STSJ Andalucía 605/2021, 4 de Marzo de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha04 Marzo 2021
EmisorTribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), sala social
Número de resolución605/2021

Recurso nº 2625/19 -Negociado H Sent. Núm. 605/21

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMA. SRA. DÑA. MARIA ELENA DIAZ ALONSO

ILTMA. SRA. DÑA. MARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ

ILTMO. SR. D. JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO-ABAD

En Sevilla, a 4 de marzo de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 605 /21

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Fulgencio y Gines, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de los de Sevilla, Autos Nº 49/18; ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Fulgencio y Gines Justino contra ABENGOA BIOENERGIA INVERSIONES SA, ABENGOA BIOENERGIA NUEVAS TECNOLOGIAS S.A., ABENGOA BIOENERGIA SA, ECOAGRICOLA S.A., BIOETANOL GALICIA, S.A., ECOCARBURANTES ESPAÑOLES S.A., BIOCARBURANTES DE CASTILLA Y LEON S.A., ABENGOA S.A., ABENGOA BIOENERGY FRANCE S.A., ABENGOA TRADING B.V., ABENGOA ABENEWCO 1 S.A., ABENGOA ABENEWCO 2 S.A., VERTEX BIONERGY S.L., TRILANTIC CAPITAL PARTNERS V EUROPE S.C.A., BIOENERGY INVESTMENTS S.A. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sobre "despido", se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 05/04/2019 por el Juzgado de referencia, en la que se estimó parcialmente la demanda, y declarando la nulidad del despido de los actores, producido el 30-11-17, se condenó solidariamente a ABENGOA BIOENERGÍA INVERSIONES S.A., ABENGOA BIOENERGÍA S.A. y ABENGOA S.A. a que readmitiera a los trabajadores en las mismas condiciones que ostentaban antes del despido, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, a razón de un salario diario de 145,81 para D. Gines y de 271,67 euros para D. Fulgencio ; condenando además a dichas demandadas a que abonasen a los actores en concepto de falta de preaviso las cuantías respectivas de 2.187,15 euros, y

4.075,05 euros.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"-IEl actor Gines ha venido prestando sus servicios por cuenta de Abengoa Bioenergía Inversiones S.A. (ABISA), desde el 1 de julio de 1992, con la categoría profesional de licenciado y con un salario diario de 145,81 €.

Tras prestar sus servicios para Ecocarburantes Españoles S.A., pasó subrogado el 1 de enero de 2014 a Abengoa Bioenergía S.A. (ABSA) y el 1 de enero de 2015 a ABISA, empresas todas del Grupo Abengoa.

Venía desempeñando el puesto de responsable de seguros, en el Departamento de Riesgos, realizando funciones de gestión de riesgos y seguros de las plantas de producción explotadas por el grupo Abengoa Bioenergía.

Daba cuenta de su actuación a Trinidad, empleada de Abengoa Bioenergía S.A., matriz del grupo Abengoa Bioenergía y responsable económica y f‌inanciera de las sociedades integrantes de dicho grupo, al que pertenece ABISA.

-IIEl también actor Fulgencio, mayor de 55 años, ha venido prestando sus servicios por cuenta de Abengoa Bioenergía Inversiones S.A. (ABISA), desde el 12 de junio de 2001, con la categoría profesional de licenciado y con un salario diario de 271,67 €.

Tras prestar sus servicios para Abengoa Bioenergía S.A., pasó subrogado el 1 de septiembre de 2003 a Biocarburantes de Castilla y León S.A., el 1 de enero de 2014 de nuevo a Abengoa Bioenergía S.A. y el 1 de enero de 2015 a ABISA, empresas todas del Grupo Abengoa.

Venía desempeñando el puesto de vicepresidente del Departamento de Asuntos Institucionales, realizando funciones de relaciones institucionales con organismos públicos e inversores europeos respecto a las plantas de producción explotadas por el grupo Abengoa Bioenergía.

Daba cuenta de su actuación a Trinidad, empleada de Abengoa Bioenergía S.A., matriz del grupo Abengoa Bioenergía y responsable económica y f‌inanciera de las sociedades integrantes de dicho grupo, al que pertenece ABISA.

-IIIEl actor Gines percibía un salario diario de 145,81 €, más un plus de transporte de 72,72 € mensuales.

El también actor Fulgencio percibía un salario diario de 271,67 €, más un plus de transporte de 71,92 € mensuales.

Además los actores han venido percibiendo un bonus anual hasta 2015, que se abonaba al año siguiente al de su devengo. El devengado en dicho año se abonó, en concepto de atraso, en 2017, por importe de 8.133,04 € para Gines y de 18.067,92 € para Fulgencio .

Dicho bonus se abonaba una vez cerrado el ejercicio económico de cada año, para premiar la consecución de unos objetivos previamente determinados conforme a criterios y fórmulas establecidas al efecto en la normativa retributiva de la empresa, la llamada norma NOC (cuyo contenido obrante a los folios 1038 a 1042 de los autos se tiene aquí por reproducido), a percibir cada año por las personas designadas por la Presidencia y que se encontrasen desempeñando las funciones que dieron lugar al establecimiento de éste al cierre del año. El último año en el que se designaron objetivos y perceptores del bonus fue el correspondiente al ejercicio de 2015.

