STSJ Galicia 861/2022, 18 de Febrero de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha18 Febrero 2022
Número de resolución861/2022

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL

A CORUÑA

SENTENCIA: 00861/2022

-Secretaria Sra. IGLESIAS FUNGUEIRO

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

Correo electrónico:

NIG: 15030 44 4 2018 0003528

Equipo/usuario: IG

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0006521 /2021 -ig

Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000589 /2018

Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO

RECURRENTE/S D/ña Cristina, DIRECCION000

ABOGADO/A: SANDRA GARRIDO FERNANDEZ, JUAN RICARDO GARCIA FERNANDEZ

PROCURADOR:,

GRADUADO/A SOCIAL:,

RECURRIDO/S D/ña: DIRECCION001 - DIRECCION002 -, Jacinta

ABOGADO/A: ABOGADO DEL ESTADO, EVA OTILIA ACUÑA VECINO

PROCURADOR:,

GRADUADO/A SOCIAL:,

ILMA. SRA Dª BEATRIZ RAMA INSUA

ILMA. SRA Dª MARIA TERESA CONDE-PUMPIDO TOURÓN

ILMO. SR. D. CARLOS VILLARINO MOURE

En A CORUÑA, a dieciocho de febrero de dos mil veintidós.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0006521/2021, formalizado por la Letrada Dª Sandra Garrido Fernández, en nombre y representación de Dª Cristina y por el Letrado D. Juan Ricardo García Fernández, en nombre y representación de DIRECCION000 ., contra la sentencia número 311/2021 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de A CORUÑA en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000589/2018, seguidos a instancia de Dª Cristina frente a DIRECCION001 - DIRECCION002 -, Dª Jacinta y DIRECCION000, siendo MagistradoPonente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª CARLOS VILLARINO MOURE.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Cristina presentó demanda contra DIRECCION001 - DIRECCION002 -, Dª Jacinta y DIRECCION000, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 311/2021, de fecha trece de mayo de dos mil veintiuno.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: PRIMERO.- Doña Cristina ha venido prestando servicios laborales por cuenta ajena para la entidad pública empresarial DIRECCION000 y, a partir de mayo de 2013, para la mercantil DIRECCION000, en virtud de los siguientes contratos de trabajo: 1. Contrato de trabajo de duración determinada por circunstancias de la producción por la acumulación de tareas propias de su categoría en el Aeropuerto de A Coruña, con categoría IC11-Técnico de Programación y Operaciones, desde el 19.09.2007 y con f‌inalización el 18.10.2007.

2. Contrato de trabajo de duración determinada de fecha 14.3.2008 por interinidad para la sustitución de un trabajador (D. Jose Carlos ) perteneciente a la categoría de IC11-Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de A Coruña, que se encontraba en situación de adscripción provisional mientras realiza periodo formativo previo a su posterior evaluación conforme a la Resolución de fecha 3 de marzo de 2008, con reserva del puesto de trabajo desde el 19.3.2007 hasta que f‌inalice la situación de adjudicación provisional, bien con el retorno del trabajador a su puesto de trabajo en caso de evaluación negativa, bien con la adjudicación def‌initiva de la plaza al trabajador sustituido. La duración se pactaba a partir del día 19.3.2007 hasta la f‌inalizara la citada situación de adjudicación provisional. Dicho contrato f‌inalizó el 14.4.2008. 3. Contrato de trabajo de duración determinada por interinidad de fecha 14.4.2008, para sustitución de una trabajadora ( Adela ) perteneciente a la categoría de IC11-Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de A Coruña, que se encontraba en situación de realización de cambio temporal de ocupación con derecho de reserva de puesto de trabajo desde el 1.2.2008 hasta el 31.5.2008 (ambos inclusive), pactándose expresamente esa duración en el contrato de interinidad. 4. Contrato de trabajo de duración determinada por interinidad de fecha 31.5.2018 para cubrir temporalmente un puesto de trabajo correspondiente a la ocupación de IC11-Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de A Coruña hasta su cobertura def‌initiva que había sido autorizada por Acuerdo del Director de Organización y Recursos Humanos de fecha 9.5.2008, y con inicio del día 1.6.2008 y f‌inalizado en fecha de 31.12.2008 por haberse comunicado a la empresa interés en suscribir un nuevo contrato de interinidad impropia el 23.12.2008. 5. Contrato de trabajo de duración determinada por interinidad de fecha 30.12.2008 para cubrir temporalmente un puesto de trabajado de la categoría de IC11-Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de A Coruña hasta su cobertura def‌initiva que había sido autorizada por Acuerdo del Director de Organización y Recursos Humanos de fecha

9.5.2008, y con inicio del día 1.1.2009 y f‌inalizado el 28.02.2009, comunicándose por parte de la empresa en fecha 26.2.2009 que había f‌inalizado el proceso selectivo con la incorporación del trabajador seleccionado.

