STSJ Galicia 3527/2019, 17 de Septiembre de 2019
Ponente | JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2019:4946 |
Número de Recurso | 2051/2019 |
Procedimiento | Social |
Número de Resolución | 3527/2019 |
Fecha de Resolución | 17 de Septiembre de 2019 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA -SECRETARÍA SRA. FREIRE CORZO
- PLAZA DE GALICIA S/N
15071 A CORUÑA
Tfno: 981-184 845/959/939
Fax: 881-881133/981184853
NIG: 32054 44 4 2018 0003372
Equipo/usuario: MM
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0002051 /2019-MDM
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000882 /2018
Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE
RECURRENTE/S D/ña Jon
ABOGADO/A: ANTONIO VALENCIA FIDALGO
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
PROCURADOR:,
GRADUADO/A SOCIAL:,
ILMO. SR. D. JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO
ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ
ILMO. SR. D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA
A CORUÑA, A DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0002051 /2019, formalizado por el LETRADO D. ANTONIO VALENCIA FIDALGO, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN D. Jon, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de OURENSE en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000882/2018, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Jon presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintidós de enero de dos mil diecinueve . SEGUNDO.- Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"PRIMERO.- El actor D. Jon nacido el NUM000 -1971 figura afiliado a la Seguridad Social, Régimen General, con el número NUM001 con la categoría profesional de encargado almacén y una Base Reguladora de 2.577,11 euros mensuales. -
El actor solicitó pensión de invalidez emitiéndose dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 27-2-2018 dictándose Resolución por el Instituto Nacional de la Seguridad Social el 4-10-2018 por la que se denegó su petición al considerar que el actor no se encuentra en situación de incapacidad permanente en ninguno de sus grados.- TERCERO.- El actor padece las siguientes dolencias: INTERVENIDO DE HERNIA DISCAL L4-L5 Y L5-S1 MEDIANTE HEMILAMINECTOMÍA, DISCECTOMÍA Y HEMIFLAVECTOMÍA EN MARZO 2017.CERVICOARTROSIS.- CUARTO.- Interpuesta reclamación previa el 5-11-2018 es desestimada por Acuerdo de fecha 21-11-2018 y agotada la vía administrativa previa, formuló demanda ante el Decanato el 9- 12-2018".
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
"Que desestimando la demanda formulada por D. Jon contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo absolver y absuelvo a los Organismos demandados de las pretensiones ejercitadas contra ellos por la parte actora".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los...
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