STSJ Castilla-La Mancha 1546/2020, 26 de Octubre de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Octubre 2020
Número de resolución1546/2020

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SECCION PRIMERA

SENTENCIA: 01546/2020

C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax: 967 596 569

Correo electrónico: tribunalsuperior.social.albacete@justicia.es

NIG: 02003 44 4 2019 0001722

Equipo/usuario: FMM

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000733 /2020

Procedimiento origen: DOI DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 0000562 /2019

Sobre: DESPIDO OBJETIVO

RECURRENTE/S D/ña Tamara

ABOGADO/A: GONZALO PEREZ GUERRERO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: ZONA DE OCIO Y DEPORTE Y RESTAURACION,S.L., FOGASA FO

ABOGADO/A:, LETRADO DE FOGASA

PROCURADOR: MANUELA CUARTERO RODRIGUEZ,

GRADUADO/A SOCIAL:,

RECURSO SUPLICACION 733/2020

Magistrada Ponente: Dª. RAMON GALLO LLANOS

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

Dª. LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO

Dª PETRA GARCIA MARQUEZ

D. JOSE MANUEL YUSTE MORENO

D. RAMON GALLO LLANOS

En Albacete, a veintiséis de octubre del dos mil veinte.

Vistas las presentes actuaciones por la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

- SENTENCIA Nº 1546/2020 - en el RECURSO DE SUPLICACION número 733/2020, sobre DESPIDO OBJETIVO, formalizado por la representación de Tamara contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 DE ALBACETE en los autos número 562/2019, siendo recurrido/s ZONA DE OCIO Y DEPORTE Y RESTAURACIÓN, S.L Y FOGASA; y en el que ha actuado como Magistrado- Ponente Dª. RAMON GALLO LLANOS, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha 10/01/2020 se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Social número 2 DE ALACETE en los autos número 9/2020, cuya parte dispositiva establece:

ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Dª Tamara, asistida y representada por el Letrado Sr. Pérez Guerrero, frente a ZONA OCIO DEPORTE Y RESTAURACIÓN S.L.; en consecuencia, procede declarar la PROCEDENCIA DEL DESPIDO OBJETIVO de la demandante, condenando a la entidad demandada al abono a la actora de la indemnización por despido de 14.96267 euros, cantidad a la que habrá que restar, en su caso, lo ya percibido por la trabajadora por este concepto.

El Fondo de Garantía Salarial responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados:

PRIMERO.- Dª Tamara, con DNI NUM000, ha venido prestando servicios para la mercantil ZONA OCIO DEPORTE Y RESTAURACIÓN S.L., dedicada a la hostelería, en virtud de contrato de trabajo indef‌inido a tiempo completo, de 40 horas semanales, de lunes a domingo, con categoría de "Cocinera", y antigüedad 27 de junio de 2006, con salario de 1.75044 euros, incluida parte proporcional de pagas extras, de conformidad con el Convenio colectivo de aplicación de Hostelería de la provincia de Albacete.

El centro de trabajo en el que la trabajadora prestaba sus servicios estaba ubicado en el parque periurbano "La Pulgosa" de la ciudad de Albacete.

No consta que la trabajadora ostentara la condición de representante de los trabajadores.

SEGUNDO.- La mercantil ZONA DE OCIO DEPORTE Y RESTAURACIÓN S.L. explotaba el Restaurante sito en el parque "La Pulgosa", en virtud de contrato suscrito con COPRISER S.L. el 14 de febrero de 2007, empresa que era concesionaria de la explotación en virtud de contrato con el Ayuntamiento de Albacete (documento nº 3 del ramo de prueba de la demandada, cuyo contenido procede dar por reproducido).

TERCERO.- Según el Registro Diario de Jornada correspondiente al mes de mayo de 2019 (documento nº 5 del ramo de prueba aportado por la parte demandada), debidamente f‌irmado por la trabajadora, ésta trabajó los días 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 29, 30 y 31 todos ellos de 13:00 a 21:00 horas.

CUARTO.- En fecha 1 de junio de 2019 la empresa hizo entrega de carta de despido por causas organizativas, productivas y económicas, con efectos a partir del 24 de junio de 2019.

En dicha carta, aportada como documento nº 1 de la demanda, y cuyo contenido procede dar íntegramente por reproducido, se establecen los siguientes hechos como causas del despido:

-Razones productivas y organizativas, tras la comunicación efectuada por COPRISER S.L. el 27 de mayo de 2019, informándole que la misma cesará en la concesión administrativa que tenía adjudicada por el Ayuntamiento de Albacete consistente en el servicio de restauración del restaurante café-bar "La Pulgosa" al haber sido dicho cese notif‌icado por dicha Corporación, y con fecha máxima de efectos el día 16 de junio

de 2019. Dado que ZONA DE OCIO DEPORTE Y RESTAURACIÓN había subcontratado la exploración, al cesar COPRISER S.L. en la contrata, queda resuelta la subcontrata.

