STSJ Comunidad de Madrid 937/2021, 3 de Noviembre de 2021
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 937/2021 |
Fecha | 03 Noviembre 2021 |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social
Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 2 - 28010
Teléfono: 914931969
Fax: 914931957
34001360
NIG : 28.079.00.4-2019/0059823
Procedimiento Recurso de Suplicación 720/2021
M
ORIGEN:
Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid Despidos / Ceses en general 1281/2019
Materia : Despido
Sentencia número: 937/2021
Ilmos/a. Srs./a.
DON FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN
DOÑA M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN
DON RAFAEL ANTONIO LÓPEZ PARADA
En Madrid, a 3 de noviembre de 2021, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Segunda de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos/a. Sres/a. citados/a, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación número /2021 formalizado por el letrado DON FERNANDO PÉREZ-ESPINOSA SÁNCHEZ, en nombre y representación de EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA, S.L.U., EVERIS INITIATIVES, S.L. y EVERIS SPAIN, S.L., contra la sentencia número 118/2021 de fecha 26 de marzo, dictada por el Juzgado de lo Social nº 13 de los de Madrid, en sus autos número 1281/2019, seguidos a instancia de DON Adriano
frente a las recurrentes, en reclamación por despido, siendo magistrada-ponente la Ilma. Sra. Dña. M. Virginia García Alarcón y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:
"PRIMERO. - El demandante, D. Adriano, ha venido prestando servicios para las empresas demandadas, con antigüedad reconocida de 01.12.1996, con la categoría profesional de Partner, percibiendo un salario bruto anual de 714.135,32 euros incluida las pagas extraordinarias (salario diario: 1.956,54 euros).
(hechos no controvertidos).
Las empresas demandadas EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA, S.L.U., EVERIS INITIATIVES, S.L.U. y EVERIS SPAIN, S.L.U. forman un grupo mercantil de empresas.
EVERIS SPAIN, S.L.U. es propietaria del 100% de las participaciones de la sociedad EVERIS INITIATIVES, S.L.U. A su vez, EVERIS INITIATIVES, S.L.U. es propietaria del 100% de las participaciones de la sociedad EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA, S.L.U.
Conforme al Informe de Vida laboral el actor estuvo prestando servicios para las siguientes empresas en los siguientes periodos:
- Del 01.04.2000 al 31.03.2009 en la empresa EVERIS SPAIN, S.L.U.
- Del 01.04.2009 al 30.04.2010 en la empresa EVERIS CENTERS, S.L.U.
- Del 01.05.2010 al 31.03.2011 en la empresa EVERIS INITIATIVES, S.L.U.
- Del 01.04.2011 al 30.09.2019 en la empresa EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA, S.L.U.
(Documento nº 8 de la parte actora, correspondiente con el nº 3 de la parte demandada).
La vinculación con las distintas empresas del grupo se instrumentalizó de la siguiente manera:
-
) La empresa comunicó al actor por carta de fecha 31.03.2009 que a partir del próximo día 01.04.2009 pasaba a formar parte de la plantilla de EVERIS CENTERS, S.L. "(...) a fin de establecer la debida concordancia entre tu empleador formal (everis Spain, S.L.) y tu empleador de hecho (everis centers, S.L.) dentro del grupo everis (...)" y que dicha modificación no supone ningún cambio en sus condiciones laborales (remuneración, antigüedad, beneficios sociales, etc.) (Documento nº 4 de la parte demandada).
-
) En igual sentido, la empresa comunicó al actor por carta de fecha 01.05.2010 que a partir de ese mismo pasaba a formar parte de la plantilla de EVERIS INITIATIVES, S.L. "(...) a fin de establecer la debida concordancia entre tu empleador formal (Everis Centers, S.L.) y tu empleador de hecho (Everis Initiatives, S.L.) dentro del grupo everis (...)" y que dicha modificación no supone ningún cambio en sus condiciones laborales (remuneración, antigüedad, beneficios sociales, etc.) (Documento nº 5 de la parte demandada).
-
) Mediante un contrato de adscripción a la Iniciativa a Business denominada Aeroespacial y Defensa, instrumentalizada mediante la sociedad filial empresa EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA, S.L.U. (Documento nº 6 y 7 de la parte demandada).
El 12.07.2010 el actor fue designado representante persona física de EVERIS INITIATIVES, S.L.U. Administrador Único de EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA, S.L.U. Dicha acuerdo fue elevado a público mediante escritura pública de 16.07.2010 (Documento nº 30 del ramo de prueba de la parte demandada).
Con fecha 27.02.2015 el Administrador Único de EVERIS INITIATIVES, S.L.U. confirió poderes generares, tan amplios como en Derecho proceda, a favor de D. Adriano en los términos que se reflejan en el documento nº 31 del ramo de prueba de dicha parte demandada, disponiendo de facultades de representación y contratación, conforme se especifican en los folios 1061 a 1064 de los autos, que se dan aquí por reproducidos.
