STSJ Cantabria 662/2019, 7 de Octubre de 2019

PonenteELENA PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJCANT:2019:630
Número de Recurso657/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución662/2019
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2019
EmisorSala de lo Social

Recursos de Suplicación nº 0000657/

SENTENCIA nº 000662/2019

En Santander, a 7 de octubre del 2019.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López- Tamés Iglesias

MAGISTRADAS

Ilma. Sra. Dª María Jesús Fernández García

Ilma. Sra. Dª. Elena Pérez Pérez (Ponente)

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Luis María contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. seis de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Elena Pérez Pérez, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda de despido por D. Luis María, siendo demandado el Ayuntamiento de Camargo y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia, en fecha 23 de abril de 2019, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. .- El actor, D. Luis María, ha venido prestando sus servicios profesionales para la empresa demandada, el AYUNTAMIENTO DE CAMARGO, desde el 30 de julio de 2001, ostentando la categoría profesional de CaboConductor, y percibiendo un salario anual, con prorrata de pagas extraordinarias, de 23.025 €.

  2. .- A las relaciones laborales de la empresa demandada les resulta de aplicación el Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Camargo.

  3. .- Mediante of‌icio de fecha 9 de agosto de 2018, la empresa demandada comunicó al actor lo siguiente:

    " Encontrándose previsto para el próximo día 22 de agosto de 2018 la toma de posesión de los opositores que han superado la convocatoria efectuada por este Ayuntamiento para la cobertura de tres plazas de CabosConductores, cuyas bases fueron publicadas en el BOC nº 140 de fecha 20 de Julio de 2017, y considerando:

    a.- Que en virtud de Resolución de esta Alcaldía nº 2822/2016, de fecha 20/10/2016 fue nombrado Vd. CaboConductor de este

    Ayuntamiento, ocupando dicha plaza con el carácter de personal laboral indef‌inido, pero no f‌ijo en virtud de Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Santander de fecha 22 de Octubre de 2014 .

    b.- Que las plazas cubiertas en el concurso-oposición se corresponden con la desempeñada por Vd. por lo que en ejecución del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 27 de Junio de 2016, procede la extinción del vínculo al haberse cubierto las plazas mediante el procedimiento reglamentario. Por todo lo cual, le traslado:

    a.- Que en el plazo de quince días naturales, a contar desde la fecha de notif‌icación de este of‌icio, y al amparo de lo establecido en el artículo 49.1.c) del RD Leg 2/2015, de 23 de octubre, queda f‌inalizada la relación laboral que le une con el Ayuntamiento de Camargo, por los motivos anteriormente indicados, procediéndose por el Ayuntamiento a presentar la correspondiente baja en la Seguridad Social a los efectos oportunos.

    b.- Que al objeto del disfrute de las vacaciones pendientes deberá proceder al disfrute de las mismas a partir del día de notif‌icación de este of‌icio.

    c.- Que en aplicación del artículo 49.1.c) del RD Leg 2/2015 se encuentra a su disposición en la Intervención Municipal la correspondiente indemnización de 12 días de salario por año de servicio, a contar desde el 30/07/2001, en cantidad total de 204 días e importe de 13.090,17 € (trece mil noventa euros con diecisiete céntimos de euro)" .

    El actor fue dado de baja en la Seguridad Social el 26 de agosto de 2018.

  4. .- Con fecha de 22 de octubre de 2014, en los autos de Procedimiento de Of‌icio nº 301/2014, por el Juzgado de lo Social nº 2 de Santander se dictó Sentencia por la que se declaró la existencia de relación laboral por cuenta ajena entre el Ayuntamiento de Camargo y los miembros de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Camargo, entre los que se encontraba el actor.

    Con fecha de 30 de marzo de 2015 por la Sala de lo Social del TSJ de Cantabria se dictó Sentencia, que conf‌irmó la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Santander, y con fecha de 12 de abril de 2016, por el Tribunal Supremo se dictó Auto por el que se inadmitió el recurso de casación para la unif‌icación de doctrina formulado por el Ayuntamiento de Camargo contra la citada Sentencia del TSJ de Cantabria.

  5. .- El 16 de diciembre de 2015, el Ayuntamiento de Camargo acordó dar por concluida la relación entre el mismo y la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil, procediéndose al cierre de las instalaciones el 26 de enero de 2016, hasta julio de 2016.

  6. .- El Pleno Corporativo del Ayuntamiento de Camargo con fecha de 27 de junio de 2016, acordó la " Creación del Servicio de Extinción de Incendios por Gestión Directa, aprobación Relación de Puestos de Trabajo y Valoración ", así como la " Ejecución de Sentencia Juzgado de lo Social nº 2 de 22/10/14 .- Bomberos voluntarios ".

    Con fecha de 20 de julio de 2016, la Alcaldía del Ayuntamiento de Camargo dictó Resolución nº 2068/2016, en la que se requería al actor para que se incorporase en su puesto de trabajo de Bombero-conductor.

