STS 425/2020, 14 de Julio de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución425/2020
Fecha14 Julio 2020

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 425/2020

Fecha de sentencia: 14/07/2020

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 3356/2017

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 09/07/2020

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán

Procedencia: Audiencia Provincial de Cádiz, sección 6.ª con sede en Ceuta

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

Transcrito por: CVS

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 3356/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 425/2020

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. Rafael Sarazá Jimena

D. Pedro José Vela Torres

D. Juan María Díaz Fraile

En Madrid, a 14 de julio de 2020.

Esta sala ha visto el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por los demandantes D. Enrique y D.ª Elsa, representados por la procuradora D.ª Blanca Murillo de la Cuadra bajo la dirección letrada de D. José Luis Cortés García, contra la sentencia dictada el 8 de junio de 2017 por la sección 6.ª de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, en el recurso de apelación n.º 26/2017, dimanante de las actuaciones de juicio ordinario n.º 9/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Ceuta sobre reclamación de cantidades anticipadas por compradores de viviendas en construcción. Ha sido parte recurrida la aseguradora demandada Millennium Insurance Company Limited, representada por la procuradora D.ª M.ª Ingrid Herrero Jiménez bajo la dirección letrada de D. Juan Francisco Escobar García.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El 12 de enero de 2016 se presentó demanda interpuesta por D. Enrique y D.ª Elsa contra Millennium Insurance Company Limited solicitando se dictara sentencia con los siguientes pronunciamientos:

"Se condene a la Entidad Aseguradora MILLENNIUM INSURANCE COMPANY LTD a pagar a mi mandante la cantidad de 7.832 euros más los intereses legales remuneratorios del capital entregado y moratorios en los términos expuestos en el fundamento de derecho IX y con expresa imposición de costas procesales".

SEGUNDO

Repartida la demanda al Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Ceuta, dando lugar a las actuaciones n.º 9/2016 de juicio ordinario, y emplazada la aseguradora demandada, esta compareció y contestó a la demanda planteando la prescripción de la acción, oponiéndose también en cuanto al fondo y solicitando la íntegra desestimación de la demanda con expresa imposición de costas a los demandantes.

TERCERO

Celebrada la audiencia previa, en la que los demandantes fijaron la cuantía reclamada en 7.232 euros, recibido el pleito a prueba y seguido por sus trámites, la magistrada-juez del mencionado juzgado dictó sentencia el 26 de septiembre de 2016 con el siguiente fallo:

"Que ESTIMO la Demanda interpuesta por Dª Elsa Y D. Enrique, representados por el/la procurador/a Esther María González Melgar, contra la entidad "MILLENIUM INSURANCE COMPANY LTD", representada por el/la procurador/a Dª. Ingrid Herrero Jiménez; y en consecuencia:

"1º) SE CONDENA a la entidad demandada a pagar a los actores la cantidad de SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS EUROS (7.232), más el interés legal de esa cantidad desde la primera reclamación de 10 de julio de 2015; devengando la cantidad resultante el interés previsto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.

"2º) En cuanto a las COSTAS procesales, se condena en costas a la parte demandada".

CUARTO

Interpuesto por la aseguradora demandada contra dicha sentencia recurso de apelación, al que se opuso la parte demandante y que se tramitó con el n.º 26/2017 de la sección 6.ª de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, esta dictó sentencia el 8 de junio de 2017 con el siguiente fallo:

"1) Estimamos íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la procuradora María Ingrid Herrero Jiménez en representación de Millenium Insurance Company Limited contra la sentencia que estimó íntegramente la demanda que formularon contra la misma Elsa y Enrique, la cual revocamos, desestimamos esta última de igual forma y ordenamos que cada parte abone las costas procesales generadas por su actuación procesal en la primera instancia, excepto las comunes que habrán de ser satisfechas en proporciones iguales.

"2) Ordenamos que cada parte abone las costas procesales generadas a su instancia por el recurso de apelación y las comunes en proporciones iguales.

"3) Ordenamos la devolución del depósito constituido por Millenium Insurance Company Limited para la interposición del recurso de apelación".

QUINTO

Contra la sentencia de segunda instancia la parte demandante-apelada interpuso recurso de extraordinario por infracción procesal y recurso de casación por interés casacional.

El recurso extraordinario por infracción procesal se componía de un solo motivo con el siguiente enunciado:

"MOTIVO PRIMERO.

"Al amparo del artículo 469.1, de la LEC, alegando infracción de las normas reguladoras de la sentencia.

"VULNERACION DE LOS ARTICULOS 209, Y 217, 218 LEC, EN RELACION CON EL ARTÍCULO 24.1 DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA. INSUFICIENTE MOTIVACION DE LA SENTENCIA RECURRIDA".

El recurso de casación, formulado al amparo del art. 477.2.3.º LEC, por interés casacional en su modalidad de oposición a la doctrina jurisprudencial de esta sala, se componía de cinco motivos con los siguientes enunciados:

"1) INFRACCION DEL ARTICULO 1964 CC E INDEBIDA APLICACIÓN DEL ARTICULO 23 DE LA LCS".

"2) INFRACCION DEL ARTICULO 1969 CC".

"3) INFRACCION DEL ARTICULO 7 CC. BUENA FE. JURISPRUDENCIA DEL TS DE LOS ACTOS PROPIOS".