El actor también ostentaba la representación de la empresa EVERIS SPAIN, S.L.U. (Documento nº 32 y 33 del ramo de prueba de la parte demandada).
El Sr. Adriano ha desempeñado las funciones propias de su cargo, tal y como así consta en los documentos 34 a 43 del ramo de prueba de la parte demandada.
Se da por reproducido el "ACTA DE LA COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES DE LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACION DE EVERIS PARTICIPACIONES, S.L.U. y EVERIS SPAIN, S.L.U." celebrada el día 20.11.2018. Concretamente, en el punto 2 del orden del día se trata el asunto de la propuesta del reemplazo del actor y desvinculación, y la propuesta de designar como nuevo CEO de Everis Initiatives, al Sr. Abelardo .
(Documento nº 12 de la parte demandada).
Con fecha 04.12.2018 se firma un acuerdo entre el actor y la empresa EVERIS INITIATIVES, S.L.U. y EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA, S.L.U. por medio del cual se reconoce al Sr. Adriano un permiso de seis meses de duración. En la cláusula 2ª del mismo se recoge lo siguiente:
"El reconocimiento de dicho permiso tiene como finalidad permitir que el Empleado pueda desarrollar a tiempo completo un Plan de desarrollo profesional y formación que le habilite para poder desempeñar nuevas actividades.
Ello implica que la ejecución de dicho plan resulta incompatible con el desempeño de las funciones propias de su actual posición como CEO de Everis Initiatives, S.L.U. Esto determina y justifica su cese inmediato en dicha posición funcional.
En consecuencia, se derogan las atribuciones y facultades que ostentaba para este puesto directivo, y se revocan los poderes de representación otorgados, acordándose también el remplazo en las posiciones como representante o administrador en las Sociedades filiales y participadas en las que tenía capacidad de dirección y gestión o representación en los intereses del Grupo Everis (...)".
(Documento nº 8 de la parte demandada).
Se da por reproducido el documento de "ADOPCION DE ACUERDOS POR CARTA CIRCULAR SIN REUNION DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE "EVERIS SPAIN, S.L.U."; CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA URGENTE", de 10.12.2018, obrante como documento nº 3 de la parte actora y nº 13 de la parte demandada.
El Consejo de Administración de EVERIS SPAIN, S.L.U. celebrado el 11.12.2018 adoptó, entre otros, el acuerdo por unanimidad de revocar y dejar sin efecto los poderes otorgados a favor del actor. Dicho acuerdo fue elevado a público por escritura pública de fecha 20.12.2018 (documento nº 44 del ramo de prueba de la parte demandada).
En virtud de las decisiones del Socio Único de la sociedad EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA, S.L.U. adoptadas el 13.12.2018 se decide cesar al Administrador Único, EVERIS INITIATIVES, S.L.U., representado por
D. Adriano, y se nombran como Administradores Mancomunados a la sociedad EVERIS INITIATIVES, S.L.U., representada por D. Damaso, y a la sociedad EVERIS SPAIN, S.L.U., representada por D. Abelardo . Dicho acuerdo fue elevado a público por escritura pública de 20.12.2018 (documento nº 45 del ramo de prueba de la parte demandada).
Con fecha 15.02.2019 se revocan y quedan sin efecto los poderes otorgados a favor del actor respecto de la sociedad EVERIS INITIATIVES, S.L. Dicho acuerdo fue elevado a público por escritura pública otorgada el
28.02.2019 (documento nº 46 del ramo de prueba de la parte demandada).
De igual modo se procede con respecto a las empresas FIT INVERSIÓN EN TALENTO, S.A.U., EVERIS INGENIERIA, S.L.U., EVERIS SISTEMAS DE SEGURIDAD, S.L.U. y EVERPROSS, S.L.U. (documentos nº 47 a 50 del ramo de prueba de la parte demandada).
PRIMERO. - Con fecha 26.04.2019 la empresa remitió burofax al trabajador con referencia "Acuerdo permiso remunerado de fecha 4 de diciembre de 2018", en el que se le comunicaba lo siguiente
"En relación con el acuerdo de referencia, sirva la presente para confirmarle que conforme a la duración de seis meses estipulada en su cláusula primera, su fecha de finalización será el próximo día 4 de junio de 2019".
(Documento nº 9.A. del ramo...
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ATS, 20 de Julio de 2022
...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 3 de noviembre de 2021, en el recurso de suplicación número 720/21, interpuesto por Everis Aeroespacial y Defensa SLU, Everis Initiatives SLU y Everis Spain SLU, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo ......