AAP Barcelona 288/2021, 21 de Septiembre de 2021
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 288/2021 |
Fecha | 21 Septiembre 2021 |
Sección nº 13 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Recurso de Queja 714/2021 -4
Materia: Quejas art.2168 LEC
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Granollers
Procedimiento de origen:Ejecución hipotecaria 1090/2019
Entidad bancaria BANCO SANTANDER:
Para ingresos en caja. Concepto: 0659000081071421
Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.
Beneficiario: Sección nº 13 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Concepto: 0659000081071421
Parte recurrente/Solicitante: DEBT RESOLUTION CORP, S.A.R.L.
Procurador/a: Francesc Ruiz Castel
Abogado/a: Juan Carlos Noguera De Erquiaga
Parte recurrida: PRIVAT THE ORIGEN, S.L
Procurador/a:
Abogado/a:
AUTO Nº 288/2021
Magistrados:
M dels Angels Gomis Masque Juan Bautista Cremades Morant Fernando Utrillas Carbonell Mireia Rios Enrich Maria del Pilar Ledesma Ibañez
Barcelona, 21 de septiembre de 2021
Ponente: M dels Angels Gomis Masque
Único. El/La Procurador/a Francesc Ruiz Castel, en nombre y representación de DEBT RESOLUTION CORP, S.A.R.L. presentó un recurso de queja contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Granollers por la que le inadmitió el recurso de apelación interpuesto contra AUTO de fecha 14/06/2021 dictada en el procedimiento Ejecución hipotecaria 1090/2019.
Con el escrito de interposición del recurso, la parte acompañó una copia de la resolución recurrida.
ÚNICO.- La resolución que se recurre en queja ha de ser confirmada por sus propios fundamentos, que este tribunal hace suyos y da por reproducidos para evitar repeticiones inútiles (la suficiencia de la motivación por remisión está recogida por la jurisprudencia, por todas, SSTS 23.4.2001, 16.5.2011, 30.7.2008, 27.12.2013 o
18.3.2016), debiendo mantenerse la inadmisión del recurso de apelación.
El recurso de apelación inadmitido por el Juzgado de 1ª Instancia se interpone contra el auto que desestima el recurso de revisión planteado contra el Decreto que, a su vez, desestima el recurso de reposición deducido contra la diligencia de ordenación que, en un procedimiento de ejecución hipotecaria una vez subastada la finca y cedido el remate a un tercero, acordaba, entre otras cosas y dado que la responsabilidad hipotecaria máxima por intereses remuneratorios era inferior a la cantidad reclamada, que " La imputación de la deuda debe realizarse por conceptos y además por orden ( remuneratorios, capital, demora y costas) de forma que lo que excede en un concepto no se puede imputar al otro. Esos límites no operan si no hay acreedores posteriores pero en este caso el AJUNTAMENT DE CANOVELLES es acreedor posterior. Por tanto es necesario el ingreso del importe de 39,732,22 euros ya que los límites de responsabilidad de la finca hipotecada actua en beneficio de terceros con derecho inscrito o anotado"...
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AAP Barcelona 248/2022, 3 de Noviembre de 2022
...que se limita a ordenar la continuación del proceidmiento), hemos dicho, por ejemplo, en nuestro auto 288/2021, de 21 de septiembre (ROJ: AAP B 9187/2021 - ECLI:ES:APB:2021:9187A) que " la resolución que se pretende recurrir no es susceptible de ser recurrida en apelación, y ello no sólo po......