STSJ País Vasco 1131/2021, 6 de Julio de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1131/2021
Fecha06 Julio 2021

RECURSO N.º: Recurso de suplicación 1066/2021

NIG PV 48.04.4-20/009351

NIG CGPJ 48020.44.4-2020/0009351

SENTENCIA N.º: 1131/2021

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 6 de julio de 2021.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Ilmos./Ilmas. Sres./Sras. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en Funciones, Dª ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA y D. JUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Trinidad y AGENCIA MARITIMA CONDEMINAS BILBAO SL contra la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 11 de los de Bilbao de fecha 22 de febrero de 2021, dictada en proceso sobre DSP, y entablado por Trinidad frente a AGENCIA MARITIMA CONDEMINAS BILBAO SL .

Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

" Primero.- Dña. Trinidad viene prestando servicios para la entidad "Agencia Marítima Condeminas Bilbao

S. L." -fusionada el 1 de Julio de 2020 con las entidades "Cantabrian Integrated Logistic Services", "Agencia Condeminas Bilbao S. A." dando lugar a la entidad "Agencia Marítima Condeminas Bilbao S. A."-, que forma parte del Grupo BERGE -al igual que las otras con las que se fusionó y la nueva Sociedad que surgió de la fusión-, con antigüedad desde el 22 de Marzo de 1993, con la categoría profesional de "Jefe de Negociado" y un salario anual bruto de 68.51005 euros -18770 euros diarios-, incluyendo como salario en especie el uso de un vehículo de empresa, la plaza de parking que también utilizaba y un seguro de vida y accidentes con una cobertura de 162.50120 euros.

Segundo

Las relaciones entre la empresa y sus trabajadores se rigen por el Estatuto de los Trabajadores, el contrato de trabajo y por el Convenio Colectivo de Empresas Consignatarias de Buques, empresas estibadoras

y transitarias de Bizkaia en la medida en que sus cláusulas se hayan contractualizado pues dicho Convenio no está en vigor, apareciendo remisiones al mismo incluso en la liquidación que se hace a dicha trabajadora el 2 de Octubre de 2020.

Tercero

Por comunicación escrita de fecha 2 de Octubre de 2020, la empresa ahora demandada comunica a la trabajadora "su decisión de extinguir su contrato de trabajo debido a la concurrencia de causas objetivas de naturaleza productiva y organizativa, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.c) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de Octubre (...) con efectos del día de hoy, 2 de octubre de 2020.

Las causas y fundamentos de esta medida tienen naturaleza eminentemente productiva y organizativa, si bien tienen una evidente repercusión en la negativa situación económica por la que atraviesa la Empresa como consecuencia de las anteriores (...)

La Compañía representa y actúa por cuenta y en nombre de estas compañías, propietarias y operadoras de buques, tanto en la prestación de servicios al buque como en la gestión comercial de la contratación de cargas de exportación, gestionando a su vez las descargas de importación en diferentes puertos españoles (...)

En lo que afecta a la Compañía, la evolución de la actividad del sector en los últimos años viene ref‌lejando una disminución preocupante del volumen de actividad, así como una inestabilidad manif‌iesta (...)

En segundo lugar, los márgenes en la actividad se han visto reducidos de forma drástica y persistente en los últimos años (...)

En este sentido, en el siguiente cuadro se ref‌leja dicha reducción de márgenes acontecida entre 2017 y 2019 (....)

AÑO 2017 2019

MARGEN 15% 3%

PESO GASTOS PERSONAL SOBRE EL MARGEN 45% 50%

En tercer lugar, se pone de manif‌iesto la gran dif‌icultad en la captación de nuevos armadores a los que representar y con los que f‌irmar nuevos contratos de agencia (...)

En este sentido, las cifras de rendimiento de cada una de las tres sociedades que se integran en CONDEMINAS BILBAO (AGENCIA MARÍTIMA CONDEMINAS, S. A. -"AMCO"-, CANTABRIAN INTEGRATED LOGISTIC SERVICES,

S. A. -"CILS"- y CONDEMINAS BILBAO -"NOCO"-) (...) ref‌lejan una clara disminución en las cifras de actividad por armador de cada una de ellas (...):

SOCIEDAD AÑO 2017 AÑO 2018 AÑO 2019 AÑO 2020

TOT AMCO 386.397,25 602.991,84 788.683,83 200.379,09

TOT CILS 1.009.023,43 804.040,28 261.010,96 224.460,79

TOT NOCO 829.587,11 719.033,97 715.399,30 345.492,09

Como puede comprobarse, en el caso de CILS, sociedad de la que usted proviene, la disminución de la actividad por los armadores es especialmente notable, habiéndose reducido en un 7413% solo en el período entre 2017 y 2019, pasando de 1.009.023,43 € a 261.010,96 €, respectivamente.

