STSJ Castilla y León , 23 de Diciembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 23 Diciembre 2021 |
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL
VALLADOLID
SENTENCIA: 02019/2021
C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID
Tfno: 983458462-463
Fax: 983.25.42.04
Correo electrónico:
NIG: 47186 44 4 2019 0003670
Equipo/usuario: AGG
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0001378 /2021 -AProcedimiento origen: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000901 /2019
Sobre: RECLAMACION CANTIDAD
RECURRENTE/S D/ña Modesta
ABOGADO/A: JESUS SUAREZ GONZALEZ
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
ABOGADO/A: JUAN-ANTONIO SALDAÑA CARRETERO
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
Ilmos. Sres.:
D. Manuel Mª Benito López
Presidente de Sección
D. Jose Manuel Martínez Illade
Dª María Belmonte Saldaña/
En Valladolid a veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación núm. 1378/2021, interpuesto por Dª Modesta contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1 de Valladolid, de fecha 19 de abril de 2021, (Autos núm. 901/2019), dictada a virtud de demanda promovida por Dª Modesta contra UNIVERSIDAD DE VALLADOLID sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.
Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA MARÍA BELMONTE SALDAÑA.
Con fecha 4/44/2019 se presentó en el Juzgado de lo Social núm. 1 de Valladolid demanda formulada por Dª Modesta en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos que consta en su parte dispositiva.
En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:
" PRIMERO .- La demandante, Dª Modesta, con DNI NUM000, desde el 11/12/1991, presta servicios para la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, a fecha de la demanda como Profesor Contratado Doctor Básico en el Área de Derecho Mercantil, integrada en el Departamento de Derecho Mercantil, Derecho del Trabajo y Derecho Internacional Privado.
Por resolución de la Comisión de Evaluación de Complementos Retributivos de la Universidad de Valladolid, de fecha 28 de junio de 2016, se evalúan favorablemente cuatro periodos de actividad docente, (desde el 91 al 2011 concediéndole cuatro quinquenios. Por resolución de fecha 11 de julio de 2017, se le evalúa el período de actividad docente entre 2011 hasta 2016, concediéndole el quinto quinquenio. Por resolución del Rectorado de fecha 2 de agosto de 2011, se le otorga un sexenio por el periodo de 2004 a 2009 y por resolución de 20 de junio de 2018 se le otorga un sexenio por el período de 2010 a 2017. (documentos 2, 3, 4 y 5 de la Dda.)
La relación laboral, en el ámbito de la pretensión, se rige por el II Convenio Colectivo del PDI contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (BOCYL de 18 de mayo de 2015.- folio 109 a 145). Por acuerdo de 9 de noviembre de 2015, entre la Universidad de Valladolid y la Mesa Sectorial del PDI, se aprueba el procedimiento para la evaluación de tramos docentes del personal docente e investigador contratado en régimen laboral en la Universidad de Valladolid, al amparo de lo previsto en el "II Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades de Castilla y León". Por resolución de 21 de octubre de 2015, se dispone el abono como "anticipo a cuenta" del complemento por méritos docentes (QUINQUENIOS) del PDI laboral fijo al amparo de la previsión del II Convenio, con efectos de 1 de enero de 2015 el 75% del importe del primer [quinquenio] y el 75% del importe del primer sexenio, [...] al amparo de la DT 4ª del citado Convenio Colectivo. (folio 150 a 157). En el acta de 1 de abril de 2019 Comisión Paritaria- II Convenio Colectivo PDI (doc. 12) "La representante de STECyL,(...), señala que debe constar en acta la falta de acuerdo sobre la interpretación del pago del resto de quinquenios y sexenios reconocidos" Y en acuerdo del Consejo de Gobierno de la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, (doc. 13) por el que se aprueba el criterio interpretativo, previamente acordado por la Comisión Paritaria, para la aplicación de las Disposiciones del II Convenio Colectivo del PDI contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, en lo relativo al régimen temporal para el abono del complemento por méritos docentes e investigadores, según lo previsto en su artículo 47.4, en relación con su DT 4ª "ACUERDA.- Primero.- Aprobar el acuerdo adoptado por la Comisión Paritaria del II Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las universidades públicas de Castilla y León, con fecha 1 de abril de 2019, sobre "interpretación del artículo 47 y de la disposición transitoria cuarta, por la que se determina el pago del complemento por méritos docentes e investigadores a los contratados doctores y profesores colaboradores", con la modulación introducida en el apartado tercero de este acuerdo. En consecuencia, queda establecido como criterio interpretativo en la Universidad de Valladolid, en relación con el abono de los Complementos Personales por Méritos Individuales previstos en el artículo
47.4 de dicho convenio, previa delimitación del ámbito temporal de aplicación de su disposición transitoria cuarta, que esta Institución comenzará a pagar en la nómina de mayo de 2019 el 100% del primer quinquenio y sexenio reconocidos, con abono, asimismo, en este mes de mayo de 2019, de la cantidad que corresponda para dar plena virtualidad, mediante un único pago, al efecto retroactivo de 1 de enero de 2019, contemplado en el acuerdo de la Comisión Paritaria descrito".
Las Defensorías de la Universidades Públicas de Castilla y León (Burgos, León, Salamanca y Valladolid) acudieron al Procurador del Común, al objeto de obtener resolución dirigida a poner fin a la situación
de discriminación alegada, en materia de complementos retributivos de docencia e investigación (Quinquenios y Sexenios).
Con fecha 27/05/2019 la representación de la UGT de Castilla y León, presentó ante el SERLA solicitud de INICIACION DEL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACION-MEDIACION EN CONFLICTO COLECTIVO, frente a las Universidades de SALAMANCA, VALLADOLID, LEON y BURGOS, para declaración y reconocimiento del derecho a la retribución total de los Complementos Personales por Méritos Individuales, quinquenios y sexenios reconocidos a las categorías de Profesor Contratado Doctor Básico, Profesor Contratado Doctor Permanente, Profesor Contratado Doctor Senior, Profesor Colaborador; celebrado el acto 13 de junio de 2019, con el resultado "DESAVENENCIA" (doc. 17); no se procedió a interponer demanda, por considerar la asesoría jurídica que no iba a prosperar (testifical de D. Jose Daniel ).
El trabajador presentó reclamación administrativa previa, ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid con fecha 3 de junio de 2019, no consta resolución por la demandada.
Constituida la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo del PDI contratado en Régimen Laboral de las UNIVERSIDADES DE CASTILLA Y LEON, se han fijado los períodos de abono correspondientes al 2º, 3º y 4º (quinquenios y sexenios). Consta Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, de 15 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el calendario de pagos acordado por el Comité Intercentros del PDI y la Universidad de Valladolid, en reunión de la Comisión Negociadora el 27 de Noviembre de 2020, en el marco de la negociación del III Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León:
1) Se abonará, en el mes de diciembre de 2020, el segundo tramo reconocido del Complemento específico por méritos docentes (Quinquenios) y segundo tramo reconocido del Complemento de productividad por actividad investigadora (Sexenios) con fecha de efectos de 1 de enero de 2020.complementos
2) Se abonará, el tercer tramo reconocido del Complemento específico por méritos docentes (Quinquenios) y segundo tramo reconocido del Complemento de productividad por actividad investigadora (Sexenios) con fecha de efectos de 1 de enero de 2021 con fecha límite de pago 28 de febrero de 2021.
3) Se abonará, el cuarto tramo reconocido del Complemento específico por méritos docentes (Quinquenios) y segundo tramo reconocido del...
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