STSJ Comunidad de Madrid 576/2020, 30 de Junio de 2020
Ponente | RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA |
ECLI | ES:TSJM:2020:6319 |
Número de Recurso | 1428/2019 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 576/2020 |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2020 |
Emisor | Sala de lo Social |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social
Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 2 - 28010
Teléfono: 914931969
Fax: 914931957
34002650
NIG : 28.079.00.4-2019/0019660
Procedimiento Recurso de Suplicación 1428/2019 M
ORIGEN:
Juzgado de lo Social nº 23 de Madrid Despidos / Ceses en general 417/2019
Materia : Despido
Sentencia número: 576/2020
Ilmos. Sres
D. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO
D. RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
Dña. CONCEPCIÓN MORALES VÁLLEZ
En Madrid, a treinta de junio de dos mil veinte, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 2 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación 1428/2019, formalizado por el/la LETRADO D./Dña. CAROLINA GOMEZ DE JOSE en nombre y representación de D./Dña. Erasmo, contra la sentencia de fecha 16/10/2019 dictada por el Juzgado de lo Social nº 23 de Madrid en sus autos número Despidos / Ceses en general 417/2019, seguidos a instancia de D./Dña. Erasmo frente a GRUSEGUR 4 COMPAÑIA DE SEGURIDAD SL y GRUSER 4 COMPAÑIA DE SERVICIOS AUXILIARES SL, y MINISTERIO FISCAL, en reclamación por Despido, siendo Magistrado- Ponente el Ilmo. Sr. D. RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:
"PRIMERO.- Que el actor ha venido prestando sus servicios para la empresa demandada, Gruser4 Compañía de Servicios Auxiliares S.L. dedicada a la actividad económica de Servicios Integrales a Edificios e Instalaciones, desde el 7 de marzo de 2019, fecha en que suscribió un contrato de trabajo temporal, como eventual por circunstancias de la producción, de duración por tres meses, con un periodo de prueba de 2 meses, la categoría profesional de Auxiliar Conserje, para el centro de trabajo ubicado en la calle García de Paredes 68, de Madrid, a cambio de un salario de 35 €/día (1.050 € al mes) con inclusión de la prorrata de pagas extraordinarias.
Que el día 12 de marzo de 2019, la empresa demandada, Gruser4 Compañía de Servicios Auxiliares S.L. notificó al actor por carta - documento 1 unido a la demanda - que ese día quedaba rescindida a todos los efectos su relación laboral con esa empresa, por no superar el periodo de prueba.
Que con anterioridad, desde el 14 de julio de 2017 hasta el 15 de febrero de 2019, fecha en que había solicitado causar baja voluntaria, el demandante había trabajado para la codemandada Grusegur4 Compañía de Seguridad S.L., como Vigilante de Seguridad.
Que ambas mercantiles fueron constituidas con objeto social distinto y domicilio social diferentes, conforme consta en los estatutos unidos al ramo de prueba de la demandada, compartiendo los mismos socios.
Que en fecha 10 de abril de 2019, tuvo lugar el acto de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con el resultado de sin avenencia
En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:
"Que desestimando la demanda promovida por D. Erasmo, frente a las empresas GRUSER 4 COMPAÑÍA DE SERVICIOS AUXILIARES SL y GRUSEGUR 4 COMAPAÑÍA DE SEGURIDAD SL, absuelvo a las demandadas de todas las pretensiones contenidas en la demanda, al haber resultado inexistente el despido alegado por cuanto se ha producido la válida extinción del contrato de trabajo, por no superación del periodo de prueba."
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por D. Erasmo, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección, dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.
Nombrado Magistrado-Ponente,...
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ATS, 2 de Junio de 2021
...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 30 de junio de 2020, en el recurso de suplicación número 1428/19, interpuesto por D. Gregorio, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 23 de los de Madrid de fecha 16 de octubre de 2019, en el......