SAP Burgos 610/2019, 5 de Diciembre de 2019

PonenteILDEFONSO JERONIMO BARCALA FERNANDEZ DE PALENCIA
ECLIES:APBU:2019:1216
Número de Recurso450/2019
ProcedimientoCivil
Número de Resolución610/2019
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00610/2019

Modelo: N10250

PASEO DE LA AUDIENCIA Nº 10

Teléfono: 947259950 Fax: 947259952

Equipo/usuario: MPA

N.I.G. 09059 42 1 2018 0005100

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000450 /2019

Juzgado de procedencia: JDO.DE 1A.INSTANCIA N.4 de BURGOS

Procedimiento de origen: OR5 ORDINARIO CONTRATACION-249.1.5 0000818 /2018

Recurrente: IBERCAJA BANCO SA

Procurador: EUSEBIO GUTIERREZ GOMEZ

Abogado: JOSE MUÑOZ PLAZA

Recurrido: Severiano, Flora

Procurador: ELIAS GUTIERREZ BENITO, ELIAS GUTIERREZ BENITO

Abogado: JOSE MARIA BENLLOCH VELAR, JOSE MARIA BENLLOCH VELAR

La Sección Tercera de la Audiencia provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados don Ildefonso Barcala Fernández de Palencia, Presidente, doña María Esther Villímar San Salvador, y don José Ignacio Melgosa Camarero ha dictado la siguiente.

S E N T E N C I A Nº. 610

En Burgos, a cinco diciembre de dos mil diecinueve.

VISTO Por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 450/2019, dimanante del Juicio Ordinario 818/2018, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Burgos, sobre nulidad cláusula suelo, en recurso de apelación interpuesto contra Sentencia de fecha 9 de abril de 2019, en los que aparece como parte apelante, IBERCAJA BANCO SA, representado por el Procurador de los tribunales, don Eusebio Gutiérrez Gómez, asistido por el Abogado don José Muñoz Plaza; y, como parte apelada, DON Severiano y DOÑA Flora, representados por el Procurador de los tribunales, don Elías Gutiérrez Benito, asistido por el Abogado don José María Benlloch Velar, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Ildefonso Barcala Fernández de Palencia, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. : Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Gutiérrez Benito en nombre y representación de D. Severiano y Dª Flora, frente a IBERCAJA BANCO S.A. representada por el Procurador Sr. Gutiérrez Gómez, debo declarar y declaro la nulidad de la dicción incluida en la cláusula 3ª bis TIPO DE INTERÉS VARIABLE en cuanto indica que " Operarán, en este caso, los límites máximo y mínimo del 5,25 por ciento y del 1,50 por ciento respectivamente " contenidas en la escritura de préstamo con garantía hipotecaria de fecha 11 de abril de 2006.

    Asimismo, debo condenar y condeno a la parte demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a restituir las cantidades cobradas indebidamente en virtud de la mencionada dicción incluida en la cláusula tercera bis y a recalcular y rehacer, con exclusión de esta condición desde la fecha indicada, los cuadros de amortización del préstamo hipotecario más los intereses legales desde cada indebido cobro. Se imponen las costas a la parte demandada.".

  2. : Notif‌icada la anterior resolución a las partes por la representación de Ibercaja Banco S.A., se presentó escrito interponiendo recurso de apelación. Y dado traslado a la otra parte, presentó escrito de oposición a dicho recurso dentro del plazo que le fue concedido, acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. : Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 21 noviembre de 2019 en que tuvo lugar.

  4. : En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

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