STSJ Castilla y León 242/2021, 26 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución242/2021
Fecha26 Mayo 2021

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL 1

BURGOS

SENTENCIA: 00242/2021

RECURSO DE SUPLICACION Num.: 219/2021

Ponente Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez

SALA DE LO SOCIAL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SENTENCIA Nº : 242/2021

Señores:

Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Presidente Accidental

Ilmo. Sr. D. Jesus Carlos Galan Parada

Magistrado

Ilmo. Sr. D. Ignacio de las Rivas Aramburu

Magistrado

En la ciudad de Burgos, a veintiséis de Mayo de dos mil veintiuno.

En el recurso de Suplicación número 219/2021 interpuesto por Dª. Luisa, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº 1 de BURGOS en autos número 831/2019 seguidos a instancia de la recurrente, contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEON, en reclamación sobre FIJEZA LABORAL . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS MARTINEZ TORAL que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que f‌iguran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 9 de Febrero de 2021 cuya parte dispositiva dice: DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por DOÑA Luisa contra el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN, absolviendo a la demandada de los pedimentos de la demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

DOÑA Luisa viene prestando servicios para la administración demandada de manera ininterrumpida desde el 10 de noviembre de 2003, mediante contrato de trabajo de duración determinada suscrito con la Consejería de Economía y Empleo de Castilla y León, como titulada de grado medio, para prestar sus servicios en la Of‌icina de Empleo de Villarcayo (Burgos).

SEGUNDO

Mediante la ley 10/2003 de 8 de abril, se crea el Servicio de Empleo de Castilla y León, como organismo encargado de las actividades de fomento del empleo, la formación para el empleo y la orientación e intermediación en el mercado de trabajo de la Comunidad de Castilla y León, cuyos f‌ines esenciales son: poner en conexión la oferta y la demanda de trabajo, facilitar el apoyo a los desempleados en su búsqueda de empleo, la gestión de programas para la inserción laboral de los desempleados, la formación ocupacional y en general, la realización de actividades orientadas a posibilitar la colocación de los trabajadores que demandan empleo.

TERCERO

El 18 de julio de 2003 la Consejería de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León realizó una oferta de empleo, para proceder a la contratación de personal laboral temporal, bajo la modalidad de obra o servicio, de 83 titulados medios (grupo II) y 20 auxiliares(grupo V), de acuerdo con el artículo 2 del Real decreto 2720/1998, de 18 de noviembre por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratación de duración determinada, de las que 5 plazas que titulados grado medio y 2 de auxiliares administrativos, estarían reservadas para el turno de personas con una minusvalía igual o superior al 33%.

En la oferta de empleo se especif‌icaba la titulación académica exigida era de titulados de grado medio o asimilados para la categoría de titulados de grado medio (grupo II), y de graduado escolar, FP o equivalente, para la categoría de auxiliares administrativos (grupo V). También se indicaba la documentación aportada junto con la solicitud, entre ella el curriculum vitae, y el proceso de selección se llevaría a cabo en Valladolid los días y lugares que debidamente se harían públicos a través de las of‌icinas de información y de las of‌icinas de empleo.

CUARTO

La lista def‌initiva de aspirantes admitidos al proceso de selección, incluía un total de 1.523 personas, y la de excluidos un total de 95. La lista de admitidos al proceso de selección para titulados de grado medio incluía un total de 2014 personas.

QUINTO

En las pruebas selectivas para la contratación de los auxiliares administrativos y titulados medios se sometió los aspirantes a un cuestionario con una hoja de examen que se celebró el día 21 de setiembre de 2003, con un total de 60 preguntas tipo test, que obra aportado en autos cuyo contenido se da por reproducido en su totalidad.

Asimismo los aspirantes debían aportar su curriculum vitae, valorándose los méritos expuestos en el curriculum según los criterios que determine la comisión de valoración, valorándose la titulación académica y la experiencia profesional con arreglo a las normas y criterios señalados en el anexo III del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos autónomos dependientes de ésta.

SEXTO

Por acuerdo de fecha 15 de octubre de 2003, de la Comisión de Selección, se aprobaron las listas def‌initivas de aspirante seleccionados con propuesta de contratación para las categorías de titulados de grado medio y auxiliares administrativos, las de candidatos de reserva de ambas categorías, y se acordó se inmediata exposición al público. El día 23 de octubre de 2003 se procedió la asignación de destinos elegidos por el personal seleccionado con propuesta de contratación, f‌igurando la demandante entre los seleccionados para la ejecución del proyecto de inversión "Puesta en marcha el establecimiento de mecanismos para la modernización del Servicio Público de Empleo" de la Consejería de Economía y Empleo.

SÉPTIMO

El 10 de noviembre de 2003 la actora fue contratada por la Consejería de economía y empleo de la junta de Castilla y León en virtud de contrato de trabajo para obra o servicio determinado a tiempo completo con el objeto: "modernización de los servicios públicos de empleo", hasta la f‌inalización de la obra o servicio objeto del mismo quedando el contrato extinguido al terminar el citado servicio y en todo caso el 15 de diciembre de 2004.

Con fecha 1 de enero de 2004, el organismo autónomo del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECYL) pasó a ser empleador subrogándose en dicha condición, lo que se comunicó a la demandante por escrito.

OCTAVO

El 11 de junio de 2012 el servicio público de empleo de Castilla y León entregó a la actora comunicación de f‌in de contrato con efectos de 30 de junio 2012 abonándole la indemnización por f‌in de contrato en un importe de 4.907,99 €. El despido fue impugnado ante la Jurisdicción Social, dictando el Juzgado de lo social número tres de Burgos, en fecha día de diciembre de 2012, sentencia por la que estimaba la demanda declarando la nulidad del despido, condenando la entidad demandada a la inmediata readmisión

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