STSJ Comunidad de Madrid 159/2021, 19 de Febrero de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución159/2021
Fecha19 Febrero 2021

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34002650

NIG : 28.079.00.4-2019/0041346

Procedimiento Recurso de Suplicación 815/2020

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 22 de Madrid Despidos / Ceses en general 868/2019

Materia : Despido

Sentencia número: 159 /2021

D

Ilmos/as. Sres/as.

D./Dña. JUAN MIGUEL TORRES ANDRES

D./Dña. MARIA DEL ROSARIO GARCIA ALVAREZ

D./Dña. IGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER

En la Villa de Madrid, a diecinueve de febrero de dos mil veintiuno, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 815/2020, interpuesto por BURGER KING SPAIN S.L.U., contra la sentencia nº 152/2020, de fecha 29/06/2020, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 22 de los de MADRID, en sus autos núm. 868/2019, seguidos a instancia de D. Alexander frente a la citada parte recurrente y D. Amadeo, sobre DESPIDO, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron def‌initivamente conf‌iguradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- DON Alexander ha venido prestado sus servicios como trabajadora por cuenta y orden de la empleadora BURGER KING SPAIN SL, con las siguientes circunstancias laborales (no controvertido):

- Antigüedad: 23 de enero de 1998, subrogándose la entidad demandada el 16 de marzo del año 2015 (al folio 136).

- Categoría profesional: Gerente de Zona.

- Modalidad y duración del contrato: indef‌inido

- Jornada: a tiempo completo

- SEGUNDO.- El demandante ha venido percibiendo en nómina un salario bruto mensual de 2089,46 euros, con prorrata de pagas extraordinarias; habiendo asimismo percibido en nómina de marzo de 2019 en concepto de incentivos la cantidad de 3895,63 euros y la suma de 626,12 euros en concepto de festivos.

Ello asciende a un total de 29.595,27 euros brutos, obrando en autos nóminas de junio de 2018 a mayo de 2019 a los folios 50 a 61 de las actuaciones, que se dan por reproducidas).

TERCERO

El demandante ha percibido los siguientes importes en concepto de "Desgaste de vehículo" (doc. al folio 72).

Junio 2018: 180 euros.

Julio 2018: 180 euros.

Agosto 2018: 180 euros.

Septiembre 2018: 180 euros.

Octubre 2018: 180 euros.

Noviembre 2018: 180 euros.

Diciembre 2018: 42,00 euros.

Enero 2019: 180 euros.

Febrero 2019: 180 euros.

Marzo 2019: 180 euros.

Abril 2019: 138 euros.

Mayo 2019: 180 euros.

CUARTO

Asimismo ha percibido los siguientes importes, en concepto de "liquidación de gastos por dietas", obrando en autos las liquidaciones mensuales a los folios 73 a 88, y folio 158 a 187 que se dan por reproducidas íntegramente.

Enero 2018: 731,50 euros.

Febrero 2018: 731,50 euros.

Marzo 2018: 731,50 euros.

Abril 2018: 731,50 euros.

Mayo 2018: 731,50 euros.

Junio 2018: 731,50 euros.

Julio 2018: 731,50 euros.

Agosto 2018: 731,50 euros.

Septiembre 2018: 731,50 euros.

Octubre 2018: 731,50 euros.

Noviembre 2018: 731,50 euros.

Diciembre 2018: 753,50 euros.

Enero 2019: 799,90 euros.

Febrero 2019: 799,90 euros.

Marzo 2019: 799,90 euros.

Abril 2019: 687,80 euros.

Mayo 2019: 798,00 euros.

Dichos importes se reclaman mensualmente por el trabajador demandante presentando la liquidación de gastos por dietas.

El 13 de diciembre de 2017 desde Administración Laboral se indicó al demandante que "teniendo en cuenta todo lo abonado durante el año en concepto de DIETAS para el mes de diciembre quedaría pendiente 402 euros" (doc. al folio 190).

Por el Departamento de Administración de Personal se indicó al demandante, mediante correo electrónico de 12 de diciembre de 2018, el importe por dietas que debía remitir ese mes, indicando "Comunicarte que para el mes de diciembre las dietas que debes remitirnos deben ser por importe de 753,50 euros, con este importe quedaría el año 2018 regularizado" (doc. al folio 188).

La Directora de Operaciones le remitió correo electrónico el 22 de diciembre de 2018, del siguiente tenor: " Alexander, he preguntado y no se puede hacer las dietas como lo hacías tú. A partir del 1 de Enero hazla en 11 meses, calculando si te vas de vacaciones, la parte proporcional cuanto toque" (doc. al folio 189).