(...) Con el objeto de hacer frente a la situación desfavorable por la que vienen atravesando la compañías AGENCIA MARÍTIMA CONDEMINAS BILBAO, S. L. (AMCO), AGENCIA MARÍTIMA CONDEMINAS S. A. ("CONDEMINAS BILBAO") y CANTABRIAN INTEGRATED LOGISTIC SERVICES, S. A. ("CILS") (...) el grupo BERGÉ (como grupo mercantil al que éstas pertenecen) decidió la reestructuración de la actividad de las tres sociedades el 1 de julio de 2020.

(...) Los anteriores datos ref‌lejan una disminución acumulada en la facturación del -6977% en el caso de AMCO durante el período 2017-2020, del -7742% en el caso de CILS y del -1237% en el caso de CONDEMINAS BILBAO (...)

Con motivo de lo anterior, el pasado día 1 de julio de 2020 se produjo la cesión total de activos y pasivos desde CILS y AMCO en favor de CONDEMINAS BILBAO (...)

Con motivo de dicha transmisión, toda la actividad productiva de CILS y AMCO fue traspasada a CONDEMINAS BILBAO, del mismo modo que la totalidad de sus respectivas plantillas. (...)

Con motivo de la transmisión de actividad de CILS y AMCO en favor de CONDEMINAS BILBAO, se han producido determinadas duplicidades de puestos y funciones (...)

Sentado lo anterior, una vez producida la reestructuración indicada en los párrafos anteriores, se ha pasado de tener una estructura con tres sociedades y tres directores (uno por cada una de ellas) a una estructura de una única sociedad que pasará a ser gestionada desde una dirección comercial y una dirección operativa.

(...) Ambas direcciones reportarán directamente al responsable de la Unidad de Negocio. De este modo, de la anterior estructura de tres directores, se pasa a una estructura con doble dirección, de manera que uno de los tres puestos preexistentes resulta redundante.

(...) En su caso particular, el cambio organizativo que fundamenta la extinción de su contrato de trabajo consiste en que su actual posición desaparecerá y las funciones que dicha posición tenía asignadas se repartirán entre (i) la nueva posición directiva denominada Dirección de Operaciones y (ii) la nueva posición de Dirección Comercial, unif‌icándose de este modo todos los armadores en una única Dirección Comercial, lo cual garantiza una mayor ef‌iciencia desde un punto de vista operativo y de costes, así como un mejor servicio al cliente.

En concreto, el actual Director Comercial, ubicado en Barcelona, se encargará de la supervisión de las actividades de la Empresa en el centro de trabajo ubicado en dicha localización, asumiendo la actividad de Líneas Regulares y ejerciendo funciones de gestión de la of‌icina de Barcelona en todo lo referente a gestión de suministros, relaciones con el propietario, seguridad en los accesos, coordinación de personal o mantenimiento de OEA (Operador Económico Autorizado) y certif‌icados de calidad, entre otros. Igualmente se encargará de gestionar la comercialización y captación de carga para los armadores a los que representa la Empresa, de la captación de nuevos armadores a los que representar en España y del mantenimiento de las relaciones con clientes tan relevantes para el negocio como la Shipping Corporation of India (SCI) o KLINE, actividades que ya ha venido desarrollando en los últimos años. Todo lo cual justif‌ica la continuidad de su puesto de trabajo.

Por su parte, la Dirección jerárquica del equipo de trabajo ubicado en Bilbao corresponderá a la Directora Operativa, en la medida en que la misma venía ya desarrollando las funciones de Dirección de CONDEMINAS BILBAO. Además, dicha Directora viene manteniendo una gestión efectiva de la Empresa, dado su conocimiento de los procesos presupuestarios, la estructura de costes, suministros, proveedores, gestión de clientes, sistemas informáticos, poderes, autorizaciones frente a la aduana y otros. Igualmente, tiene amplia experiencia y conocimiento en relación con la gestión del inmueble en el que opera CONDEMINAS BILBAO, que conlleva un sistema complejo de interrelaciones entre varias sociedades, inversiones, amortizaciones y pagos de alquileres.

Del mismo modo, los dos directores mencionados disponen de los conocimientos para la gestión del certif‌icado OEA, esencial para el desarrollo de la actividad de agente de Líneas Regulares en España, del cual CILS, sociedad de la que usted proviene, carecía (...)

Lo anterior pone de manif‌iesto la necesidad de prescindir de la posición que usted viene ocupando, con un importante ahorro de costes para la entidad. (...) Esta amortización permitirá a CONDEMINAS BILBAO un ahorro estimado de más de 100.000 euros anuales en costes laborales y asociados al puesto (...)

Con motivo de todo lo anterior, por medio de la presente comunicación le notif‌icamos la extinción de su relación laboral(...):

  1. Quedará extinguido su contrato de...

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