-Razones económicas:

a) por pérdidas de 46.33027 euros en el ejercicio 2016, 59.84918 euros en el ejercicio 2017, 60.99531 euros en el ejercicio 2018, y 14.97235 euros hasta el mes de mayo de 2019; siendo la situación actual de pérdidas acumuladas desde el ejercicio 2016 de 182.14711 euros, y de 313.10263 euros desde el inicio del ejercicio 2004.

b) extinción de la actividad ante la f‌inalización de la subcontrata que la genera y que dio lugar a la contratación de la trabajadora.

c) datos y estado económico de la mercantil, que impide incluso poder optar o concursar al pliego de condiciones de la explotación ofertado por el Ayuntamiento, dada la inversión que habría que realizar.

Concluye la carta indicando que le corresponde una indemnización de 20 días por año de servicio, por lo que, siendo su antigüedad en la empresa del 7 de septiembre de 2008, le correspondería una indemnización de

13.13034 euros, importe que no puede ponerse a su disposición ante la situación de iliquidez que atraviesa la empresa, disponiendo tan solo de un saldo de 50250 euros, de los que se le entrega a cuenta 12562 euros.

QUINTO.- A la carta de despido se acompañaba un extracto de la cuenta bancaria ES77 3190 0096 4001 8284 1825, que a fecha 6 de junio de 2019 arrojaba un saldo de 50250 euros.

También la comunicación que el Servicio de Salud Ambiental del Ayuntamiento de Albacete realizó a la mercantil COPRISER S.L. el 27 de mayo de 2019 con el siguiente contenido:

"Primero.- Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 11 de abril de 2019, se aprobó el expediente de concesión de dominio público, consistente en la explotación de un servicio de restauración "Restaurante Café-Bar La Pulgosa", sita en el Parque Periurbano de la Pulgosa en Albacete, aprobándose en el mismo acto la apertura del procedimiento de adjudicación.

Segundo.- Finalizado el plazo para la presentación de ofertas (16 de mayo de 2019), el procedimiento ha quedado desierto.

Tercero.- Mediante contrato menor se adjudicó la explotación del precitado servicio de restauración a esta mercantil COMPAÑÍA PRIVADA PARA EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS SOCIEDAD LIMITADA (COPRISER S.L.) suscrito con fecha 4 de agosto de 2017, por período máximo de un año, siendo el precio a abonar por la adjudicataria la cantidad de 10.800 euros.

Cuarto.-Paralelamente a lo anterior, se iniciaron los trámites tendentes a adjudicar la concesión administrativa del bien municipal para el ejercicio de la actividad de restauración.

Quinto.- Dado que el procedimiento para la concesión no había concluido a la fecha de f‌inalización del contrato menor, Vds, en calidad de mercantil adjudicataria, han continuado prestando el servicio, al tratarse de un servicio complementario del de gestión de zonas verdes de competencia propia y obligada prestación municipal y para evitar el riesgo de deterioro de la instalación en caso de mantenerse cerrada.

En base a los antecedentes anteriores, teniendo en cuenta que no han presentado oferta en el recién concluido procedimiento de licitación, y que la circunstancia de quedarse desierto el procedimiento va a suponer extender en el tiempo su posible y def‌initiva adjudicación, es por lo que se formula REQUERIMIENTO a esta mercantil (COPRISER S.L.) para que, con fecha máxima 16 de junio de 2019, cese en la actividad de explotación del servicio de restauración "Restaurante Café-Bar La Pulgosa", sita en el Parque Periurbano de la Pulgosa en Albacete.

A esa fecha, deben haber retirado la maquinaria y demás bienes muebles que hubieran aportado para la prestación del servicio, debiendo dejar en perfecto estado las instalaciones y elementos del inmueble que le hayan servido de soporte, apoyo o ubicación, con advertencia de que en caso contrario se procederá por parte del Ayuntamiento, a su cargo, a la ejecución subsidiaria."

SEXTO.- El 16 de abril de 2019 se había ofertado por el Ayuntamiento de Albacete la concesión de dominio público para el uso y explotación del Café-Bar Restaurante sito en "La Pulgosa", concluyendo el plazo de presentación de ofertas el 16 de mayo de 2019, y en los términos que constan en el documento nº 8 del ramo de prueba de la actora cuyo contenido procede dar por reproducido

El mismo quedó desierto (documento nº 7 del ramo de prueba de la actora, cuyo contenido procede dar por reproducido).

SÉPTIMO.- La mercantil demandada es titular de dos cuentas bancarias:

-Cuenta de la entidad SABADELL ES48 0081 0250 9600 0158 9459, que, a fecha de emisión de la carta de despido, y de efectividad del mismo, tenía saldo cero.

-Cuenta de la entidad CAJA RURAL ES77 3190 0096 4001 8284 1825, que a fecha de emisión de la carta de despido tenía un saldo de 50259 euros, a fecha de...

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