SAP Zaragoza 71/2020, 23 de Enero de 2020
Ponente | MARIA SAENZ MARTINEZ |
ECLI | ES:APZ:2020:102 |
Número de Recurso | 1342/2019 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 71/2020 |
Fecha de Resolución | 23 de Enero de 2020 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
SENTENCIA núm 000071/2020
Presidente
D./Dª. JUAN CARLOS FERNANDEZ LLORENTE
Magistrados
D./Dª. ALFONSO Mª MARTÍNEZ ARESO
D./Dª. MARIA SAENZ MARTINEZ (Ponente)
En Zaragoza, a 23 de enero del 2020
En nombre de S.M. el Rey,
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 005, de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de Procedimiento Ordinario (Contratación - 249.1.5) 0002236/2018 - 00, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 12 DE ZARAGOZA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN)0001342/2019, en los que aparece como parte apelante, Ignacio, representada por la Procuradora de los tribunales, ANA MARIA SANZ FOIX; y asistido por el Letrado SERGIO NOGUÉS MARCO; y como parte apelada, CAIXABANK S.A. representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. OSCAR DAVID BERMUDEZ MELERO y asistido por la Letrada Dº JOSÉ SANZ GASTÓN siendo el Magistrado-Ponente el Ilmo. SR MARIA SAENZ MARTINEZ
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 24 de Septiembre del 2019, cuyo FALLO es del tenor literal:
"Que estimando íntegramente la demanda:
Declaro abusiva y, por tanto nula, la atribución al demandante de la obligación de pago de los aranceles de Notario y del Registrador de la Propiedad para la constitución de préstamo hipotecario, contenida en la Cláusula nº QUINTA, apartado b), de la escritura pública autorizada por el Notario, Don JOSE MARIA NAVARRO VIÑUALES, bajo protocolo nº 998, en fecha 11 de junio de 2008.
Sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales".
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de Ignacio ; se interpuso contra la misma recurso de apelación.
Y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos; y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado.
No considerando necesaria la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 13 de Enero del 2020.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
PLANTEAMIENTO DEL RECURSO
La parte actora instó en su demanda la declaración de nulidad de la atribución de la obligación de pago de los aranceles de notario y registro de la propiedad, de la cláusula 5ª de gastos a cargo de la parte prestataria, contenida en la escritura de préstamo hipotecario suscrita por las partes el 11 de junio de 2008.
La entidad demandada se allanó a las pretensiones reclamadas de contrario.
La sentencia estima la demanda, declara nula la cláusula, sin hacer imposición de las costas, fundamentando que la cláusula de gastos es una cláusula cuyos efectos, tras declararse su nulidad, han sido dudosos, y porque es previsible que se reclamen sus efectos en un ulterior procedimiento.
Recurre la parte actora, en cuanto a la no imposición de las costas, alegando que existió una reclamación extrajudicial previa que no fue atendida.
Que no ha pedido la restitución de gastos sino solo ejercita una acción declarativa, respecto de la cual no existen dudas de derecho, por lo que debe regir el 394 LEC, como...
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SAP Zaragoza 469/2020, 19 de Junio de 2020
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