Luis Pedro

, Luis Pablo, Jesús Manuel, Apolonia, Ascension, Aurora, Begoña, Benita, Ángel Daniel, Caridad, Adriano y Alexis y FUNDACIÓ DE GESTIÓ SANITARIA DE L'HOSPITAL DE LA SANTA CREU I SANT PAU, frente a la Sentencia del Juzgado Social 7 Barcelona de fecha 14 de octubre de 2021 dictada en el procedimiento Demandas nº 160/2015, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Félix V. Azón Vilas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 14 de octubre de 2021 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por D. Carlos Ramón, Dña. Africa, D. Luis Alberto, D Luis Pedro

, D. Luis Pablo, D. Jesús Manuel, Dª. Apolonia, Dª. Ascension, Dª. Aurora, Dª. Piedad, Dª. Rafaela, Dª. Raquel, Dª. Remedios, Dª. Ricardo, D. Rogelio, D. Romualdo, D. Rosendo, Dª. Sara, Dª. Socorro, D. Seraf‌in

, Dª. Vanesa, Dª. Visitacion, Dª. Marí Juana, Dª. María Luisa, D. Jose Francisco, Dª : Begoña, Dª. Benita

, D. Ángel Daniel, Dª. Caridad, D. Adriano, D. Alexis, D. Secundino, Dª. María Esther, Dª. María Rosario

, D. Abelardo, D. Carmelo, D. Gonzalo, D. Justino, contra la FUNDACION DE GESTION SANITARIA DEL HOSPITAL DE LA SANTA CREU I SANT PAU, se absuelve a la parte demandada de las pretensiones deducidas en su contra."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - Los demandantes se encuentra af‌iliados al sindicato de Metges de Catalunya, interponiendo la demandada con arreglo a lo previsto en el art. 20 de al LRJS. D. Carlos Ramón, con DNI NUM000 categoría profesional Médico, antigüedad 28//04/1983 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de

    6.115,99€ Dña. Africa, categoría profesional Médico, antigüedad 15/12/2005 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.107,91€ D. Luis Alberto, DNI NUM001, categoría profesional Médico, antigüedad 29/05/1998 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de

    5.548,02€ D Luis Pedro, con DNI NUM002, categoría profesional Médico, antigüedad 17/07/2000 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 5.054,52€ D. Luis Pablo, con DNI NUM003, categoría profesional Médico, antigüedad 15/01/1999 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 8.102,95€ D. Jesús Manuel, con DNI NUM004, categoría profesional Médico, antigüedad 09/01/1995 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 5.031,33€ Dª. Apolonia, con DNI NUM005, categoría profesional Médico, antigüedad 02/08/1993 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.867,32€ Dª. Ascension, con DNI NUM006, categoría profesional Médico, antigüedad 01/05/1996 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 5.228,04€ Dª. Aurora, con DNI NUM007, categoría profesional Médico, antigüedad 31/05/2012 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.320,65€ Dª. Piedad, con DNI NUM008

    , categoría profesional Médico, antigüedad 28/06/2002 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 3.674,27€ Dª. Rafaela, con DNI NUM009, categoría profesional Médico, antigüedad 29/05/1996 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.309,44€ Dª. Raquel, con DNI NUM010, categoría profesional Médico, antigüedad 09/01/1995 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 5.081,00€ Dª. Remedios, con DNI NUM011, categoría profesional Médico, antigüedad 23/05/1994 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 3.929,59€ Dª. Ricardo, con DNI NUM012, categoría profesional Médico, antigüedad 03/06/2004 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 5.175,15€ D. Rogelio, con DNI NUM013, categoría profesional Médico, antigüedad 16/01/1991 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 7.722,57€ D. Romualdo, con DNI NUM014, categoría profesional Médico, antigüedad 17/07/2000 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.354,74€ D. Rosendo, con DNI NUM015, categoría profesional Médico, antigüedad 20/06/2003 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 5.928,25€ Dª. Sara, con DNI NUM016, categoría profesional Médico, antigüedad 28/06/2002 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 5.690,66€ Dª. Socorro