-IVAbengoa S.A. es la sociedad cabecera de un grupo de sociedades denominado Abengoa, integrado por numerosas sociedades, entre ellas las demandadas (salvo Vertex Bioenergy S.L., Bioenergy Investments S.A. y Trilantic Capital Partners V Europe S.C.A.), emitiendo cuentas anuales consolidadas. Abengoa S.A. presta servicios corporativos a las empresas del grupo, entre ellos los de auditoría.

Abengoa S.A., como cabecera del grupo, mantenía un sistema de tesorería centralizada para f‌inanciarse, a un interés de mercado, a través de disposiciones de efectivo de los importes que todas las sociedades dependientes depositaban en la Tesorería Centralizada. Igualmente todas las sociedades dependientes podían disponer de esos fondos para sus necesidades, siendo esta la fuente fundamental de su f‌inanciación. Esta actividad es conocida en el mercado con la denominación de cash pooling.

Cada empresa del grupo cuenta con su propio personal directivo.

La línea de negocio o segmento de producción industrial al que pertenece ABISA, referente a los biocombustibles, tales como bioetanol o biodiesel, se lleva a acabo a través del llamado grupo Abengoa Bioenergía y está liderado como sociedad dominante por Abengoa Bioenergía S.A., la cual se dedica esencialmente a gestiones de asesoramiento y apoyo f‌inanciero a las empresas de dicha línea de negocio (ABISA, Abengoa Bioenergía Nuevas Tecnologías S.A., Abengoa Bioenergy France S.A., Biocarburantes de Castilla y León S.A. Bioetanol Galicia S.A., Ecocarburantes Españoles S.A. y Ecoagrícola S.A.), mediante la suscripción de contratos de prestación de servicios y a cambio de una contraprestación económica por parte de éstas.

ABISA tiene como objeto social el desarrollo, promoción e inversión en proyectos y actividades relacionadas con la fabricación, importación y comercialización de biocombustibles.

ABISA tiene como actividad prestar servicios generales de gestión, tales como administración, legales, de recursos humanos, f‌inancieros, de compras y de ingeniería, a las empresas del grupo liderado por Abengoa Bioenergía S.A., empresas que a su vez tienen por objeto la producción de las plantas industriales de biocombustibles situadas en Europa, como son Abengoa Bioenergy France S.A., Biocarburantes de Castilla y León S.A. Bioetanol Galicia S.A., Ecocarburantes Españoles S.A. y Ecoagrícola S.A. (ésta última no explotaba planta alguna sino que se encargaba de la compra de materia prima para las plantas, la cual vendía a las empresas encargadas de la explotación de las mismas). Para ello ABISA ha suscrito sendos contratos de prestación de servicios con dichas empresas y recibido de las mismas la correspondiente contraprestación económica, así ref‌lejada en su contabilidad.

-VABISA vendió a Bioenergy Investments S.A., en documento privado de 16 de marzo de 2017, su participación accionarial en las sociedades Abengoa Bioenergy France S.A., Biocarburantes de Castilla y León S.A. Bioetanol Galicia S.A., Ecocarburantes Españoles S.A. y Ecoagrícola S.A.

Mediante escritura pública de 1 de junio de 2017 se elevó a público el anterior contrato privado, en la cual además Bioenergy Investments S.A. cedía su posición contractual de comprador a Vertex Bioenergy S.L. (íntegramente participada por Bioenergy Investments S.A.), la cual quedaba subrogada como compradora, actuando como garante de dicho contrato Abengoa S.A.

En virtud de dicha venta, las plantas de producción de biocombustible que venían explotando en Europa las sociedades Abengoa Bioenergy France S.A., Biocarburantes de Castilla y León S.A. Bioetanol Galicia S.A., Ecocarburantes Españoles S.A. y Ecoagrícola S.A., han pasado a ser explotadas por Vertex Bioenergy S.L.

Abengoa S.A. comunicó dicha operación mercantil el 1 de junio de 2017 a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), indicando que con ello se efectuaba la venta del negocio de bioetanol de Abengoa en Europa, mediante la transmisión de las acciones de las sociedades citadas, siendo el importe de la transacción (valor de empresa) de 140 millones de € y el importe a recibir por Abengoa, tras los ajustes realizados en la fecha de cierre, de 111 millones de €. En dicha comunicación se expresaba que la compradora era una sociedad controlada por el fondo de capital riesgo Trilantic Capital Partners V Europe S.C.A. En virtud de previa comunicación a la CNMV, que dio lugar a resolución de dicha entidad de 11 de abril de 2017 que autorizaba dicha operación de concentración, se indicaba que el referido fondo de inversión compraba las acciones a través de una sociedad instrumental que se había constituido para llevar a cabo...

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