STSJ Andalucía 1096/2021, 13 de Mayo de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 13 Mayo 2021 |
Número de resolución | 1096/2021 |
13 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
CON SEDE EN GRANADA
SALA DE LO SOCIAL
RO
SENT. NÚM. 1.096/21
ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁ ILTMO. SR. D. BENITO RABOSO DEL AMOILTMA. SRA. Dª BEATRIZ PÉREZ HEREDIA MAGISTRADOS
En la ciudad de Granada, a trece de Mayo de dos mil veintiuno
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación núm. 220/21, interpuesto por D. Íñigo contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 DE JAÉN, en fecha 29/06/20, en Autos núm. 451/19, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado
D. FERNANDO OLIET PALÁ .
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Íñigo en reclamación sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, contra INSS Y TGSS y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 29/06/20, que contenía el siguiente fallo:
Desestimar la demanda promovida por D. Íñigo y absolver al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social de las pretensiones deducidas en su contra.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
"PRIMERO.- D. Íñigo, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000, vecino de Jaén, figura afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM001, como peón grupo cot 10.
Iniciadas actuaciones en materia de invalidez permanente, el informe de valoración médica es de fecha 24.1.19 y el dictamen propuesta del E.V.I. es de 28.1.19.
Por resolución del I.N.S.S. de 31.1.19 le fue denegada a la actora la prestación de incapacidad permanente por no ser las lesiones que padece susceptibles de determinación objetiva o previsiblemente definitivas, debiendo continuar bajo tratamiento médico en la situación jurídica que corresponda.
Disconforme con dicha resolución la actora interpuso reclamación previa el 20.02.19. Por resolución del I.N.S.S. de 11.04.19 fue desestimada la reclamación previa.
Se ha agotado la vía administrativa previa.
Para el caso de ser estimada la demanda la base reguladora a efectos de incapacidad permanente, derivada de enfermedad común, correspondiente a la actora es de 129,75 Euros/mes, la fecha de efectos es
25.1.19 o el día siguiente a la fecha de cese en el trabajo.
La parte actora se encuentra aquejada de las siguientes dolencias y secuelas: ANTECEDENTES. Litiasis renal desde larga data. Fumador. Dislipemia, pinzamiento lumbo sacro. Sacroileitis izda en RMN 2016 Espondilosis, discoartrosis, L4-L5, L5-S1 con EMG 2016 afectación crónica raíces L4-L5. S1 en L5 grado moderado y progresivo y leve en resto. Episodios paroxísticos no epilécticos (pseudocrisis) en 2.016. aporta grado discapacidad EVO 42%. AFECTACIÓN ACTUAL Acude a instancias de parte a valoración IP no está en baja laboral ni trabajando. Acude en silla ruedas por dolor importante y camina muy poco, refiere dificultad en micción pero no se le escapa orina. COMPROBACIONES OBJETIVAS. ESTADO GENERAL Aceptable. MARCHA Acude silla ruedas. ESTADO NUTRICIÓN Normal.
EXPLORACIONES POR APARATOS. OIDO Oye frecuencias conversacionales. VISTA Portador lentes graduadas OLFATO Y GUSTO No manifiesta.
APARATO LOCOMOTOR
DG Lumbalgia a estudio e irradiación caderas con RMN y RXS dinámicas en inf neurocirugía dic-17 espondiloartrosis lumbar desde L4 a S1 y RXS dinámicas no se aprecian desplazamientos anómalos. No indicación quca en RMN ene-18 ángulo lordosis 49º y angulación lumbosacra 35º protrusión posterior L4-L5 en L2-L3-L4 abombamiento discal difuso en L5-S1 protrusión discal sin aparente compromiso radicular en cita neurocirugía jun-18 exploración dolor muy intenso a movilización caderas donde la RMN no justifica el cuadro. En inf COT SAS unidad cadera 4-12-18 RMN cadera artrosis acetabular dcha se le infiltra ac hialurónico. Fue valorado por reumatología con DG artritis psoriásica. Valorado por neurocirugía SAS 14-1-19 donde vuelve a realizar petición de RMN DG lumbalgia a estudio artritis psoriásica visto u dolor febrero 2018 exploración camina con auda andador. Gran limitación funcional psoriasis. Tto dolor intenso con incontinencia esfínteres. Sí retención urinaria. No es candidato tto por nuestra parte por estar en tto con morfina y no ser candidato a técnicas locales, ni locoregionales. Es derivado para descartar alguna afectación en contexto de enfermedades raras o neuromusculares. APARATO GENITOURINARIO.
INF urología SAS 26-9-17 EXPL discreta estenosis meato uretral vientre globuloso dudoso globo. Flujo con imposibilidad micción espontánea. Residuo por cateter inapreciable. 26-9-17 urología. SISTEMA NERVIOSO.