En el año 2018 el demandante disfruto de periodo vacacional 7 días en abril, 14 días en julio y 9 días en octubre (doc. al folio 89). Y en el año 2019 disfrutó de 7 días de vacaciones (al folio 90).

QUINTO

DON Alexander realiza funciones y tareas de Gerente de Zona, en la Gerencia del Área Norte de Madrid, estando a cargo de los siguientes restaurantes Burger King: BK Diversia, BK Grand Prix, BK Las Tablas, BK Sanchinarro, BK Montecarmelo, y asimismo desde 2019 BK Torrejón Constitución y BK Los Peñotes, tratándose este últimos restaurante de una nueva apertura. Siendo su jefe directo y Gerente DON Amadeo (no controvertido).

SEXTO

Por escrito de 18 de junio de 2019 se comunicó al demandante la extinción de su contrato de trabajo por despido disciplinario, y fecha de efectos de 18 de junio de 2019. Obra en autos carta de despido a los folios 41 a 44 que se da íntegramente por reproducida, entre otros extremos:

"(...) Durante los cuatro años en los que ha venido usted ocupando el puesto de Gerente de Zona, se ha venido observando que el rendimiento no siempre ha sido el que la Compañía esperaba obtener de un trabajador nombrado, para ocupar un puesto de libre designación y conf‌ianza como el que usted desempeña.

Si bien los resultados de los diferentes restaurantes que usted gestiona se habían venido manteniendo apenas dentro de la media (en cuanto al cumplimiento de los objetivos de ventas y EBITDA), frente al resto de Zonas que integran el Área de Madrid Norte a la que usted pertenece, la realidad, es que esto ya no se produce.

5) No obstante, referido a lo anterior, con el cierre del ejercicio 2018 se pudo comprobar que los resultados obtenidos por usted en los dos parámetros mencionados en el apartado anterior (ventas y EBITDA) distaban mucho de los obtenidos por el resto de los Gerentes de Zona del Área de Madrid Norte, situándose a la cola de los mismos en ambos parámetros.

6) En este sentido, los datos relativos al año 2018 son los siguientes:

En su zona de gestión y responsabilidad se sitúa con una desviación negativa y por debajo de presupuesto de -306.315 euros en ventas y de -216.447 en EBITDA

(...)

7) Sin perjuicio de lo anterior, desde la Dirección de la Compañía, atendiendo a la antigüedad acumulada en la misma, en global, y en el puesto de Gerente de Zona, en particular, se decidió mantenerle en el indicado puesto,

en la conf‌ianza de que los resultados del ejercicio 2018 se recondujesen en este año 2019 y se situasen en una banda similar a la del reto de Gerentes de Zona.

8) Pese al voto de conf‌ianza otorgado, durante los primeros cinco meses de este ejercicio se ha comprobado que si los resultados del ejercicio 2018 ya eran negativos y por debajo de los objetivos f‌ijados, los acumulados a 31 de mayo de 2019 han empeorado ostensiblemente, situándose con el peor resultado de todos los Gerentes de Zona del Área de referencia, con las desviación que a continuación se indican:

(...)

Se puede observar claramente que sus resultados con respecto al resto de Gerentes de Zona que integran el Área están muy por debajo de lo esperado y en comparación con los resultados del resto de miembros.

En concreto Ud. encabeza los peores resultados de su área, con una desviación en las Ventas Acumuladas para el periodo de Enero a Mayo de 2019 de -363.128 euros en ventas y -206.764 euros en EBITDA, y teniendo los peores resultados del Área y con respecto al resto de sus compañeros con el mismo cargo y responsabilidad en otras zonas.

(...)

9) Es decir, los resultados de ventas y EBITDA acumulados a 31 de mayo de 2019 se sitúan ya por encima de los resultados negativos obtenidos por los restaurantes incluidos en la Zona que usted gestiona durante todo el ejercicio 2018, en lo que respecta a la cifra de ventas y casi a la par (solo 10.000 euros lo diferencia) en lo que respecta al EBITDA, lo que permite asegurar, si ningún género de dudas, que los mismos no van a repuntar durante el resto del ejercicio, sino que se continuarán alegando de los presupuestos inicialmente f‌ijados.

10) Lamentablemente, los resultados obtenidos y ref‌lejados en los párrafos precedentes, no pueden sino calif‌icarse de una evidente falta de diligencia siendo susceptibles de ser tipif‌icados como una disminución voluntaria y continuada de su rendimiento unido a una f‌lagrante trasgresión...

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