SAP Valladolid 211/2019, 22 de Mayo de 2019

PonenteANGEL MUÑIZ DELGADO
ECLIES:APVA:2019:639
Número de Recurso620/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución211/2019
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

VALLADOLID

SENTENCIA: 00211/2019

Modelo: N10250

C.ANGUSTIAS 21

-Teléfono: 983.413495 Fax: 983.459564

Correo electrónico:

Equipo/usuario: MMA

N.I.G. 47186 42 1 2017 0011822

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000620 /2018

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N.4 (BIS) de VALLADOLID

Procedimiento de origen: OR5 ORDINARIO CONTRATACION-249.1.5 0001466 /2017

Recurrente: Guillerma, Prudencio

Procurador: JAVIER FRAILE MENA, JAVIER FRAILE MENA

Abogado: NAHIKARI LARREA IZAGUIRRE, NAHIKARI LARREA IZAGUIRRE

Recurrido: BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES SALAMANCA Y SORIA, SA

Procurador: MARIA DEL ROSARIO ALONSO ZAMORANO

Abogado:

S E N T E N C I A num. 211/2019

ILMO. SR. PRESIDENTE

D. ANTONIO ALONSO MARTIN

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. ANGEL MUÑIZ DELGADO (PONENTE)

D. FRANCISCO JOSE PAÑEDA USUNARIZ

En VALLADOLID, a veintidós de mayo de dos mil diecinueve

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de ORDINARIO CONTRATACION-249.1.5 0001466 /2017, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.4 (BIS) de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000620 /2018, en los que aparece como parte apelante, Guillerma, Prudencio, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. JAVIER FRAILE MENA, asistido por el Abogado D. NAHIKARI LARREA IZAGUIRRE, y como parte apelada, BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES SALAMANCA Y SORIA, SA, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. MARIA DEL ROSARIO ALONSO ZAMORANO, sobre condiciones generales de contratación, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. ANGEL MUÑIZ DELGADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JDO. PRIMERA INSTANCIA N.4 (BIS) de VALLADOLID, se dictó sentencia con fecha 24 de septiembre de 2018, en el procedimiento JUICIO ORDINARIO nº 1466/17 del que dimana este recurso. Se aceptan antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento:

FALLO

: " Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador DON JAVIER FRAILE MENA, en nombre y representación de DON Prudencio Y DOÑA Guillerma contra el BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S.A representado por la Procuradora de los Tribunales DOÑA MARIA ROSARIO ALONSO ZAMORANO, se declara la nulidad de la cláusula incluida en la escritura de hipoteca f‌irmada por las partes el 30 de diciembre de 2004, en virtud de la cual el tipo de interés variable no podría ser inferior al 2,90% así como el Acuerdo de Revisión de Condiciones Financieras de 20 de julio de 2015, condenando a la parte demandada a estar y pasar por la anterior declaración, así como a restituir a DON Prudencio Y DOÑA Guillerma las sumas indebidamente percibidas por la aplicación de esa cláusula desde el 30 de diciembre de 2004 más los intereses legales desde la fecha de pago, así como a recalcular y rehacer, con exclusión de esa cláusula, los cuadros de amortización del préstamo hipotecario.

Cada parte abonará sus costas y las comunes por mitad."

Que ha sido recurrido por la parte demandante Guillerma, Prudencio, oponiéndose la parte contraria.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, señalándose la audiencia del día 20 de mayo de 2019, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.

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