Ingresado neurología SAS síntomas dolor lumbar irradiado a caderas y alteración de marcha ejun17 tras pruebas realizadas y vistas en ingreso 2016 DG t psicógeno de marcha con movimientos de las 4 extremidades. Fue valorado por neurocirugía tras RMN columna y RXS lumbares 15-12-18 DG lumbalgia a estudio no indiación quca por el momento la discopatía lumbar. RMN craneal no alteraciones EEG durante el cual tuvo episodios paroxísticos (pseudocrisis) desde nov tiene estas crisis en exploración t psicógeno de la marcha con movimientos de las 4 EEII. DMO T SCORE fémur -2,5 en año 2016 EMG 1-12-16 signos de afectación crónica de grado medio y progresiva L5 izdo. Aporta 12-7-18 silla ruedas Dr. Raimundo .
AFECCIONES PSÍQUICAS.
Informes ESMD SAS 2-4-18 remitido a estúdio EMSD por neurologia SAS tras ingreso neurologia DG t psicógeno de la marcha con movimientos de las 4 EEII. Exploración C y O abordable. Dificultad para orientarse temporalmente (desde que su padre llega a casa empeoraron síntomas dolores de cabeza, espasmos crisis le tiembla todo el cuerpo mordedura de lengua. Al día siguiente no recuerda nada.
Están comenzando inflamación en las manos evolución la sintomatología se ha mostrado fluctuante. En última consulta 22-11-17 hipotemia reactiva a problema con familia de segundo grado, ansiedad flotante, esporádicamente dificultad para respirar y tensión muscular. Insomnio de mantenimiento. No ha vuelto a tener crisis de tipo epiléptico ni temblores. DG en estudio t disociativo vs t mixto ansioso depresivo. Tto la psiquiatra mantiene fluoxetina 20, pregabalina 75, diazepam 5 amitriptilina 25.
OTROS APARATOS Y SISTEMAS.
Valorado por m interna SAS marzo 2018 que tras ver historia clínica pruebas realizadas en expl C y O acude con andador no edemas y tras pruebas realizadas DG dolor lumbar crónico y caderas crónico descartándose enfermedad sistémica.
DG secundario policopneia no precisa revisión m interna.
OTRAS EXPLORACIONES
Orientado y consciente, abordable no alteración curso y contenido pensamiento ansiedad flotante labilidad emocional. ROTS no se pueden tomar (comienza con movimientos reiterativos en ambas piernas dolor trocánteres más izdo que dcho temblor de vez en cuando en ambas piernas sin tocar dolor en c lumbar manifiesta irradiación a las dos piernas hasta los dedos MMSS en rangos. Manos conservan función. Placas psoriasis palmas manos, rodillas, pies, cabeza (se le pone en pie en consulta y con MMII casi no puede caminar. 19-12-18 EVI.
CONCLUSIONES.
DEFICIENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS. Protrusiones discales posteriores L4-L5 L5-S1. Afectación moderada de L5 (EMG2016) crónica. Osteoporosis fémur.
Artrosis acetabular cadera dcha espondiloartrosis psoriásica. Alteración en la marcha con movimientos de las 4 extremidades sin afectación sistémica. T disociativo vs t mixto ansioso depresivo en estudio.
TTO EFECTUADO, CENTRO ASISTENCIA AL ENFERMO
Morfina acoxel diazepam, amitriptilina tramadol deketoprofeno fluoxetina 20 pregabalina 75 diazepam 10mgrs día.
EVOLUCIÓN Crónica
POSIBILIDADES TERAPÉUTICAS Y REHABILITADORAS.
AP neurología ap locomotor ap reumatología. Ap m interna ap salud mental, urología.
LIMITACIONES ORGÁNICAS Y FUNCIONALES.
AP neurología ap locomotor ap reumatología. Ap m interna ap salud mental, urología.
CONCLUSIONES. Paciente con los DG descritos y exploraciones realizadas y con tratamientos (morfina etc.) a valorar por EVI. (paciente refiere ser albañil desde siempre y último peón agrícola)."
Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por D. Íñigo, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente para su examen y resolución.
Se alza en suplicación el demandante D. Íñigo, nacido en NUM002 de 1979, en reclamación de las prestaciones de incapacidad permanente absoluta y subsidiariamente de total para su ultima profesión de peón agrícola -albañil en el Régimen General, que le fueron denegadas en la sentencia de instancia, habiendo sido el recurso impugnado de contrario. Dedica el primer motivo a la revisión de los hechos probados, solicitando en concreto que al hecho probado séptimo se le de la siguiente redacción alternativa: "El actor se encuentra aquejado de las siguientes secuelas: Protusion discal L5-S1. Sacroielitis izquierda. Litiasis renal. Pinzamiento discal lumbosacro. Espondiloatrosis psoriasica. Osteopenia. Fractura marginal reborde acetabular. Trastorno psicogeno de la marcha. Depresion.Ansiedad.Trastorno disociativo versus trastorno mixto ansioso depresivo. El paciente necesita silla de rueda para bipedestacion y deambular y tiene que estar sometido a tratamiento con morfina 60 mg 1 comprimido cada 12 horas. El trabajador tiene reconocido un grado de discapacidad severa, grado II, y habiendo prestado su última jornada real de trabajo...
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