"4) INFRACCION DEL ARTICULO 2 DE LA LEY 57/68 DE 27 DE JULIO".

"5) INFRACCION DEL ARTICULO 3 DE LA LEY 57/68 DE 27 DE JULIO".

SEXTO

Recibidas las actuaciones en esta sala, y personadas ante la misma ambas partes por medio de las procuradoras indicadas en el encabezamiento, los recursos fueron admitidos por auto de 26 de junio de 2019, a continuación de lo cual la parte recurrida presentó escrito de oposición a los recursos solicitando su desestimación sin imposición de las costas de los recursos ni de las de las instancias.

SÉPTIMO

Por providencia de 22 de junio del corriente año se nombró ponente al que lo es en este trámite y se acordó resolver el recurso sin celebración de vista, señalándose para votación y fallo el 9 de julio siguiente, en que ha tenido lugar a través del sistema de videoconferencia habilitado por el Ministerio de Justicia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Centrada la disconformidad de la parte compradora recurrente en el plazo de prescripción aplicado por el tribunal sentenciador a la acción contra la aseguradora de la devolución de los anticipos, y fijada ya doctrina por esta sala a partir de su sentencia de pleno 320/2019, de 5 de junio, en el sentido interesado en el recurso de casación (aplicación del plazo de prescripción general del art. 1964 CC -quince años en su redacción aplicable- en lugar del previsto en el art. 23 LCS), plazo al que no se opone Millenium, procede estimarlo sin necesidad de resolver el recurso por infracción procesal, al referirse este a la falta de motivación de la sentencia recurrida.

La estimación del recurso de casación determina que proceda casar la sentencia recurrida, ya que cuando se interpuso la demanda (enero de 2016) no habían transcurrido quince años ni tan siquiera desde la fecha contractualmente establecida para la entrega de la vivienda (primer trimestre de 2010), y remitir las actuaciones al tribunal de apelación para que dicte nueva sentencia en la que, no pudiendo tener ya la acción civil por prescrita, se pronuncie sobre todas las cuestiones planteadas respecto del fondo del asunto.

SEGUNDO

Conforme al art. 398.2 LEC, no procede imponer a ninguna de las partes las costas del recurso de casación, dado que ha sido estimado, ni las del recurso extraordinario por infracción procesal, porque ya no procede resolverlo.

Conforme al apdo. 8 de la d. adicional 15.ª LOPJ, procede devolver a la parte recurrente el depósito constituido.

F A L L O

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido

  1. - Estimar el recurso de casación interpuesto por los demandantes D. Enrique y D.ª Elsa contra la sentencia dictada el 8 de junio de 2017 por la sección 6.ª de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, en el recurso de apelación n.º 26/2017.

  2. - Casar la sentencia recurrida, dejándola sin efecto, y devolver las actuaciones al referido tribunal de apelación para que, desestimada la prescripción, dicte nueva sentencia pronunciándose sobre las pretensiones formuladas.

  3. - No haber lugar a examinar el recurso extraordinario por infracción procesal.

  4. - No imponer a ninguna de las partes las costas del recurso de casación ni las del recurso extraordinario por infracción procesal y devolver a la parte recurrente el depósito constituido.

Líbrese al mencionado tribunal la certificación correspondiente, con devolución de los autos y del rollo de sala.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.

5 sentencias
  • SAP Jaén 1070/2020, 17 de Diciembre de 2020
    • España
    • 17 December 2020
    ...entre otras muchas, por las Sentencias 423/2020, del 14 de julio de 2020 (ROJ: STS 2411/2020), la 425/2020, de 14 de julio de 2020 (ROJ: STS 2412/2020), la 407/2020, de julio de 2020 (ROJ: STS 2232/2020) y la 401/2020, de 6 de julio de 2020 ( ROJ: STS Resultando incontrovertido que la vivie......
  • SAP A Coruña 104/2022, 16 de Marzo de 2022
    • España
    • 16 March 2022
    ...STS 2869/2020, recurso 3074/2017); 463/2020, de 14 de septiembre (Roj: STS 2870/2020, recurso 2327/2017); 425/2020, de 14 de julio (Roj: STS 2412/2020, recurso 3356/2017); 423/2020, de 14 de julio (Roj: STS 2411/2020, recurso 3373/2017); 410/2020, de 7 de julio (Roj: STS 2231/2020, recurso ......
  • SAP Jaén 1/2021, 5 de Enero de 2021
    • España
    • 5 January 2021
    ...entre otras muchas, por las Sentencias 423/2020, del 14 de julio de 2020 (ROJ: STS 2411/2020), la 425/2020, de 14 de julio de 2020 (ROJ: STS 2412/2020), la 407/2020, de julio de 2020 (ROJ: STS 2232/2020) de 401/2020, de 6 de julio de 2020 ( ROJ: STS 2224/20209) y la 504/2020 de 05 de octubr......
  • SAP Jaén 708/2020, 11 de Septiembre de 2020
    • España
    • 11 September 2020
    ...entre otras muchas, por las Sentencias 423/2020, del 14 de julio de 2020 (ROJ: STS 2411/2020), la 425/2020, de 14 de julio de 2020 (ROJ: STS 2412/2020), la 407/2020, de julio de 2020 (ROJ: STS 2232/2020) y la 401/2020, de 6 de julio de 2020 ( ROJ: STS Aplicando la doctrina jurisprudencial c......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR