STSJ Comunidad Valenciana 3361/2021, 16 de Noviembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Noviembre 2021
Número de resolución3361/2021

1 Recurso de Suplicación 772/2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

COMUNIDAD VALENCIANA

Sala de lo Social

Recurso de suplicación 000772/2021

Ilmas. Sras. e Ilmo. Sr.

Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas, presidenta

Dª. Mercedes Boronat Tormo

D. Miguel Ángel Beltrán Aleu

En Valencia, a dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 003361/2021

En el recurso de suplicación 000772/2021, interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de noviembre de 2020, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE ELX, en los autos 000117/2019, seguidos sobre cesión ilegal reconocimiento derecho f‌ijo, a instancia de Carlos Ramón asistido por el Letrado D. Carlos Pascual Ruiz, contra HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE ELCHE, ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L. asistido por el Letrado D. Javier Velasco Lozano y EXPORTADORA DATA BASE S.A. asistido por la Letrada Dª Adela Rodríguez Cervantes, y en los que es recurrente el demandante, ha actuado como ponente la Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda formulada por D. Carlos Ramón contra las mercantiles EXPORTADORA DATA BASE S.A., ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L. y el HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE ELCHE, debo absolver y absuelvo a las demandadas de todas las pretensiones deducidas en su contra .".

SEGUNDO

En la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: " PRIMERO.- Sobre las circunstancias laborales del trabajador: D. Carlos Ramón,esta contratado por EXPORTADORA DATA BASE S.A., con la categoría de técnico microinformático, incluido en el grupo profesional de OPERADOR P,salario

1.390,54 euros mensuales con prorrateo de pagas extra incluido, y antigüedad desde el 01/04/2015 y ello, según contrato para obra o servicio determinado a tiempo parcial completo, haciéndose constar como obra o servicio que justif‌ica la contratación temporal "SERVICIOS APOYO EN SAT LEVANTE PARA NUESTRO CLIENTE

ATOS-BULL" contrato que se convirtió en indef‌inido el día 13/09/2019, (documentos 1 y 2 del ramo de prueba de EXPORTADORA DATA BASE S.A.). El actor, presta por tanto sus servicios para la codemandada EXPORTADORA DATA BASE S.A., empresa, esta, que abona sus salarios, le imparte las órdenes y f‌ija su periodo de vacaciones (documentos 23 a 41 ramo de prueba de EXPORTADORA DATA BASE S.A.). La codemandada EXPORTADORA DATA BASE S.A. tiene f‌irmado un contrato con otra de las codemandadas ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L., contrato por el que se obliga a suministrar servicios de soporte informático, prestándose alguno de esos servicios en la comunidad valenciana. SEGUNDO.-El demandante realiza funciones detécnico microinformático, incluido en el grupo profesional de OPERADOR P, de forma presencial en el Hospital General Universitario de Elche su función es mantenimiento de hardware y of‌imática. El actor fue contratado porEXPORTADORA DATA BASE S.A.,siguiendo instrucciones de ésta en todo momento y a la que solicita información sobre cualquier cosa que tenga que realizar,(documentos 23 a 41 ramo de prueba de EXPORTADORA DATA BASE S.A.), que tiene suscrito un contrato marco con otra de las codemandadas ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L., que se va desarrollando según se vayan encargando servicios por parte de esta última a aquélla,contrato que consta en el ramo de prueba de ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L. y se da aquí por reproducido en su integridad, habiendo suscrito durante el tiempo que Exportadora Data ha estado subcontratada en el Hospital General de Elche, 13 anexos, todos para la prestación de servicios "on site", o sea, en las propias instalaciones del Hospital General Universitario de Elche, dada la inmediación y urgencia de los servicios contratados (documentos

