STSJ Castilla y León , 14 de Diciembre de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha14 Diciembre 2020

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01892/2020

C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID

Tfno: 983458462-463

Fax: 983.25.42.04

Correo electrónico:

NIG: 47186 44 4 2019 0003738

Equipo/usuario: MAH

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001729 /2020

Procedimiento origen: CCO CONFLICTOS COLECTIVOS 0000928 /2019

Sobre: CONFLICTO COLECTIVO

RECURRENTE/S D/ña CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO

ABOGADO/A: JAVIER MARIJUAN IZQUIERDO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: IVECO ESPAÑA SL, UNION GENERAL DE TRABAJADORES, COMISIONES OBRERAS,

SINDICATO DE EMPLEADOS Y TECNICOS DE IVECO, COMITE DE EMPRESA DE IVECO ESPAÑA SL

ABOGADO/A: ANGEL OLMEDO JIMENEZ, FRANCISCO FERREIRA CUNQUERO, ANA MARIA LOPEZ GARCIA, GUADALUPE NIETO IZQUIERDO,

PROCURADOR:,,,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,,,

Ilmos. Sres.: Rec.1729/20

D. Emilio Álvarez Anllo

Presidente de la Sala

D. José Manuel Riesco Iglesias

Dª Raquel Vicente Andrés/

En Valladolid a catorce de diciembre de dos mil veinte.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 1729 de 2.020, interpuesto por el Sindicato CONFEDERACIÓN GENERAL DE TRABAJADORES contra sentencia del Juzgado de lo Social Nº 2 de Valladolid en el Procedimiento Conf‌lictos Colectivos nº 928/2019, de fecha 10 de julio de 2020, en demanda promovida por referida recurrente contra la empresa IVECO ESPAÑA S.L., con intervención del COMITÉ DE EMPRESA DE "IVECO ESPAÑA, S.L." y los Sindicatos COMISIONES OBRERAS, UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES y SINDICATO DE EMPLEADOS Y TÉCNICOS DE IVECO, sobre CONFLICTO COLECTIVO, ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª RAQUEL VICENTE ANDRÉS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 11 de noviembre de 2019, se presentó en el Juzgado de lo Social de Valladolid Número 2 demanda formulada por la parte actora en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que f‌iguran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

" PRIMERO. El presente conf‌licto colectivo afecta a la totalidad de la plantilla del centro de trabajo de la empresa "IVECO ESPAÑA, S.L" en Valladolid cuyos contratos de trabajo fueron suspendidos, en el periodo de 14 de octubre a 31 de marzo de 2020, un máximo de 40 jornadas completas, en el marco del Expediente de Regulación Temporal de Empleo (Exp. 4/19) promovido por la empresa demandada, f‌inalizado con Acuerdo alcanzado con la representación legal de los trabajadores, en fecha 10 de octubre de 2019.

SEGUNDO

La empresa demandada, desde el ejercicio 2008, ha adoptado en la factoría de Valladolid dieciséis expedientes de regulación de empleo, entre ellos, los más próximos al que nos ocupa:

-ERTE de suspensión de 998 contratos, durante 82 días, en el periodo de 1 de abril a 31 de julio de 2015, por causas organizativas y de producción.

-ERTE de suspensión de 989 contratos, durante 50 días, en el periodo de 1 de septiembre de 2015 a 31 de enero de 2016, por causas organizativas y de producción.

TERCERO

El día 17 de septiembre de 2019, la dirección de la empresa comunicó a la representación legal de los trabajadores la intención de iniciar un periodo de consultas a f‌in de proceder a la suspensión de los contratos de la totalidad de la plantilla de la Planta de Valladolid, decisión que motivó el nombramiento por el Comité de Empresa, en reunión extraordinaria celebrada el día 20 de septiembre de 2019, de la Comisión Negociadora del ERTE, integrada por representantes del sindicato demandante, CGT, de CCOO, DE CGT, y del SETI.

CUARTO

El día 23 de septiembre de 2019, se inició el periodo de consultas, efectuándose entrega por parte de la dirección de la empresa a la representación de los trabajadores de una Memoria explicativa de las causas productivas en las que se pretendía sustentar suspensión colectiva de los contratos, así como de un Informe Técnico bajo la rúbrica " Evolución de la demanda y adecuación de la capacidad productiva", cuyo contenido se tiene por reproducido.

QUINTO

El periodo de consultas de desarrolló a través nueve reuniones, en las que se abordaron las cuestiones ref‌lejadas en los correspondientes Actas, cuyo íntegro contenido se tiene por reproducido. La Comisión Negociadora mantuvo las siguientes reuniones:

  1. - Reunión de 23 de septiembre de 2020, en la que la representación de los trabajadores propuso la sustitución de la regulación de empleo por la utilización de la bolsa de horas de f‌lexibilización individual.

