STSJ Galicia 4759/2020, 24 de Noviembre de 2020

PonenteJUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2020:6859
Número de Recurso2887/2020
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución4759/2020
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2020
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL A CORUÑA SECRETARÍA SRA. FREIRE CORZO CG

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

Correo electrónico:

NIG: 15030 44 4 2018 0003758

Equipo/usuario: MG

Modelo: 402310

RSU RECURSO SUPLICACION 0002887 /2020

Procedimiento origen: ETJ EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000002 /2020

Sobre: INCIDENTES DE EJECUCION

RECURRENTE/S D/ña Alberto

ABOGADO/A: ENRIQUE DIEGO FERNANDEZ PEREZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: CONSELLERIA DE FACENDA, CONSELLERIA DO MAR

ABOGADO/A: LETRADO DE LA COMUNIDAD, LETRADO DE LA COMUNIDAD

PROCURADOR:,

GRADUADO/A SOCIAL:,

ILMO. SR. D. JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO

ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ

ILMO. SR. D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA

En A CORUÑA, a veinticuatro de noviembre de dos mil veinte.

En el RECURSO SUPLICACION 0002887 /2020 interpuesto por D. Alberto, frente al Auto dictado por el Juzgado de lo Social nº 6 de A Coruña en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000002 /2020 seguidos a instancia D. Alberto, contra CONSELLERIA DE FACENDA, CONSELLERIA DO MAR, en INCIDENTES

DE EJECUCION. Ha actuado como Ponente el ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ que expresa el parecer de la Sala.

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 31 de enero de 2019 se dictó sentencia en los autos PO 602/2018 con el siguiente fallo "Que con la desestimación de la excepción de falta de acción y estimación parcial de la excepción de cosa juzgada debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por D. Alberto contra CONSELLERIA DO MAR, CONSELLERIA DE FACENDA, con los siguientes pronunciamientos: Se declara el derecho a reserva de plaza conforme a la DT 10ª del Convenio Colectivo Único de personal laboral de la Xunta de Galicia. Se declara como forma de provisión de la plaza la establecida en la DT 10ª del Convenio Colectivo Único de personal laboral de la Xunta de Galicia. Se condena a la Administración a estar y pasar por lo anterior".

SEGUNDO

El 22 de noviembre de 2019 se dictó Orden de la Conselleria de Facenda por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el turno de acceso libre y promoción interna en el cuerpo facultativo superior, escala de ciencias en la especialidad de biología, de la Administración especial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia.

TERCERO

El 26 de diciembre de 2019, la ASOCIACION DE PERSONAL LABORAL NO FIJO DE LA XUNTA DE GALICIA, interpuso recurso de reposición en el que solicita la nulidad del Anexo IV de la convocatoria, en tanto se añaden plazas ocupadas por el personal laboral indef‌inido reconocido por sentencia judicial. El recurso fue desestimado.

CUARTO

El 8 de enero de 2020 la parte actora presentó escrito de demanda de ejecución forzosa frente a la demandada en el que solicita que se solicita que se dicte orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante contra la ejecutada Xunta de Galicia, que se despache ejecución frente a las Consellerias demandadas por la obligación de hacer consistente en la reserva de plaza a un proceso de consolidación de empleo de conformidad con la DT 10ª del Convenio. El 27 de febrero de 2020 se dictó auto denegando el despacho de ejecución.

QUINTO

Frente al Auto de 27 de enero de 2020 la parte demandante interpuso recurso de reposición, que fue desestimado por auto de 16 de marzo de 2010.

Contra dicha resolución se interpuso recurso de suplicación, que tuvo entrada en la Secretaria de este Tribunal disponiéndose su pase al ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de suplicación formulado por el letrado de la parte demandante, denuncia, al amparo del apartado c) del artículo 193 de la L.R.J.S., la infracción por del artículo 24 y 118 de la CE; artículo 287 de la LRJS; Disposición Transitoria 10 del V Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Xunta de Galicia y artículos 21 y 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Alega, en esencia, que la plaza ocupada por el actor aparece incluida en la Orden de 22 de noviembre de 2019 por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre y promoción interna, en el cuerpo facultativo superior, escala de ciencias en la especialidad de biología, de la Administración especial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1. Pese a que la plaza ocupada por el actor ( NUM000 ) aparece en el Anexo IV bajo...

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