7.1 a 7.13 del ramo de prueba de la codemandada ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L.)que constan igualmente en el ramo de prueba de la codemandada ATOS y se dan aquí por reproducidos en su integridad, servicios todos ellos facturados por parte de Exportadora Data a Atos IT Solutions (documento nº 8 del ramo de prueba de la codemandada ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L.). El actor no tiene la condición de representante legal de los trabajadores. TERCERO.- Sobre los hechos relativos a la alegada cesión ilegal de trabajadores: El 26 de mayo de 2015, se f‌irma un contrato de prestación de servicios entre BULL (ESPAÑA) S.A, posteriormente absorbida por ATOS IT con el HOSPITAL GENERAL UIVERSITARIO DE ELCHE, para el mantenimiento integral y servicio de soporte técnico de equipos informáticos y of‌imática del Departamento de Salud de Elche Hospital General, que consta en el documento nº 9 de ATOS y se aquí por producido en su integridad y en cuya cláusula segunda establece : "El objeto del presente contrato consiste en el MANTENIMIENTO INTEGRAL Y SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y OFIMATICA DEL DEPARTAMENTO DE SALUD DE ELCHE HOSPITAL GENERAL". El 1 de junio de 2017, se f‌irma otro contrato de prestación de servicios entre ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L. con el HOSPITAL GENERAL UIVERSITARIO DE ELCHE, para el mantenimiento integral y servicio de soporte técnico de equipos informáticos y of‌imática del Departamento de Salud de Elche - Hospital General, que consta en el documento nº 10 de ATOS y se aquí por producido en su integridad y en cuya cláusula PRIMERA establece : "El objeto del presente contrato consiste en el MANTENIMIENTO INTEGRAL Y SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y OFIMATICA DEL DEPARTAMENTO DE SALUD DE ELCHE - HOSPITAL GENERAL". El 17 de juLio de 2017, se f‌irma otro contrato de prestación de servicios entre ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L. con el HOSPITAL GENERAL UIVERSITARIO DE ELCHE, para el mantenimiento integral y servicio de soporte técnico de equipos informáticos y of‌imática del Departamento de Salud de Elche - Hospital General, que consta en el documento nº 11 de ATOS y se aquí por producido en su integridad y en cuya cláusula SEGUNDA establece : "El objeto del presente contrato consiste en el MANTENIMIENTO INTEGRAL Y SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y OFIMATICA DEL DEPARTAMENTO DE SALUD DE ELCHE - HOSPITAL GENERAL". En el pliego de prescripciones técnicas que han de regir en el contrato constan en el ramo de prueba de la codemandada ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L., como documento nº 12 y se da por reproducido en su integridad y consta entre otras las siguientes : "El objeto del presente contrato es el mantenimiento integral y servicio de soporte técnico de usuarios, equipos y aplicaciones del departamento de salud de Elche Hospital General, esto incluye el hospital y, todos los centros de salud y consultorios pertenecientes a dicho departamento . Los centros a los que se dará mantenimiento son todos los pertenecientes al departamento de salud de Elche-Hospital General . Son los siguientes: Hospital General Universitario de Elche, incluyendo el edif‌icio Unidad Integral Ambulatoria especializada.................................Incluirá el diagnóstico de fallos y mal funcionamiento de equipos, su

corrección y reparación para todos los equipos informáticos en los centros indicados ......................Siempre

que sea posible, la reparación se realizará en el lugar donde esté ubicado el equipo a reparar y en un plazo no superior a las ocho horas laborables, en caso contrario, la empresa adjudicataria será la encargada de instalar en depósito otro equipo de similares características ...................................El tiempo de respuesta será :

Inmediata para equipos críticos . Cuatro horas laborables para el resto de equipos . El tiempo de reparación se establece en : Cuatro horas laborables para equipos críticos . Ocho horas laborables para el resto de equipos . En las guardias localizadas, el tiempo de respuesta debe ser inmediato y el tiempo de resolución de cuatro horas............. Se requiere la presencia física de como mínimo tres personas a jornada completa de 40 horas,

todos los días laborables en el Hospital General Universitario de Elche de lunes a viernes durante 11 meses

al año. La empresa adjudicataria sustituirá las posibles bajas por enfermedad y permisos no considerados vacaciones de los técnicos por una persona de igual o superior perf‌il profesional, de manera que el servicio quede siempre garantizado con las personas requeridas. La empresa adjudicataria pondrá a disposición del departamento un bono de 80 horas mínimo para actuaciones especiales fuera de horario (f‌ines de semana, festivos) o intervenciones críticas . estas horas se cubrirán con personal del equipo de trabajo asignado al hospital, la utilización de estas horas se pasará entre el adjudicatario y la unidad de informática ................. se

requiere la f‌igura de director o responsable de proyecto ......será el interlocutor único encargado de velar por el

cumplimiento del contrato y solucionar los problemas surgidos con el trabajo diario . se realizarán reuniones periódicas entre el director de proyecto y el responsable de la unidad de informática, en esta reuniones se tratarán entre otros los siguientes temas. Revisión de los niveles de los servicios ofrecidos . Trabajo diario. Tiempos de respuestas . Guardias . Adopción de medidas correctoras si se da el caso...................... la empresa

adjudicataria, proporcionará a los técnicos asignados al proyecto las herramientas para el correcto desarrollo de su trabajo............... a la f‌inalización del contrato la empresa adjudicataria se compromete durante un periodo

de transición establecido por el Hospital...

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