  2. - Reunión de 25 de septiembre de 2019, en la que se abordaron los siguientes aspectos:

    -Explicación más detallada del Informe Técnico por parte de la empresa.

    -CGT reclama, en vez de la regulación de empleo, la bajada de velocidad de la línea, o variaciones de mix de producción.

    -Revisión por la empresa de las bolsas de f‌lexibilidad para valorar su inmediata aplicación.

    -La empresa ofrece mismas condiciones que procedimientos de suspensión anteriores, interesando la representación de los trabajadores que los días de parada, en la medida de lo posible, coincidan con los festivos escolares.

    -Respecto a los interinos se manif‌iesta por la empresa que se mantendrán mientras se encuentre justif‌icado por sus circunstancias, y que los eventuales cesarían en las fechas previstas. La representación de los trabajadores reclama especial consideración con los eventuales.

    -La empresa informa sobre el mantenimiento del turno de noche en función de la evolución.

    -CGT solicita información adicional sobre los mercados y la exclusión como afectados de los trabajadores con reducción de jornada igual o superior al 40%, de duración superior a dos años.

    -La representación de los trabajadores anuncia un seguimiento exhaustivo de la aplicación del ERTE, e interesa la publicación de un rolling mensual para la planif‌icación de los trabajadores.

  3. Reunión de 27 de septiembre de 2019, en la que se tratan las siguientes cuestiones.

    -El Responsable de Logística de la Planta efectuó aclaraciones y respondió a las dudas de la representación de los trabajadores sobre el contenido del Informe Técnico.

    -La representación de los trabajadores mantuvo su reclamación de aplicación e f‌lexibilidad horaria con preferencia a la regulación de empleo. La empresa reiteró el empeoramiento de las previsiones, entre otros motivos, por el efecto del Brexit sobre el stock.

    -La representación de los trabajadores pide aplicar regulación de empleo tras conocerse los datos de los mercados.

    -La empresa informa que en la plantad e Suzzara van a f‌inalizar 50 contratos y bajará la producción. No facilita datos de stock por conf‌idencialidad.

    -La empresa nula la publicación de Rolling de producción del mes de octubre, comunicando inicialmente cuatro días de f‌lexibilidad a la baja, y después los afectados.

    -CGT propone la bajada de los ritmos de producción, el agotamiento de las medidas del Convenio para absorber la bajada de demanda y respetar el mix de producción, y los 939 puestos de trabajo. El Sindicato solicita determinada documentación

  4. - Reunión del 1 de octubre de 2019, en la que se tratan los siguientes temas:

    -La empresa entrega información publicada en un medio de comunicación sobre situación del mercado. Propone garantía salarial del 82% del salario bruto, garantía a los mayores de 53 años, pago delegado del desempleo por la empresa, y complemento del 100% de los días de formación. Informa sobre el Rolling previsto para el mes de Octubre.

    -La empresa no acepta la exclusión de trabajadores con jornada reducida, ni la aplicación excepcional de la f‌lexibilidad individual. Acepta la creación de una Comisión de control.

    -Se entrega documentación solicitada por CGT, que el sindicato estima insuf‌iciente.

  5. - Reunión de 3 de octubre de 2019 :

    - La empresa presenta un documento de respuesta escrita a once cuestiones planteadas por la representación e los trabajadores en la reunión anterior. Horas extras, (1095 en el mes de septiembre), producción en la planta de 2007 a 2019, producción de gamas Heavy y Daily, resultados económicos de la compañía, producción de la planta de uzzara, producción por países de destino, situación del stock comercial, órdenes de trabajo, datos de f‌lexibilidad de las plantas de Valladolid y Suzzara, y equilibrado de la plante de Suzzara.

    -Los representantes sindicales remiten a la celebración de las correspondientes asambleas su toma de posición sobre la propuesta de la empresa.

    -La empresa plantea no aplicar la suspensión en el mes de Octubre, recurriendo a la f‌lexibilidad alterna. La representación sindical propone medidas alternativas.

  6. - Reunión de 7 de octubre de 2019 . Los sindicatos informan sobre el resultado de sus respectivas asambleas:

    -SETI acepta la propuesta de la empresa condicionada a f‌lexibilidad horaria en la aplicación, y que el número de horas recuperables pasen de 16 a 40.

    -CGT se opone alegando mala fe en la negación por parte de la empresa, falta de información sobre datos de stock y benef‌icios de la planta de Valladolid, así como datos económicos y productivos de la planta de Suzzara. Mantiene el carácter lucrativo del ERTE para IVECO ante la negativa a hacer uso de las medidas dispuestas en el Convenio.

    -CCOO se opone por no considerar real la información de la empresa, sin entender la o aplicación e la f‌lexibilidad.

    -UGT manifestó aceptar la propuesta empresarial.

    -La empresa...

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