STSJ Comunidad de Madrid 242/2020, 11 de Septiembre de 2020

PonenteMARIA JOSE RODRIGUEZ DUPLA
ECLIES:TSJM:2020:9321
Número de Recurso181/2020
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución242/2020
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2020
EmisorSala de lo Civil y Penal

Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Domicilio: C/ General Castaños, 1 - 28004

Teléfono: 914934850,914934750

31053860

NIG: 28.079.00.1-2020/0068231

Procedimiento ASUNTO PENAL 181/2020 (Recurso de Apelación 140/2020 )

Materia: Contra la salud pública

Apelante: D./Dña. Casimiro

PROCURADOR D./Dña. ALVARO ADAN VEGA

D./Dña. Cirilo

PROCURADOR D./Dña. JOSE ANTONIO GARCÍA MEDRANO

Apelado: MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 242/2020

ILMA. SRA. PRESIDENTA: Dña. MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLÁ

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS:

Dña. MARÍA DE LOS ÁNGELES BARREIRO AVELLANEDA

D. LEOPOLDO PUENTE SEGURA

En Madrid, a once de septiembre de dos mil veinte .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sección 23ª de la Audiencia Provincial de Madrid dictó en el Procedimiento Abreviado 382/2019, sentencia de fecha 02/12/19, en la que se declara probados los siguientes hechos:

  1. Son acusados en esta causa:

    Felicisimo mayor de edad, nacido en Cali (Colombia) el NUM000 de 1973, con DNI n° NUM001, sin antecedentes penales, privado de libertad por esta causa desde el momento de su detención, elevada a prisión por Auto del 27 de julio 2017, hasta el pasado día 14 de noviembre 2019, residente en el domicilio de la CALLE000 n° NUM002 de DIRECCION000- DIRECCION001.

    Inmaculada mayor de edad de edad, nacida en Marsella (Colombia) el NUM003 de 1987, con NIE n° NUM004, sin antecedentes penales, en libertad por esta causa, de la que estuvo privada desde la fecha de detención, elevada a prisión por auto del 27 de julio de 2017, hasta el día 8 de agosto de 2017. Es la compañera sentimental de Felicisimo y compartían el mismo domicilio. Tienen un hijo de corta edad nacido en España. Se encontraba en situación legal en España.

    Lucas mayor de edad, natural de Cali Valle (Colombia) nacido el NUM005 de 1977, con NIE n° NUM006, sin antecedentes penales, en situación legal en España, y en libertad por esta, de al que estuvo privado desde su detención, elevada a prisión por auto del 27 de julio de 2017, hasta la puesta en libertad previa constitución de fianza el 8 de agosto de 2017. Es el cuñado de Felicisimo, y residía en la CALLE001 n° NUM007 NUM008 de DIRECCION000- DIRECCION001. Tiene descendientes menores nacidos en España.

    Raúl mayor de edad, natural de Colombia nacido el NUM009 de 1964, sin antecedentes penales, y en situación legal en España. Ha estado privado de libertad por esta causa desde el momento de su detención, elevada a prisión por auto del 8 de junio de 2017, hasta el pasado día 14 de noviembre 2019. Residía en la CALLE001 n° NUM010 NUM011 de DIRECCION000- DIRECCION001.

    Jose Miguel mayor de edad, nacido en Cali (Colombia) el NUM012 de 1974 con NIE n° NUM013, sin que conste su situación legal en España, y con antecedentes penales computables. Consta que fue condenado por sentencia firma de la Sección 3a de la Audiencia Provincial de Zaragoza de fecha 19 de octubre de 2009, en sumario Ordinario 70/2008, como autor de un delito contra la salud pública, por tráfico de sustancias estupefacientes, a la pena de seis años y un día de prisión, cumplida el 7 de julio de 2014 y a la pena de multa de 300.000 euros que se dio por cumplida en igual fecha.

    El acusado Cirilo ha estado en situación de prisión provisional desde el momento de su detención, elevada a prisión por auto del 16 de julio de 2018, hasta la finalización del juicio oral, el 14 de noviembre de 2019.

    El acusado Cirilo residía en el domicilio sito en la CALLE002 n° NUM014 de DIRECCION000- DIRECCION001 (Madrid).

    Pedro Antonio mayor de edad, nacido en Colombia el NUM015 de 1962, con NIE n° NUM016, sin antecedentes penales y en situación legal en España, Ha estado en prisión provisional comunicada y sin fianza por esta causa desde el momento de su detención, elevada a prisión por auto del 28 de julio de 2017, hasta el 7 de agosto de 2017. Tenía su domicilio en la AVENIDA000 n° NUM017 NUM018 de Madrid.

    Casimiro mayor de edad, nacido en Colombia el NUM019 de 1978, con NIE n° NUM020. sin antecedentes penales y en situación legal en España. Ha estado en prisión provisional comunicada y sin fianza por esta causa desde el momento de su detención, elevada a prisión por auto del 28 de julio de 2017, hasta el 8 de agosto de 2017. Tenía su domicilio en la AVENIDA000 n° NUM017 NUM018 de Madrid.