    , con DNI NUM017, categoría profesional Médico, antigüedad 18/04/1992 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.023,12€ D. Seraf‌in, con DNI NUM018, categoría profesional Médico, antigüedad 13/06/1989 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de

    5.484,30€ Dª. Vanesa, con DNI NUM019, categoría profesional Médico, antigüedad 01/07/1999 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 7.260,39€ Dª. Visitacion, con DNI NUM020, categoría profesional Médico, antigüedad 06/11/1995 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 3.582,99€ Dª. Marí Juana, con DNI NUM021, categoría profesional Médico, antigüedad 17/07/2001 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.030,66€ Dª. María Luisa, con DNI NUM022, categoría profesional Médico, antigüedad 01/07/1999 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 5.478,67€ D. Jose Francisco, con DNI NUM023, categoría profesional Médico, antigüedad 01/07/1999 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.935,06€ Dª : Begoña, con DNI NUM024, categoría profesional Médico, antigüedad 01/01/2004 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.178,00€ Dª. Benita, con DNI NUM025, categoría profesional Médico, antigüedad 24/02/1995 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.756,17€ D. Ángel Daniel, con DNI NUM026, categoría profesional Médico, antigüedad 01/06/1999 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.823,94€ Dª. Caridad, con DNI NUM027, categoría profesional Médico, antigüedad 10/01/1995 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 7.292,67€ D. Adriano, con DNI NUM028, categoría profesional Médico, antigüedad 29/04/1996 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 6.207,36€ D. Alexis, con DNI NUM029, categoría profesional Médico, antigüedad 03/07/2003 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 3.425,70€ D. Secundino, con DNI NUM030, categoría profesional Médico, antigüedad 08/01/1993 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 4.826,60€ Dª. María Esther, con DNI NUM031, categoría profesional Médico,

    antigüedad 01/12/2010 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 3.617,45€ Dª. María Rosario, con DNI NUM032, categoría profesional Médico, antigüedad 20/05/2009 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 1.786,47€ D. Abelardo, con DNI NUM033, categoría profesional Médico, antigüedad 02/11/2010 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 5.362,63€ D. Carmelo, con DNI NUM034, categoría profesional Médico, antigüedad 25/07/2011 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 3.294,28€ D. Gonzalo, con DNI NUM035, categoría profesional Médico, antigüedad 24/05/2007 y percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 3.529,39€ D. Justino, con DNI NUM036, categoría profesional Médico, percibiendo un salario bruto mensual con inclusión de pagas extras de 3.429,10€

  2. - La Fundación de Gestión Sanitaria del Hospital de la Santa Creu y Sant Pau, es una entidad que forma parte del Sector privado de la salud con participación mayoritaria de la Generalitat de Catalunya con aplica ion del Decreto Ley 3/10.(Doc. nº 4 Sentecia del Juzgado Social nº 31 de Barcelona, y STSJ Cataluña de 29 de septiembre 2014)

  3. - La Sentencia del Tribulan Supremo de 22 de febrero de 2006, y otros posteriores, consideró que la prestación de servicios de los médicos que trabajaban por cuenta de los Hospitales concertados en régimen de guardias medicas de presencia física ( llamadas después, jornada de atención continuada) era tiempo de trabajo a todos los efectos y horas extraordinarias una vez que se superaban la jornada ordinaria . Estas horas extraordinarias debían abonarse, una vez que se superaba la duración máxima de la jornada ordinaria (1826,27h/año) y retribuirse a un precio no inferior de la hora ordinaria. (Hecho recogido de la demanda, no controvertido)

  4. - P osteriormente la STS de fecha 23 de marzo de 2011, desestimo el recurso de las patronales ratif‌icando la...

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