ATS, 2 de Diciembre de 2020
Jurisdicción | España |
Fecha | 02 Diciembre 2020 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 02/12/2020
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 4713 /2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 DE ÁLAVA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
Transcrito por: CSB/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 4713/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Rafael Sarazá Jimena
D. Juan María Díaz Fraile
En Madrid, a 2 de diciembre de 2020.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena.
La representación procesal de Kutxabank S.A. interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada el 29 de septiembre de 2017, por la Audiencia Provincial de Álava (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 336/2017, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 799/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vitoria-Gasteiz.
Formado el rollo de sala, se han personado la procuradora D.ª Ana Prieto Lara-Barahona en nombre y representación de Kutxabank S.A., en concepto de parte recurrente, y la procuradora D.ª Isabel Gómez Pérez de Mendiola, en nombre y representación de D.ª María Rosa, como parte recurrida.
Procede admitir el presente recurso de casación se ha interpuesto contra una sentencia dictada en la segunda instancia de un juicio ordinario que accede al recurso de casación por la vía del interés casacional conforme a lo previsto en el ordinal 3.º del art. 477.2 LEC, lo que exige acreditar la concurrencia de dicho interés.
De conformidad con el art. 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
De conformidad con lo previsto en el art. 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA:
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Kutxabank S.A. contra la sentencia dictada el 29 de septiembre de 2017, por la Audiencia Provincial de Álava (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 336/2017, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 799/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vitoria-Gasteiz.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por su escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.
Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.