    Bruno mayor de edad, nacido en Colombia el 17 de mayo de 1986, con NIE n° NUM021 sin antecedentes penales y en situación legal en España. Ha estado en prisión provisional comunicada y sin fianza por esta causa desde la detención, elevada a prisión por auto del 23 de junio de 2017, hasta la finalización del juicio oral, el 14 de noviembre de 2019, Tiene pareja estable e hijos nacidos en España.

  2. A finales del año 2016 el Grupo Segundo de Crimen Organizado latinoamericano de la Comisaría General de Policía Judicial y el Grupo VII de la Brigada Provincial de Policía Judicial de Madrid iniciaron una investigación respecto a un grupo de personas de nacionalidad colombiana que estaría dedicándose al tráfico de sustancias estupefacientes a nivel nacional, e incluso en alguna ocasión al extranjero, concretamente a Italia, estando asentados la mayor parte de sus miembros en la localidad de DIRECCION000 de DIRECCION001 (Madrid). La información confidencial recibida situaría a Felicisimo, investigado en Colombia por graves delitos contra las personas, como eje central del grupo,

    Las primeras actuaciones policiales permitieron corroborar la verosimilitud de las informaciones recibidas, y descubrir los más próximos colaboradores de Felicisimo, entre los que estaban su cuñado Lucas y Raúl, todos ellos colombianos y residentes en el mismo municipio de DIRECCION000- DIRECCION001. Así mismo ello permitió conocer que el entramado delincuencial vendría dedicándose a distribuir por distintas provincias de todo el territorio nacional sustancia estupefaciente utilizando para ello vehículos preparados al efecto, disponiendo de habitáculos específicamente diseñados para ocultar la droga transportada.

    Judicializada la investigación, y contando con la oportuna autorización judicial por parte del Juzgado de Instrucción n° 7 de DIRECCION001, se acordó la intervención de los terminales telefónicos utilizados por el que pronto resulto ser el principal cabecilla de la organización Felicisimo, y poco después de otros de sus más próximos lugartenientes, Cirilo, así como la colocación de dispositivos GPS en alguno de los vehículos utilizados e intercambiados por la organización. En concreto se inició y centró la investigación inicial en el vehículo Opel Zafira matrícula ....GNG, propiedad y usado habitualmente por Raúl, y el Renault Megane matrícula ....HGH siendo propiedad y usuario habitual Felicisimo, así como numerosas vigilancias policiales efectuadas entre enero y julio de 2017 que permitieron establecer no solo los componentes del entramado investigado, sino también el modus operandi de la organización, la ubicación de los diversos domicilios a disposición del grupo, la distribución de funciones y roles desempañados por cada uno de sus miembros.

    Fruto de dicha investigación se constató que los miembros del grupo realizaban constantes desplazamientos a diferentes ciudades dentro del territorio nacional. Los viajes eran conocidos y organizados por los distintos miembros del grupo, que preparaban el vehículo, entregaban la sustancia, y recibían novedades al regreso. Los seguimientos policiales verificados permitieron conocer que en los desplazamientos, tras mantener breves reuniones con distintas personas, algunas conocidas policialmente por su dedicación al tráfico, regresaban de forma inmediata tras la entrega de la mercancía. En dicha labor siempre recibían las ordenes e instrucciones de Felicisimo a quien visitaban antes y después de los desplazamientos.

    De esta forma se pudo tener conocimiento de los siguientes acontecimientos.

  3. El día 23 de mayo de 2017 fue interceptado el acusado Raúl en la localidad de Almería cuando circulaba con el vehículo Opel Zafira matrícula ....GNG figurando a su nombre, y sobre el que se había acordado la instalación de un dispositivo geolocalizador. En una primera requisa no fue encontrada sustancia alguna, incautándose el vehículo para una más exhaustiva investigación efectuada por el Grupo de Intervenciones Técnicas especialistas de automoción que hallaron en la zona del maletero, en un hueco propio habilitado al efecto, junto al faro y aleta trasera derecha, cuatro paquetes envueltos en plástico de color negro que contenían una roca de color blanca.

    La sustancia una vez fue analizada resultó ser cocaína, con un peso neto de 1100 gramos, y un porcentaje de pureza del 14,04%, lo que arroja un peso neto de cocaína puta de 154,44 gramos. El acusado, previo concierto con el resto del grupo, y siguiendo las instrucciones recibidas portaba dicha sustancia a efectos de su ulterior distribución a terceros.

    El precio estimado en el mercado ilícito de la cocaína incautada a la fecha de comisión de los hechos es de 38.455,17 euros.

  4. El día 22 de junio de 2017 mediante el montaje correspondiente dispositivo policial de seguimiento y vigilancia, en las proximidades del domicilio sito en la AVENIDA000 nº NUM022, se pudo comprobar que el acusado Bruno se reunía con diversas personas, entre ellas, con el también acusado Casimiro en las inmediaciones de una gasolinera sita en la mencionada AVENIDA000 de Madrid. En un momento dado Casimiro se dirigió a pie hacía la zona de la CALLE003 regresando instantes después y dejando estacionado en las proximidades un vehículo Toyota Corolla matrícula ....RQQ, cuyas llaves entregó a Bruno, quien tras montarse en el coche y repostar gasolina emprendió la marcha, siendo interceptado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado en la...

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