6. Contrato de trabajo de duración determinada por circunstancias de la producción de 27.2.2009, por la acumulación de tareas propias de su categoría en el Aeropuerto de A Coruña, con categoría IC11- Técnico de Programación y Operaciones, y con duración pactada desde el 1.3.2009 al 15.3.2009. 7. Contrato de trabajo de duración determinada por interinidad de fecha 23.3.2009 cuyo objeto era cubrir temporalmente un puesto

de trabajo correspondiente a la ocupación de IC11 Técnico de Programación y Operaciones en el Aeropuerto de Logroño- DIRECCION003, con duración desde el 23.3.2009 que se dio por concluido el 2.5.2009 por aceptación de un nuevo contrato de interinidad en el Aeropuerto de Barcelona. 8. Contrato de trabajo de duración determinada de fecha 30.4.2009 en la modalidad de interinidad para la sustitución temporal de una trabajadora (Doña Begoña ) adscrita al centro de trabajo Aeropuerto de Barcelona en situación de liberación sindical con derecho a reserva de puesto de trabajo, y con duración mientras subsistiera el derecho de reserva del puesto de trabajo de la trabajadora sustituida. Se inició en fecha 4.5.2009 y f‌inalizó el 31.3.2013 como consecuencia de la f‌inalización de la relación laboral de la trabajadora sustituida. 9. Contrato de trabajo de duración determinada por interinidad de fecha 26.5.2013, para la sustitución de un trabajador (D. Calixto ) perteneciente a la categoría de IC11-Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de A Coruña, que se encontraba en situación de permiso por matrimonio, desde el 27.05.2013 a 10.06.2013. 10. Contrato de trabajo de duración determinada por interinidad de fecha 16.8.2013 para la sustitución temporal de un trabajador (Doña Casilda ) perteneciente a la categoría de IC11-Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de Santander que se encontraba en situación de desprogramación de servicios, con derecho a reserva de puesto de trabajo y duración pactada de 23.8.2013 a 26.8.2013. 11. Contrato de trabajo de duración determinada de interinidad para la sustitución temporal de la trabajadora Doña Constanza perteneciente a la categoría de IC11-Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de Santander que se encontraba en situación de desprogramación de servicios, con derecho a reserva de puesto de trabajo y duración pactada de 26.8.2013 a 28.8.2013. 12. Contrato de trabajo de duración determinada de interinidad para la sustitución temporal de la trabajadora Doña Florinda perteneciente a la categoría de IC11-Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de Santander que se encontraba en situación de desprogramación de servicios, horas sindicales y vacaciones de antigüedad, con derecho a reserva de puesto de trabajo y duración pactada de 2.9.2013 a 9.9.2013. 13. Contrato de trabajo de duración determinada de interinidad para la sustitución temporal de la trabajadora Doña Elisenda perteneciente a la categoría de IC11-Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de Santander que se encontraba en situación de desprogramación de servicios, con derecho a reserva de puesto de trabajo y duración pactada de 10.9.2013 a 17.9.2013. 14. Contrato de trabajo de duración determinada de interinidad para la sustitución temporal del trabajador D. Erasmo perteneciente a la categoría de IC11-Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de Santander que se encontraba en situación de desprogramación de servicios, con derecho a reserva de puesto de trabajo y duración pactada de 19.9.2013 a 24.9.2013. 15. Contrato de duración determinada de fecha 27.9.2013 en la modalidad de interinidad para sustituir a la trabajadora Doña Eulalia perteneciente a la ocupación IC11-A- Técnico de Programación y Operaciones adscrito al centro de trabajo de Aeropuerto de A Coruña, que se encontraba en situación de cambio temporal de ocupación para cubrir a Adela perteneciente a la categoría IEO2- Coordinador aeroportuario por licencia retribuida de matrimonio desde el 1.10.2013 al 15.10.2013. 16. Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo parcial por interinidad de fecha 30.10.2013, para la sustitución de una trabajadora (Doña Gloria ) perteneciente a la categoría de IC11- Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de A Coruña, que se encontraba en situación de reducción de jornada por guarda legal, con duración pactada desde el 31.10.2013 al 30.6.2014 ambos inclusive. 17. Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo parcial por interinidad de fecha 18.6.2014 para la sustitución de la misma trabajadora (Doña Gloria ) perteneciente a la categoría de IC11-Técnico de Programación y Operaciones del Aeropuerto de...

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