    Con fecha de 1 de agosto de 2016, por el actor se presentó escrito ante el Ayuntamiento de Camargo, tomando posesión del puesto de trabajo de Bombero- Conductor, y manifestando su disconformidad con el puesto de trabajo asignado y con las funciones a desempeñar.

    La reclamación del actor dio lugar a los autos nº 494/2016 de este Juzgado, de Modif‌icación Sustancial de Condiciones de Trabajo, habiéndose dictado Sentencia con fecha de 7 de octubre de 2016, que estima la demanda formulada por D. Luis María .

    Asimismo, con fecha de 11 de noviembre de 2016, en los autos de este Juzgado nº 525/2016, y acumulados al mismo, los autos nº 553/2016, sobre despido, se dictó Sentencia por la que se desestimó las demandas de despido del actor respecto de la Resolución del Ayuntamiento de Camargo, de fecha 29 de julio de 2016.

    Estas resoluciones constan en las actuaciones y se dan por reproducidas, así como las siguientes:

    1. - Con fecha de 24 de julio de 2017, en los autos de Modif‌icación Sustancial de Condiciones de Trabajo nº 189/2017 del Juzgado de lo Social nº 4 de Santander, se dictó Sentencia por la que se desestimó la demanda del actor frente al Ayuntamiento de Camargo, respecto del calendario laboral de 2017, aprobado mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 3 de marzo de 2017, comprensivo de una jornada de 07:45 a 23:45 horas

      de trabajo efectivo, con descanso en los días siguientes y con un total de 1.642 horas anuales para bomberosconductores y cabos conductores.

    2. - Con fecha de 21 de mayo de 2018, en los autos de Procedimiento Ordinario nº 35/2019 del Juzgado de lo Social nº 3 de Santander se dictó Sentencia por la que desestimó la demanda formulada por el actor contra el Ayuntamiento de Camargo, en reclamación de la cantidad de 14.077,15 €, correspondientes a horas festivas, nocturnas y festivas-nocturnas, en el periodo comprendido entre noviembre de 2016 a diciembre de 2017. Dicha resolución fue conf‌irmada por la Sentencia del TSJ de Cantabria, de fecha 10 de octubre de 2018 (nº recurso de suplicación 509/2018).

    3. - Con fecha de 18 de octubre de 2018, en los autos de Procedimiento Ordinario (reclamación de cantidad) nº 2/2017 del Juzgado de lo Social nº 5 de Santander se dictó Sentencia por la que estimó parcialmente la demanda formulada por el actor contra el Ayuntamiento de Camargo, condenando al mismo al abono de la cantidad de 15.732,92 € brutos, correspondientes al periodo del 1 de junio de 2015 al 26 de enero de 2016.

    4. - Con fecha de 9 de mayo de 2018, en los autos de Procedimiento Abreviado nº 36/2017, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Santander, se dictó Sentencia de fecha 9 de mayo de 2018, que desestimó la demanda presentada por el actor, junto con D. Anselmo y D. Arturo, en solicitud de nulidad del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Camargo, de 10 de noviembre de 2016, por el que se modif‌icó la relación de puestos de trabajo del Servicio de Extinción de Incendios.

      En la Valoración de los Puestos de Trabajo del Servicio se hizo constar 3 plazas de Cabo-Conductor.

  7. .- En el BOC de fecha 29 de noviembre de 2016, se publicó el Acuerdo de la Junta de Gobierno porque se aprueba la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2016, con el siguiente contenido:

    " La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 16 de noviembre de 2016, acordó la aprobación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Camargo, correspondiente al ejercicio 2016, quedando la misma f‌ijada con el siguiente detalle:

    PERSONAL FUNCIONARIO

    ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL- SUBESCALA BOMBEROS

    SUBGRUPO A2. CUERPO DE BOMBEROS

    - Plaza: Subof‌icial S.E.I.C. Número de plazas: 1. Concurso-oposición libre.

    SUBGURPO C2. CUERPO DE BOMBEROS

    - Plaza Cabos-Conductores. Número de plazas: 3. Concurso-oposición libre.

    - Plaza Bombero-Conductor: Número de plazas: 12. Concurso-oposición libre.

    ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL- SUBESCALA

    ADMINISTRATIVOS

    - Plaza: Administrativo. Número de plazas: 1. Promoción interna.

    (*) Una de las plazas de Bombero-Conductor condicionada al cumplimiento del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 10/11/14 relativo a modif‌icación sustancial de condiciones de trabajo plaza Administrativo ".

    En el BOC de 18 de mayo de 2018 se publicó la aprobación de la modif‌icación de la Oferta de Empleo Público de 2016. Expediente RHU/156/2016,

  8. .- A instancia de D. Anselmo, D. Luis María, D. Arturo y D. Cristobal, se siguen los autos de Procedimiento Abreviado nº 27/2017 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Santander, contra el acuerdo del Ayuntamiento de Camargo de fecha 16...

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