SAP Barcelona 94/2021, 12 de Febrero de 2021
Ponente | ANTONIO GOMEZ CANAL |
ECLI | ES:APB:2021:692 |
Número de Recurso | 473/2019 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 94/2021 |
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2021 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
Sección nº 11 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Paseo Lluís Companys, 14-16, pl. 2a - Barcelona - C.P.: 08018
TEL.: 934866150
FAX: 934867109
EMAIL:aps11.barcelona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 0829842120178042119
Recurso de apelación 473/2019 -D
Materia: Juicio Ordinario
Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Vic Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario 409/2017
Entidad bancaria BANCO SANTANDER:
Para ingresos en caja. Concepto: 0657000012047319
Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. Beneficiario: Sección nº 11 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Concepto: 0657000012047319
Parte recurrente/Solicitante: Belinda
Procurador/a: Belen Garcia Martinez
Abogado/a:
Parte recurrida: Eliseo, IBERCAJA BANCO, S.A.
Procurador/a: Mª TERESA BOFIAS ALBERCH
Abogado/a:
SENTENCIA Nº 94/2021
Magistrados:
Doña María del Mar Alonso Martínez (Presidenta)
Doña Mireia Borguñó Ventura
Don Antonio Gómez Canal (Ponente)
En Barcelona, a 12 de febrero de 2021.
La Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Barcelona formada por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba identificados ha visto en grado de apelación los autos de JUICIO ORDINARIO 409/17 sobre resolución contractual y reclamación de cantidad seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de los de Vic por demanda de DSSV, S.A.R.L., representada por la Procuradora sra. Bofias y asistida por el Abogado sr. Montalvo, contra DOÑA Belinda, representada por la Procuradora sra. García y defendida por la Letrada sra. Viñeta, y contra DON Eliseo, incomparecido en la alzada, y que penden ante nosotros por virtud del recurso interpuesto por la interpelada comparecida contra la Sentencia dictada en dichas actuaciones en fecha 26 de febrero de 2.019 y pronuncia la presente resolución en base a los siguientes,
RESOLUCIÓN RECURRIDA.
En el juicio ordinario 409/17 tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Vic recayó Sentencia el día 26 de febrero de 2.019 cuya parte dispositiva establece textualmente lo siguiente: "ESTIMANDO la demanda formulada por IBERCAJA BANCO S.A.U contra DOÑA Belinda Y DON Eliseo : -DEBO DECLARAR Y DECLARO la pérdida de plazo de los demandados y el vencimiento anticipado del total de la obligación de pago establecida en el contrato de Préstamo Hipotecario convenido por las partes mediante escritura autoriza el día 17 de abril de 2007, por el Notario de Vic Don Antonio de Juan Ortiz, en fecha 7 de abril de 2007, bajo el número 1057 de su protocolo y novado mediante la escritura de novación autorizada por el mismo notario Don Antonio de Juan Ortiz el 17 de septiembre de 2010 con número de protocolo 1724.
-DEBO CONDENAR Y CONDENO a los prestatarios, al pago de la totalidad de las cantidades debidas a la actora por principal, que ascienden a 210.629,93 euros, con más los intereses remuneratorios pactados, devengados desde la indicada fecha hasta el completo pago de las cantidades adeudadas.
- DEBO DECLARAR Y DECLARO la nulidad, por su carácter abusivo, de la cláusula financiera 6ª y 6ª bis de la escritura de fecha 17 de abril de 2007, alusiva a los intereses de demora y vencimiento anticipado.
Se condena en costas a la parte demandada."
LAS PARTES EN EL RECURSO.
Contra dicha resolución DOÑA Belinda interpuso recurso de apelación al que se opuso la actora en el traslado conferido al efecto. A continuación las partes fueron emplazadas ante la Superioridad compareciendo en tiempo y forma las arriba reseñadas.
TRAMITACIÓN EN LA SALA.
Recibidos los autos en esta Sección proveemos sobre la sucesión procesal de la parte apelada (Auto de 11/6/20). Descartada la necesidad de celebración de vista, el día 10 de febrero de 2.021 tuvo lugar la sesión de deliberación, votación y fallo.
CUMPLIMIENTO DE LOS TRÁMITES.
En la tramitación de la segunda instancia jurisdiccional se han observado todas las prevenciones legales en vigor a excepción del plazo global de duración debido al cúmulo de asuntos que penden ante esta Sección. Expresa la decisión del Tribunal el magistrado don Antonio Gómez Canal, que actúa como ponente.
RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR DOÑA Belinda CONTRA LA SENTENCIA DE 26 DE FEBRERO DE 2.019 .
La codemandada sra. Belinda abre la segunda instancia jurisdiccional con la exclusiva finalidad de denunciar la infracción, por inaplicación, del art. 394.2 LECivil que a su juicio habría cometido el Juzgado al imponer las costas de primer grado a la parte interpelada obviando que la estimación de la demanda fue tan solo parcial. El motivo enunciado se estima, beneficiando esta decisión al codemandado sr. Eliseo por el efecto expansivo al deudor solidario de la apelación interpuesta por el otro ( SsTS 214/16 de 5/4 y 93/17 de 15/2 citadas por la STS 640/19 de 26/11).
De la lectura combinada del fundamento jurídico 3º -en el que se invoca el art. 394 LECivil sin precisión del apartado aplicable- y de la parte dispositiva de la Sentencia de primer grado se desprende que la imposición de costas a los interpelados se fundó en la aplicación estricta del principio del vencimiento objetivo recogido
en dicho precepto por considerar el Juzgado que a) la estimación de las pretensiones contenidas en el escrito de demanda formulado por IBERCAJA BANCO, S.A.U., hoy DSSV S.A.R.L., había sido íntegra y b) no concurrían serias dudas fácticas o jurídicas que justificaran separarse de la norma general.
Ahora bien, si comparamos el tenor literal de la súplica de la demanda rectora del proceso (folios 23/24) con la parte...
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